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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2008 (31/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de enero de 2008 365437 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000001 Callao, 11 de enero de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 11 de enero de 2008; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO:Que el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9º inciso 3, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno local y en el inciso 8 que tiene la atribución de aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2004 el Concejo Municipal aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, siendo modifi cado posteriormente mediante Ordenanzas Núms. 0016-2004, 0022-2004, 00043-2004, 0034-2005, 0019-2006, 0044-2006, 004-2007 y mediante Decreto de Alcaldía Nº 0001-A-2007, se modifi có el Cuadro de Para Asignación de Personal (CAP); Que, la Ley Marco de Modernización del Estado Nº Ley Nº 27658, en su artículo 6º, inciso b) establece que las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes; Que, en la Sesión de Concejo de la fecha se aprobó el Acuerdo Nº 000012 que aprueba la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones y demás instrumentos de gestión y cuenta con la opinión favorable de la Gerencia Municipal, mediante Memorando Nº 035-2008-MPC/GM; de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, Informe Nº 017-2008-MPC-GGDU; de la Gerencia de Personal dependiente de la Gerencia General de Administración, Informe Nº 015-2008-MPC/GGA-GP; Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización, Memorando Nº 026-2008/GGPPR y de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, el Informe Nº 0005-2008-GGAJC-SGCA; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo expuesto por la Ley Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F.) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Apruébase la modifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 004-2004, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao siguiente:El Artículo 88º; Artículo 89º literales g) y m); Artículo 90º; Artículo 91º; Artículo 92º; en el Artículo 92º suprimir los literales n) o) y p); en el Artículo 96º incluir los literales j) y k); en el Artículo 98º incluir los literales n) y o); dando a la Gerencia de Organizaciones Vecinales y Defensoría de la Mujer, del Niño y del Adolescente dependiente de la Gerencia General de Participación Vecinal la nueva denominación: Gerencia de Organizaciones Vecinales, como a continuación se detalla: Modifi car los siguientes Artículos:“Artículo 88º . La Gerencia General de Participación Vecinal es el órgano de línea encargado de organizar, promover y canalizar la participación de las organizaciones sociales de la Provincia, el desarrollo de capacidades, así como la atención y protección de las personas discapacitadas. Depende jerárquicamente de la Gerencia Municipal.” “Artículo 89º g. Formular, coordinar, controlar y evaluar planes y programas orientados a la protección de las personas con discapacidad. m. Promover e implementar acciones orientadas a la defensa de los derechos de las personas con discapacidad.” “Artículo 90º . Para el cumplimiento de sus funciones la Gerencia General de Participación Vecinal cuenta con las siguientes dependencias: - Gerencia de Organizaciones Vecinales - Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Atención a las Personas con Discapacidad.” “Artículo 91º La Gerencia de Organizaciones Vecinales es el órgano encargado de promover la conformación, registro y desarrollo de las organizaciones sociales. Depende jerárquicamente de la gerencia General de Participación Vecinal.” “Artículo 92º. Son funciones de la Gerencia de Organizaciones Vecinales: “Artículo 92º . Suprimir los literales n, o y p. “Artículo 96º Son funciones de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales”: j: Programar, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones sociales y programas orientados a la protección y apoyo, de los niños, mujeres, adolescentes y adultos mayores. k: Dirigir, supervisar, controlar y evaluar las actividades correspondientes a los programas y servicios de protección social y lucha contra la desnutrición infantil. “Artículo 98ºn.Dirigir, ejecutar, controlar y evaluar las actividades correspondientes a los programas y servicios de protección social y lucha contra la desnutrición infantil. o. Brindar atención integral a la infancia temprana, desarrollando el cuidado diurno para niños y niñas menores de cuatro años, con especial atención en aquellos que se encuentran en situación de riesgo y en condición de pobreza o extrema pobreza. Artículo 2º.- Inclúyase en la estructura orgánica la Gerencia de Mantenimiento de la Ciudad dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano; modifi cándose el Artículo 82º literal c); Artículo 86º; Artículo 87º literal j); Artículo 131º; Artículo 137º literal t); Artículo 140º literal h); en el Artículo 87º suprimir el literal i); incluir los Artículos 135-A y 135-B; según el siguiente detalle: “Artículo 82º . c. Planifi car, administrar, ejecutar y controlar la prestación de los servicios de creación y mantenimiento