Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2008 (31/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

365429

ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DERECHOS ADMINISTRATIVOS POR TRAMITE DE VISACION DE PLANOS Y MORDAZA DE POSESION A LAS DIVERSAS AGRUPACIONES DE VIVIENDA POSTULANTES AL PROGRAMA AGUA PARA TODOS Articulo 1º.- Exonerar en 90% las tasas administrativas por derecho de tramite por el servicio de expedicion de MORDAZA de Posesion y Visacion de Planos para aquellos asentamientos humanos y demas zonas marginales del distrito que se encuentren comprendidos o empadronados dentro del proyecto de mejoramiento de agua potable y alcantarillado ­ Programa Agua Para Todos ­ determinados por SEDAPAL, o en su defecto esten postulando a dicho programa, estableciendose para cada uno de ellos los siguientes requisitos: Para la obtencion de Constancias de Posesion: 1. Solicitud dirigida al MORDAZA con su respectiva Hoja de Envio. 2. Plano de ubicacion y localizacion. 3. MORDAZA del Autoevaluo del ultimo ano. 4. Recibo cancelado de derecho unico. 5. Documento que acredite su inclusion, empadronamiento o postulacion al Programa Agua Para Todos. Se exceptua del presente beneficio a los predios cuya area MORDAZA mayor o igual a 500.00 m2, asi, los predios de las urbanizaciones o programas de vivienda no marginales. Para la obtencion de Visacion de Planos: 1. Solicitud dirigida al MORDAZA con su respectiva Hoja de Envio. 2. Plano de ubicacion a escala adecuada y de localizacion a escala 1/500 o 1/1000, incluyendo secciones de via con coordenadas UTM (02 juegos). 3. Plano de trazado y lotizacion a escala 1/1000 (02 juegos). 4. Memoria descriptiva senalando lo indicado en planos (02 juegos). 5. Boleta de habilidad del profesional que refrenda los planos. 6. Derecho de anexion al area MORDAZA para zonas urbanas consolidadas o en MORDAZA que no cuenten con habilitacion MORDAZA aprobada, igualmente con el beneficio del 90% de descuento. La documentacion tecnica debera estar visada por arquitecto o ingeniero civil colegiado. Articulo 2º.- Podran acogerse a este beneficio los asentamientos humanos, agrupaciones vecinales marginales, que se encuentren ejecutando proyectos de electrificacion. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Obras Privadas la tramitacion y aprobacion de los procedimientos administrativos descritos. Registrese, comuniquese, publiquese y ejecutese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 158106-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 21 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley N° 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza N° 139-MDMM publicada el dia 12 de septiembre del 2003 en el Diario Oficial "El Peruano" implementa diversos mecanismos de seguridad para la proteccion de menores usuarios de cabinas publicas de Internet; Que, el articulo 84°, numeral 3.1 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que las municipalidades, en materia de programas sociales, de defensa y promocion de derechos, ejercen la funcion de difundir y promover los derechos del MORDAZA y del adolescente, propiciando espacios para su participacion en el nivel de las instancias municipales; Que, se hace necesario ampliar el rango de proteccion dirigido a los menores de edad que accedan a las cabinas de internet que operan en esta jurisdiccion, con el objeto de evitar que visualicen contenidos inapropiados para su edad que induzcan a la violencia, suicidio y otras conductas perjudiciales para la MORDAZA y la salud; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, de conformidad con lo establecido en el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modifiquese los articulos 1º, 2° y 4º de la Ordenanza Nº 139-MDMM publicada el 12 de septiembre del 2003 en el Diario Oficial "El Peruano", los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 1°.- Los establecimientos de la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA que brindan el servicio de alquiler de cabinas publicas de Internet, deben asignar un numero no menor del 30% del total de sus equipos de computo para ser utilizados exclusivamente por ninos y adolescentes, los cuales deben ser ubicados en lugares visibles, de tal manera que se encuentren bajo la supervision directa del conductor, administrador o encargado del establecimiento." "Articulo 2°.- Los conductores de las cabinas publicas son responsables de que los menores de edad no tengan acceso a las paginas web, chats, portales de contenido pornograficos o similares que atenten contra la moral y las buenas costumbres y/o que induzcan al suicidio y otras conductas violentas o peligrosas para la MORDAZA, la salud y el desarrollo psicologico del menor." "Articulo 4º.- Las cabinas publicas de Internet deben emplear carteles, afiches, letreros y otros similares en los que se indique la prohibicion al acceso de paginas o similares de contenidos pornograficos, obscenos, violentos o peligrosos y/o que induzcan al suicidio y otras conductas perjudiciales para la MORDAZA y la salud, por parte de menores de edad, asi como la inconveniencia de entablar conversaciones con personas desconocidas, de dar informacion personal respecto a su edad, direccion domiciliaria o de su centro de estudios, e-mail y telefono."

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican Ordenanza Nº 139-MDMM, que implementa mecanismos de seguridad para la proteccion de menores de edad usuarios de cabinas publicas de Internet
ORDENANZA N° 333-MDMM MORDAZA MORDAZA, 24 de octubre de 2007

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