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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2008 (31/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de enero de 2008 365423 por el Texto Único Ordenado de la misma aprobado por el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; Que, estando a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, el artículo 14 inciso k) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a los funcionarios responsables de brindar la información que se solicite dentro del marco de la Ley Nº 27806 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, en las siguientes Ofi cinas Registrales: Zona Registral Nº I - Sede Piura:- Ofi cina Registral de Piura: señor Guillermo Tomás Vásquez Castillo. - Ofi cina Registral de Sullana: señor Luis Alberto Florián Cáceres. - Ofi cina Registral de Tumbes: Dina Doris Prescott Costa. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL AGUILAR BERMUDEZ Gerente General 157728-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban planeamiento integral e independización de terreno rústico ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUB-GERENCIA N° 0271 Ate, 26 de diciembre de 2007LA SUB GERENTE DE PLANIFICACIÓN URBANA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente N° 37151-2007 seguido por FLORESTHAL S.A., por el que solicitan la Independización del terreno rústico con zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM” y Amortiguamiento, Seguridad y Paisaje Natural “ASPN” de 55,463.17 m2 constituido por la Sección “C” Av. Prolongación Nicolás de Piérola, parcela denominada Zona Este, Ex Fundo San Antonio – Santa Clara, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitación Urbana, mediante el Acuerdo Nº 03-07-CTHU/MDA, tomado en Sesión N° 09-07-CTHU/MDA de fecha 16 de noviembre de 2007, emitió Dictamen FAVORABLE, aprobando el Planeamiento Integral con fi nes de Independización del terreno rústico de Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y Amortiguamiento, Seguridad y Paisaje Natural “ASPN” de 55,463.17 m2 constituido por la Sección “C” Av. Prolongación Nicolás de Piérola, parcela denominada Zona Este, Ex Fundo San Antonio – Santa Clara, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Que, mediante Valorización N° 047-2007-SGPUC-GDU/ MDA del 23 de noviembre de 2007 se efectuó la liquidación referente a la Independización de terreno rústico, ascendente a un monto total de S/ 13,366.62 nuevos soles; la cual ha sido fraccionada en 4 cuotas mediante Convenio N° 63-2007-SGRyEC-GR/MDA aprobado con Resolución Sub Gerencial de Recaudación y E.C. N° 68-2007-SGRyEC-GR/MDA y con recibo de pago N° 0003805860, de fecha 13 de diciembre de 2007 pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal, acreditan la cancelación de la primera cuota del mencionado convenio de fraccionamiento. Que de conformidad con el Art. 39º, capítulo V, Norma GH. 020, Título II del Reglamento Nacional de Edifi caciones; el Planeamiento Integral aprobado tendrá carácter de obligatorio para las habilitaciones futuras cualesquiera que sea el propietario y tendrá una vigencia mínima de 10 años, salvo que dentro de dicho término se apruebe ofi cialmente un Plan Regulador que obligue al cambio de dicho Planeamiento Integral. Que, mediante Informe Técnico N° 613-2007-AHU- SGPUC-GDU/MDA del 26 de diciembre de 2007, se concluye que el presente trámite corresponde a un Planeamiento Integral con fi nes de Independización; habiendo el interesado cumplido con subsanar las observaciones detectadas por la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas y con presentar la documentación y los pagos requeridos por el TUPA vigente; debiendo emitirse la Resolución correspondiente. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y Ley N° 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas y por el Reglamento Nacional de Edifi caciones. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 055-2007-SGPUC-GDU/MDA, el Planeamiento Integral con fi nes de Independización del terreno rústico para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y Amortiguamiento, Seguridad y Paisaje Natural “ASPN” de 55,463.17 m2 constituido por la Sección “C” Av. Prolongación Nicolás de Piérola, parcela denominada Zona Este, Ex Fundo San Antonio – Santa Clara, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 056-2007-SGPUC-GDU/MDA, la Independización del terreno rústico con un área de 55,463.17 m2 constituido por la Sección “C” Av. Prolongación Nicolás de Piérola, parcela denominada Zona Este, Ex Fundo San Antonio – Santa Clara, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, en dos secciones de acuerdo al siguiente cuadro de áreas: SECCIÓN C-1 : 37,639.15 m2 SECCIÓN C-2 : 17,824.02 m2TOTAL : 55,463.17 m2 Artículo Tercero.- ESTABLECER, la obligatoriedad para las habilitaciones futuras del Planeamiento Integral aprobado, el cual tendrá una vigencia mínima de 10 años, salvo que dentro de dicho término se apruebe ofi cialmente un Plan Regulador, que obligue al cambio de dicho planeamiento integral; de conformidad con el Reglamento Nacional de Edifi caciones Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de la Inscripción del Planeamiento Integral y la Independización; así como a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SILVIA LILIANA OLAVARRÍA FLEMING Sub Gerente Planifi cación Urbana y Catastro 157749-1