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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de febrero de 2008 366701 Modifican la R.S. Nº 132-2007- MINCETUR, en lo referido a autorización de viaje RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2008-MINCETUR Lima, 15 de febrero de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 132-2007- MINCETUR, de 14 de setiembre de 2007, modi fi catoria de la Resolución Suprema Nº 126-2007-MINCETUR, de 29 de agosto de 2007, se autorizó el viaje del señor Álvaro Díaz Bedregal, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 6 al 9 de setiembre de 2007, para que participara en las reuniones vinculadas con la aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú-Estados Unidos de América por parte del Congreso americano; Que, dichas reuniones se prolongaron hasta el día 12 de setiembre de 2007, por lo que el señor Díaz Bedregal permaneció hasta esa fecha en la ciudad de Washington, regresando a la ciudad de Lima el día 13 de setiembre pasado; en tal razón, es necesario ampliar, con efecto anticipado, la fecha de retorno de dicho viaje y autorizar los gastos adicionales correspondientes; De conformidad con la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 132-2007-MINCETUR, en la parte referida a la autorización del viaje del señor Álvaro Díaz Bedregal, ampliando la fecha de su retorno a la ciudad de Lima hasta el día 13 de setiembre de 2007. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 100,00 Viáticos (US$ 220,00 x 4 días) : US $ 880,00 Artículo 3º.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Suprema Nº 132-2007-MINCETUR. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 165551-9 Autorizan viaje de representantes de PROMPERU a Canadá para llevar a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2008-MINCETUR Lima, 15 de febrero de 2008 Visto el O fi cio N° 40-2008-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público adscrito al sector Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ ha programado su participación en la Feria Internacional de Turismo “The Outdoor Adventure Show - 2008”, organizada por la empresa canadiense National Event Management (NEM), a realizarse del 22 al 24 de febrero de 2008, en la ciudad de Toronto, Canadá, evento que permitirá exponer el producto turístico peruano ante los profesionales de turismo especializados en aventura, naturaleza y actividades al aire libre; Que, asimismo PROMPERÚ se encuentra organizando el Seminario de Capacitación “Puerta a Puerta – Montreal”, a realizarse en la ciudad de Montreal, Canadá, los días 25 y 26 de febrero de 2008, evento dirigido exclusivamente a profesionales del turismo, en el que a través de reuniones de trabajo y negociaciones directas con los tour operadores y agentes de viajes visitados, se realizará la difusión personalizada del producto turístico peruano; Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de los señores Omar Carbajal Barreda, y Jessica Carrasco Romero, quienes prestan servicios en dicha entidad, a las ciudades de Toronto y Montreal, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en los eventos antes mencionados; Que, de acuerdo con la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, han sido prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la referida Ley N° 29142, Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Omar Carbajal Barreda, a la ciudad de Toronto, Canadá, del 21 al 26 de febrero de 2008 y el viaje de la señorita Jessica Carrasco Romero, a las ciudades de Toronto y Montreal, Canadá, del 21 al 28 de febrero de 2008, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Omar Carbajal Barreda - Viáticos (US$ 220,00 x 5 días) : US $ 1 100,00 - Pasajes Aéreos : US $ 1 720,00- Tarifa Corpac : US $ 30,25 Jessica Carrasco Romero- Viáticos (US$ 220,00 x 7 días) : US $ 1 540,00 - Pasajes Aéreos : US $ 1 800,00- Tarifa Corpac : US $ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyos viajes se autorizan mediante la presente Resolución, presentarán a la Titular del Pliego de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.