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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de febrero de 2008 366709 de personal con elevado nivel académico y preparación profesional; Que, el costo que irrogue el viaje en misión de estudios del precitado O fi cial Superior al Estado Peruano, será sufragado con el presupuesto del Ministerio de Defensa, Ejército del Perú, año fi scal 2008; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM del 05 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 enero del 2004 y su modi fi catoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; y, Estando a lo propuesto por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado por el Señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudio al Señor Tte Crl Int ARBULU QUEVEDO Ricardo Miguel, para participar como Alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de las Fuerzas Militares de Colombia, en el periodo comprendido entre el 5 de marzo al 4 de diciembre del 2008. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponde de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Lima - Bogota - Lima (Clase Económica) US $ 790.99 X 01 Persona Gastos de traslado US $ 2,900.00 X 02 Compensaciones X 01 O fi cial Superior Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero:US $ 2, 900.00 ÷ 31 X 27 días (Mar 2008) x 01 O fi cial Superior US $ 2,900.00 X 08 meses (Abr a Nov 2008) x 01 Ofi cial Superior US $ 2, 900.00 ÷ 31 X 04 días (Dic 2008) x 01 O fi cial Superior Tarifa única de uso de aeropuerto US $ 30.25 X 01 Persona Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término del viaje, sin exceder el periodo total establecido. Artículo 4º.- El citado O fi cial, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047- 2002 - PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 008-2004 -DE/SG, del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- El citado O fi cial, pasará revista a órdenes de la O fi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el período que dure la misión de estudios. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 165551-7Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 143-2008-DE/SG Lima, 14 de febrero de 2008 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 091 de fecha 29 de enero de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, está programada para el mes de junio la llegada del buque de los Estados Unidos de América USS “BOXER”, Que, para el mes de febrero se ha coordinado que personal militar de los Estados Unidos de América realice una visita de estudio de sitio previo al arribo del mencionado Buque; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 20 al 28 de febrero de 2008, para realizar una visita de estudio de sitio (PDSS) por la llegada del Buque USS BOXER en junio próximo. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 165540-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 144-2008-DE/SG Lima, 14 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nº 055 de fecha 21 de enero de 2008 y Nº 068 de fecha 24 de enero de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;