Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2008 (16/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

366715

Que, mediante Oficio Nº 276-2007-EM/VME, el Ministerio de Energia y Minas remitio al Ministerio de Economia y Finanzas la solicitud presentada por la empresa Peru LNG S.R.L. luego de haber efectuado la correspondiente evaluacion; Que, mediante Oficio Nº 335-2007-EF/15.01, de fecha 23 de octubre de 2007, el Ministerio de Economia y Finanzas remitio el Informe Tecnico Nº 325-2007-EF/66.01 elaborado por la Direccion General de Politica de Ingresos Publicos mediante el cual muestra su conformidad con la inclusion del bien clasificado en la Subpartida Nacional 7225.40.00.00, en el Anexo del Convenio de Inversion para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural; De conformidad con lo establecido en el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 818 y el literal c) del articulo 5º del MORDAZA Reglamento del Decreto Legislativo Nº 818, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-98-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificacion de la lista de bienes aprobada mediante Resolucion Suprema Nº 045-2006EF 1.1 Modificar el Anexo 1, Lista de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos de la Resolucion Suprema Nº 045-2006-EF, modificada por Resolucion Suprema Nº 026-2007-EF, a fin de incluir el bien clasificado en la Subpartida Nacional 7225.40.00.00, siempre que se utilice directamente en actividades necesarias para la ejecucion del Convenio de Inversion para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural. 1.2 La Subpartida Nacional 7225.40.00.00, se incluira como un anexo al Convenio referido, de acuerdo al siguiente detalle:
CUODE 532 SUBPARTIDA 7225.40.00.00 DESCRIPCION ADUANAS Los demas, simplemente laminados en caliente, sin enrollar

en Rentas de Aduanas, asi como la Participacion que correspondera a la Provincia Constitucional del Callao; Que, por su parte el articulo 34° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, crea un Regimen Especial para la Provincia Constitucional del Callao; y en el numeral 34.2, modificado por la Ley Nº 28543, establece que del total de los recursos provenientes de la Renta de Aduanas conforme al articulo 3° de la Ley Nº 27613 se asignara el 10% para el Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao. El saldo restante sera distribuido en un 50% al Gobierno Regional del Callao y el otro 50%, proporcionalmente, entre las municipalidades de la jurisdiccion; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los indices de distribucion de la Participacion en Rentas de Aduanas son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial, sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales, considerando los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, mediante el Oficio Nº 09-2008-SUNAT/3B0000 la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT ha informado al Ministerio de Economia y Finanzas la relacion de Intendencias de Aduanas y sus Agencias Aduaneras dependientes que recaudan recursos por dicho concepto; Que, mediante Oficio Nº 004-2008-INEI/DTDIS, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI ha proporcionado, al Ministerio de Economia y Finanzas, informacion sobre poblacion y extension territorial; Que, resulta necesario aprobar los Indices de Distribucion que permitan efectuar las transferencias de recursos provenientes de la Participacion en Renta de Aduanas a favor de los gobiernos locales beneficiarios y a la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27613, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° de la Ley Nº 28411 y el numeral 34.2 del articulo 34° de la Ley Nº 27783, modificado por Ley Nº 28543; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebense los indices de distribucion de los recursos que se recauden durante el Ano Fiscal 2008 correspondientes al 2% de la Participacion en la Renta de Aduanas, conforme a los Anexos Nº 1 y Nº 2 que forman parte de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones Encargada de la Cartera de Economia y Finanzas

Articulo 2º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

165547-14

ANEXO 1 INDICES DE DISTRIBUCION DEL 2% RENTA DE ADUANAS MUNICIPALIDADES RESTO DEL MORDAZA ANO FISCAL 2008
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO INDICES

Aprueban Indices de Distribucion de recursos que se recauden durante el Ano Fiscal 2008, provenientes de la Participacion en Renta de Aduanas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 114-2008-EF/15
MORDAZA, 15 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° de la Ley Nº 27613, Ley de la Participacion en Renta de Aduanas, dispone que las provincias y distritos donde existen y funcionan Aduanas Maritimas, Aereas, Postales, Fluviales, Lacustres y Terrestres, tienen derecho a percibir solo el 2% de las rentas que se recauden por esa actividad, como Participacion en Rentas de Aduanas, constituyendo recursos propios para beneficiar su desarrollo; Que, los articulos 2° y 3° de la citada Ley senalan los gobiernos locales que seran beneficiarios de la Participacion

MORDAZA MORDAZA CHIMBOTE MORDAZA DEL PERU COISHCO MACATE MORDAZA NEPENA SAMANCO MORDAZA MORDAZA CHIMBOTE 1.0000000000 0.3149082311 0.0743505224 0.0712060753 0.0748230133 0.0722365520 0.0793322317 0.0635750972 0.0744697250 0.1750985520

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