Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2008 (28/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2008

electoral de los gobiernos locales, dentro de cuyos terminos, se dispuso que la remuneracion del MORDAZA del distrito de Rio Tambo, ascendia a la suma de S/. 2,600.00 Nuevos Soles, que una vez realizados los descuentos de ley, llega a la suma de S/. 2,188.89 Nuevos Soles, suma que en definitiva no refleja el real trabajo efectivo que realiza el MORDAZA de Rio Tambo, dentro de toda la extensa area que conforma nuestro distrito de Rio Tambo; ademas se hace necesario advertir lo siguiente, si bien es MORDAZA que el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, esta dentro de los alcances de la Ley Nº 28212, la misma que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado, este adolece de ilegalidad, pues el mismo no puede ni podria modificar una Ley Organica, como la LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, que dentro de la jerarquia de leyes, solo se encuentra por debajo de la superioridad normativa de nuestra Constitucion Politica, en todo caso, atendiendo que ya existen disposiciones similares al respecto, se deberia de haber modificado los articulos 12º y 21º de la Ley Organica de Municipalidades para fijar la remuneracion de los alcaldes y las dietas de los regidores, asi como la posibilidad de su incremento y evitar discusiones esteriles sin sustento juridico, situacion que no ha ocurrido, pues un DECRETO SUPREMO, como el Decreto Supremo Nº 0252007-PCM, definitivamente pues no es una normatividad con rango de ley, menos podria modificar, derogar, etc, una normatividad que si tiene rango de ley, como la LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, mas aun si la real y tangible caracteristica de nuestro distrito es totalmente distinta; Que, a estos efectos, se hace necesario advertir que respecto a este tema de la posibilidad de declarar la inconstitucionalidad de dicho Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, ya se ha pronunciado el propio TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERU, declarando IMPROCEDENTE todas las acciones presentadas por gobiernos locales como la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas, Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, Municipalidad Provincial de Urubamba, entre otras, resaltando que un DECRETO SUPREMO NO TIENE RANGO DE LEY, POR LO TANTO NO PODRIA MODIFICAR Y/O ALTERAR UNA NORMATIVIDAD CON RANGO DE LEY COMO LO ES LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, quedando esta

normatividad incolume en todos sus extremos con respecto de dicho decreto; Que, Estando a las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y en cumplimiento de los acuerdos adoptados en forma UNANIME por parte de los miembros del Concejo Municipal de Rio Tambo, en sesion de concejo de caracter ordinario Nº 36-2007 de fecha 13 de diciembre del 2007; ACUERDA: Primero: APROBAR el INCREMENTO DE LA REMUNERACION DEL MORDAZA, con todas las prerrogativas legales que ello importa, quien en la actualidad percibe la suma de S/. 2,600.00 y 00/100 Nuevos Soles menos los descuentos de ley mensual, incrementar a la suma de S/. 4,333.00 y 00/100 Nuevos Soles mensuales (cuatro mil trescientos treinta y tres y 00/100 nuevos soles), menos los descuentos de ley; Segundo: FIJAR el monto de la dieta de los senores regidores en S/. 430.00 y 00/100 Nuevos Soles (cuatrocientos treinta y 00/100 Nuevos Soles), por la asistencia efectiva a una sesion, siendo un MORDAZA de tres (03) sesiones al mes o S/. 1290.00 y 00/100 Nuevos Soles (mil doscientos noventa y 00/100 nuevos soles), por las que percibira dietas, cuyo total equivale al 29.7% por ciento de la remuneracion mensual del MORDAZA del distrito de Rio Tambo; Tercero: DEJESE SIN EFECTO la Resolucion de Alcaldia Nº 161-2007-A/MDRT, de fecha 4 de MORDAZA del 2007, que determina la remuneracion del MORDAZA y Dietas de los Regidores de la Municipalidad Distrital de Rio Tambo; Cuarto: DISPENSAR el presente acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del acta. Quinto: PUBLIQUESE el presente acuerdo conforme ordena la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Sexto: PONER a conocimiento el presente Acuerdo de Concejo de la Gerencia Municipal, Oficina de Planificacion y Presupuesto para el cumplimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA H. MORDAZA SHIRORINTI MORDAZA 169035-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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