Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2008 (28/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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Que, la Sub Gerencia de Recursos Humanos de la Gerencia de Administracion y Finanzas ha presentado un proyecto de Reglamento Interno de Trabajo para los trabajadores obreros de la Municipalidad de Miraflores, sujetos al regimen laboral de la actividad privada, el mismo que cuenta con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DE LOS TRABAJADORES OBREROS DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno de los Trabajadores Obreros de la Municipalidad de Miraflores, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza y que consta de Doce (12) Capitulos, Cincuenta y Cinco (55) Articulos, y Cuatro (4) Disposiciones Finales y Complementarias. Articulo Segundo.- Autorizar al senor MORDAZA para que via Decreto de Alcaldia dicte los actos reglamentarios que resulten necesarios para el mejor cumplimiento del Reglamento Interno de los Trabajadores Obreros de la Municipalidad de Miraflores, con arreglo a Ley. Articulo Tercero.- Encargar la difusion de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion y Finanzas y Sub Gerencia de Recursos Humanos, de acuerdo a su competencia. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 169684-2

Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de diciembre de 2007; Estando a lo dispuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 276 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LAS JUNTAS DE DELEGADOS VECINALES DEL DISTRITO DE MIRAFLORES. Articulo 1º.- Modificar el Articulo 10º, numeral 9 del Articulo 11º, numeral 9 del Articulo 13º, numeral 6 del Articulo 17º, Articulo 18º, numerales 5 y 6 del Articulo 20º, Articulo 22º, y el numeral 3 del Articulo 24º; y la Cuarta Disposicion Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 276, que aprueba el Reglamento de las Juntas de Delegados Vecinales del distrito de Miraflores, de acuerdo a los textos siguientes: Articulo 10º.- Duracion del mandato de los Delegados Vecinales. "Los Delegados Vecinales elegidos conforme a las disposiciones del presente Reglamento, cumplen su mandato por el periodo de un (1) ano, a partir de la proclamacion de la lista ganadora por parte del Comite Electoral. El vecino que ocupe el cargo de Delegado Vecinal solo podra ser reelegido para el mismo cargo en una ocasion." Articulo Vecinales. 11º.Obligaciones de los Delegados

"11.9 Presentar con los demas Delegados de su Junta un informe semestral de su gestion a los vecinos de su MORDAZA, de conformidad con las disposiciones que para tal efecto senale la Gerencia de Participacion Vecinal." Articulo 13º.- Perdida del mandato de Delegado Vecinal y causales de vacancia. "13.9 Por hacer uso indebido del cargo de Delegado Vecinal, utilizandolo para obtener beneficios, personales o de terceros, de cualquier tipo. La gravedad de esta falta acarreara tambien la inhabilitacion del vecino para postular al cargo de Delegado Vecinal durante un periodo de cinco (5) anos." Articulo 17º.- Impedimentos de ser Delegado Vecinal. "17.6 Haber sido tachado por Resolucion de MORDAZA instancia del Comite Electoral, conforme al presente Reglamento." Articulo 18º.- Sistema de eleccion por lista completa. "La eleccion como Delegado Vecinal integrante de una Junta Vecinal, solo procede por su participacion a la candidatura en lista completa. Es decir, los vecinos, para elegir a los Delegados Vecinales, lo haran votando por una lista entre todas las que se presenten a la eleccion para una determinada zona. Por lo menos uno de los candidatos que conforma la lista, debera tener una edad de entre 18 y 29 anos, para asi garantizar la participacion de los jovenes en las Juntas Vecinales. Para su eleccion la lista debera contar con un minimo de cuarenta (40) votos de vecinos de la MORDAZA a la que postulan. Una vez sobrepasado este minimo, la lista ganadora sera la que alcance la mayoria simple. En caso de empate, sobrepasado el minimo de votos, el Comite Electoral fijara una nueva fecha en la cual se realizaran nuevas elecciones entre las listas empatadas y procedera a realizar la reglamentacion para esta MORDAZA vuelta." Articulo 20º.- Funciones del Comite Electoral. "20.5 El Presidente del Comite Electoral atendera en primera instancia los recursos de tacha que se interpongan a la MORDAZA de las candidaturas a Delegado Vecinal. El Pleno del Comite Electoral actuara como MORDAZA instancia.

Modifican Ordenanza Nº 276 que aprobo el Reglamento de las Juntas de Delegados Vecinales del distrito de Miraflores
ORDENANZA Nº 281-MM Miraflores, 19 de febrero de 2008 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de acuerdo a lo establecido con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en su Articulo 197º que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, la Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, Ley Nº 26300, garantiza a los ciudadanos el derecho a participar en los asuntos de su Gobierno Local, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Articulo 110º establece que, la constitucion y delimitacion de las Juntas Vecinales Comunales, el numero de sus Delegados, asi como la forma de su eleccion y revocatoria, seran establecidos mediante Ordenanza de la respectiva Municipalidad Distrital; Que, en ese contexto, el Concejo de Miraflores, mediante Ordenanza Nº 276 de fecha 14 de diciembre de 2007, aprobo el Reglamento de Juntas de Delegados Vecinales del Distrito de Miraflores, y publicada en el

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