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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2008 367461 de Áreas Verdes con Cisterna de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Segundo.- EXONERAR del proceso de selección correspondiente, autorizando a la Jefatura de Logística e Informática, para la contratación de un Camión Cisterna. Tercero.- ESTABLECER el período de desabastecimiento inminente por un plazo de 2 Meses febrero y marzo del 2008. Cuarto.- DISPONER que la Secretaria General remita copia certifi cada del presente Acuerdo y del Informe Técnico e Informe Legal, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, dentro del plazo de 10 días desde la presente aprobación. Quinto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los 10 días siguientes de la aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 168978-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2008-MDC Cieneguilla, 14 de febrero del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de febrero del 2008, de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; el Informe Técnico Nº 175-08-ULI/MDC de la Jefatura de Logística e Informática, del 13 de febrero del 2008 y el Informe Legal Nº 044-2008-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, del fecha 13 febrero del 2008; Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, que tienen Autonomía Económica y Administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con el Art. II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el Art. 191º de la Constitución del Estado; Que, el Informe Técnico Nº 175-08-ULI/MDC, de la Jefatura de Logística e Informática de fecha 13 de febrero del 2008, determina el desabastecimiento inminente del Servicio de Recojo de Maleza, para atender los requerimientos de servicio durante los meses de febrero y marzo del 2008, indicando que la Municipalidad remitió con fecha 27 de diciembre del 2007 la adenda correspondiente, para su suscripción por parte de los señores Transportes Ramos, sin que hasta la fecha se recibiera respuesta alguna, ante el hecho de la imposibilidad de suscribir la adenda y en vista a la necesidad urgente de contar con los servicios de recolección de maleza del distrito y mientras se desarrolle el Proceso de Adjudicación para el Año 2008, solicita se disponga la invocación de la existencia de una Situación de Desabastecimiento Inminente; Que, con Informe Legal Nº 044-2008-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, del fecha 13 de febrero del 2008, el Gerente de Asesoría Jurídica, realiza el Informe Legal sobre la procedencia de Exoneración del Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente del Servicio de Recojo de Maleza, opinando que la propuesta sea puesto en consideración del Concejo Municipal, para aprobar mediante ACUERDO DE CONCEJO, la declaración en situación de desabastecimiento inminente el Servicio de Recojo de Maleza de esta Municipalidad, para los meses de febrero y marzo del 2008; Que, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, prescribe en su artículo 21º que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, concordante con esta disposición, el Art. 19º del antes citado cuerpo legal, preceptúa que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la Ley; la cual se debe aprobar mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los gobiernos locales; Que, en el presente caso puede observarse que se hace necesario declarar la Situación de Desabastecimiento Inminente por los meses de febrero y marzo del año 2008, para el Servicio de Recojo de Maleza; Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y a lo informado por la Jefatura de Logística e Informática y de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Concejo Municipal, en la sesión ordinaria del Concejo de la fecha, por UNANIMIDAD; ACUERDA:Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE el Servicio de Recojo de Maleza de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Segundo.- EXONERAR del proceso de selección correspondiente, autorizando a la Jefatura de Logística e Informática, para la contratación de un Camión Baranda. Tercero.- ESTABLECER el período de desabastecimiento inminente por un plazo de 2 Meses febrero y marzo del 2008. Cuarto.- DISPONER que la Secretaria General remita copia certificada del presente Acuerdo y del Informe Técnico e Informe Legal, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, dentro del plazo de 10 días desde la presente aprobación. Quinto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los 10 días siguientes de la aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 168978-2 MUNICIPALIDAD DE COMAS Modifican la Ordenanza Nº 251-C/MC y establecen fecha límite para pago de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos de los meses de enero y febrero de 2008 ORDENANZA N° 258-C/MC Comas, 27 de febrero de 2008.EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de febrero de 2008, el Informe N° 013-2008-GAT/MC de fecha 13 de Febrero de 2008, de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 036-2008-SGROC-GAT/MC de fecha 12 de Febrero de 2008 de la Sub. Gerencia de Registro y Orientación al Contribuyente, respectivamente, en los cuales requieren la modifi cación parcial del Cronograma de Pagos que establece el artículo 7° de la Ordenanza N° 251-C/MC; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza N° 251-C/MC publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 31 de diciembre de 2007, la Municipalidad Distrital de Comas aprobó el “Marco del Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública,