Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (28/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2008 367475 política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194ª de la Constitución Política del Estado, concordante con lo previsto en el Art. 2ª de la Ley Orgánica de Municipalidades. Que así mismo la Constitución Política del Perú sostiene que la estructura orgánica del gobierno local la conforma el Concejo Municipal como órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo con las funciones y atribuciones que le confi ere la Ley; así mismo el Art. 195ª del Citado Cuerpo formativo señala que los gobiernos sociales son competentes para aprobar la organización interna y sus presupuesto. Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 14ª de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades “…los acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad de órganos de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional…” Que mediante Informe Nº 003-2008-DPS/MPO- PVL, emitido por el Jefe de Programas Sociales de la Municipalidades Provincial de Otuzco, informa que no existe producto en los almacenes de programas para atender a 3,500 benefi ciarios. Que mediante Informe Nº 004-2008-DPS/MPO-PVL, el Jefe de Programas Sociales de la Municipalidad Provincial de Otuzco de fecha 5 de febrero del presente año, informa que el Producto escogido por el Comité para el Programa Vaso de Leche ha sido el producto HOJUELAS DE QUINUA AVENA ENRIQUECIDA. Que como consecuencia de lo indicado precedentemente, con el Informe Nº 003-2008-DPS/MPO-PVL; el Jefe de Programas Sociales informa respecto al DESABASTECIMIENTO DEL PRODUCTO en los almacenes de la entidad para atender a los benefi ciarios del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Otuzco; por lo tanto solicita la adquisición del producto indicando HOJUELAS DE QUINUA AVENA ENRIQUECIDA por ser de suma urgencia para atender a sus benefi ciarios. Que la Asesora Legal de la Municipalidad Provincial de Otuzco, en su Informe Nº 007-2008-YRM/MPO de fecha, precisa que el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004 que aprueba la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado señala que se encuentran exonerados del Proceso de Selección “…la situación de Desabastecimiento Inminente declarados de conformidad con la presente…” Que así mismo el citado artículo prevé como situación de Desabastecimiento Inminente la situación Extraordinaria e Imprevisible en la que la ausencia de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tienen a su cargo, a tenor de lo señalado en el Art. 21 del Citado Cuerpo Legal. Que, así mismo el citado Informe señala, que dicha situación faculta a la entidad la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda. Que el señor Alcalde pone de conocimiento al pleno del Concejo los informes emitidos por la Jefa de Programas Sociales y la Asesora Legal de la Municipalidad Provincial de Otuzco para tomar el acuerdo correspondiente; por otra parte, la aprobación de la EXONERACIÓN por la causal expuesta no dispensa de las responsabilidades de los funcionarios y/o servidores, para lo cual se tomarán las acciones respectivas por parte de las ofi cinas competentes, si el caso lo ameritará. POR TANTO:Estando en uso y atribuciones que confi ere la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de acuerdo a lo previsto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR en situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE LA ADQISICIÓN DEL PRODUCTO PARA EL PROGRAMA VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OTUZCO respecto al producto HOJUELAS QUINUA AVENA ENRIQUECIDA, por el período de 90 días calendarios, de acuerdo a las consideraciones antes expuestas. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE. Artículo Tercero.- REMÍTASE, dentro de los diez días hábiles copia de la presente Resolución y los Informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Artículo Cuarto.- NOTIFÍQUESE a las Ofi cinas competentes para que procedan a actuar conforme a ley. Regístrese, comuníquese y archívase.DIOMEDES VENEROS ORTECHO Alcalde 167697-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de hojuela de quinua avena para el Programa del Vaso de Leche RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 109-2008-MPO Otuzco, 14 de febrero del 2008VISTOS:Los Informes Nº 003-2008-DPS/MPO, Nº 004-2008- DPS/MPO emitido por la Jefa de Programas Sociales de la Municipalidad Provincial de Otuzco y el Informe Técnico Legal Nº 007-2008-YRM/MPO de la Municipalidad Provincial de Otuzco; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local con personería de derecho público. Que de conformidad con lo señalado en el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece los Lineamientos mediante los cuales el Estado requiere ser provisto de bienes, servicios u Obras necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Que mediante Informe Nº 003-2008-DPS/MPO- PVL, la Jefa de Programas Sociales de la Municipalidad Provincial de Otuzco, informa que no existe producto en los almacenes de programas para atender a 3,500 benefi ciarios. Que mediante Informe Nº 004-2008-DPS/MPO- PVL, la Jefa de Programas Sociales de la Municipalidad Provincial de Otuzco, informa que la cantidad de producto adquirido es de 17,130.96 Kg de HOJUELAS DE QUINUA AVENA ENRIQUECIDA; Que el Art. 14ª del D.S Nº 083-2004-PCM-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece los procesos de selección y el Art. 19ª de la citada norma estable que se encuentran exoneradas del proceso de selección “…la situación de emergencia o de desabastecimiento Inminente declarados de conformidad con la presente ley…” Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 0006-2006- MPO de fecha 13 de Febrero del presente año se acordó APROBAR la Exoneración del Proceso de Selección para la Adquisición del producto del Programa Vaso de Leche respecto al producto HOJUELAS DE QUINUA AVENA ENRIQUECIDA por el lapso de 90 días calendario, por la situación de Desabastecimiento Inminente al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Otuzco; considerado como situación de Desabastecimiento Inminente a la Situación Extraordinaria e Imprevisible entendida esta como la ausencia de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la