TEXTO PAGINA: 26
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de julio de 2008 375316 Que, el artículo primero del Acuerdo del Consejo Regional de Tacna Nº 008-2008-CR/GOB.REG.TACNA señala: “Declarar en Situación de Emergencia los Distritos de las Provincias de Candarave, Tarata y Tacna de la Región Tacna.”, debido al friaje climatológico suscitado en la zona altoandina de la Región Tacna; Que, con ofi cio Nº 276-2008-GGR-PR-GOB.REG. TACNA la Presidencia Regional remite adjunto, el expediente de exoneración de los procesos de selección, como consecuencia de la declaración de Situación de Emergencia. Con respecto a los informes que se adjuntan, el Pleno del Consejo Regional expresa que tendrá presente las opiniones técnicas cuando éstos se refi eran a la Situación de Emergencia, por lo que, los informes que se refi eran al Estado de Emergencia, según Decreto Supremo Nº 041-2008-PCM, no se consideraran por no ser pertinentes para la expedición de la presente norma regional, dado que no es el objeto del presente pronunciamiento normativo. Siendo así, téngase en cuenta el Informe Nº 061-2008-SGPI-GRDE/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, el cual considera que se debe de proceder con urgencia respecto a la exoneración del proceso de selección para atender la Situación de Emergencia, en todos sus extremos. Y parcialmente el Informe Nº 428-2008-ORAJ/G.R.TACNA y el Informe Nº 086-2008-HLRF-ORAJ/G.R.TACNA; ambos emitidos por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, asimismo el Ofi cio 839-2008-ORA/GOB.REG.TACNA de la Ofi cina Regional de Administración; todos en cuanto se refi eran y opinen que resulta viable que el Consejo Regional apruebe la exoneración de los procesos de selección para la adquisición de bienes e insumos para atender la Situación de Emergencia en la Región Tacna; Por las consideraciones expuestas, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno, en Sesión Extraordinaria de la fecha; en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 39 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional y demás artículos pertinentes y con el voto unánime, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR la exoneración de procesos de selección, por Declaración de Situación de Emergencia por friaje climatológico en la zona altoandina–Región Tacna, para la adquisición de bienes de sanidad y forraje hasta por S/. 390,000.00 nuevos soles-Recursos Ordinarios, conforme al Plan de Trabajo 2008 “Campaña de atención de sanidad y forrajes en Camélidos Sudamericanos por el friaje en la zona altoandina-Región Tacna”, conforme al anexo 01 que forma parte del presente del Acuerdo del Consejo Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, al concluir la ejecución del cronograma según el Plan de Trabajo, señalado en el artículo 1 del presente Acuerdo del Consejo Regional, informe al Consejo Regional sobre las acciones efectuadas en cumplimiento del mencionado Plan. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General la presentación de los informes técnico y legal a la Contraloría General de la República, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE, asimismo la publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado-SEACE, conforme a lo establecido en el artículo 147 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Cuarto.- DIFUNDIR el contenido del presente, conforme a la normal legal pertinente y en el Portal electrónico de la Institución, según lo dispone el Artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO:Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla.JUAN VARGAS GOMEZ Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna 220019-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Exoneran de proceso de selección la contratación de obras de rehabilitación de pavimento de diversas vías ACUERDO DE CONCEJO Nº 55-2008-MDL Lince, 23 de junio del 2008EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTOS, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Junio del 2008, el Dictamen Nº 8 de la Comisión de Asuntos Legales y el Dictamen en Minoría del Regidor Gian Carlo Alberto Flores Cáceres, de fecha 06 de Junio del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fi scal 2008 establece que: “Dispónese, para los eventos internacionales, a desarrollarse en el Perú, las siguientes medidas: a) Exceptuáse de la aplicación del Artículo 8 párrafos 8.2 y 8.3, y del Artículo 9, así como, de las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias, a las contrataciones, adquisiciones y toda otra actividad preparatoria que se realice durante el año 2008, para el desarrollo de los siguientes eventos: i. La XVI Cumbre de Lideres del Foro de Cooperación Económica Asia Pacifi co (APEC), incluyendo reuniones ministeriales, conferencias especializadas y otros eventos que se programen en ese marco (…)” Que, mediante Ley Nº 29206 – Ley que establece los alcances de la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fi scal 2008, en su Artículo 4 se establece que: “Antes de realizar la contratación o adquisición, al amparo de las excepciones, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deberán contar con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Organización de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008, creada mediante Resolución Suprema Nº 098-2007-RE, en tanto órgano responsable de la planifi cación, gestión e implementación de las actividades inherentes a las reuniones y eventos del Foro de Cooperación Económica Asia Pacifi co APEC 2008. La opinión de la Secretaria Ejecutiva de Organización expresará, en cada caso, si la actividad propuesta se encuentra vinculada o no con las reuniones del Foro de Cooperación Económica Asia Pacifi co APEC 2008 en la ciudad sede y se pronunciará sobre su pertinencia, oportunidad y conveniencia (…)” Que, la Secretaría Ejecutiva de Organización de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008 mediante Ofi cio Nº 559-2008-CEAN-APEC2008-SEO de fecha 5 de Mayo del 2008 pone en conocimiento que revisado los Expedientes Técnicos de las obras: “Rehabilitación de pavimento (bacheo y recapeo) de la Av. César Vallejo, Jr. Villavicencio, Jr. José De la Torre Ugarte y Jr. Los Tulipanes; “Rehabilitación de pavimento (bacheo y recapeo) de la Av. Prolongación Iquitos”; y “Rehabilitación de pavimento (bacheo y recapeo) de la Av. Canevaro y Av. Juan Pardo de Zela”, cuentan con la opinión favorable de la indicada Secretaría Ejecutiva, por ser vías vinculadas con las reuniones del Foro APEC 2008 en la ciudad de Lima; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante Informe Nº 086-08 MDL/GDU de fecha 13 de Mayo del 2008 informa que los proyectos indicados en el párrafo precedente, fueron materia de revisión y aprobación por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dando origen a la transferencia fi nanciera autorizada con Decreto Supremo Nº 012-2008-MTC; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 0186-2008-MDL/OAJ de fecha 13 de Mayo Descargado desde www.elperuano.com.pe