Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2008 (02/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

375350

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

Articulo Tercero.- Disponer que la Mesa de Partes efectue la redistribucion de tales expedientes en forma aleatoria y equitativa, en el plazo perentorio de diez dias habiles de publicada la presente resolucion, entre el 11°, 12°, 13°, 14° y 15° Juzgados Permanentes. Articulo Cuarto.- Los expedientes en materia previsional de los diez primeros Juzgados Permanentes que se encuentren en el Ministerio Publico, al ser devueltos con sus respectivos dictamenes y corresponderles el estadio de sentencia, seguiran siendo conocidos por sus Juzgados de origen. Articulo Quinto.- Disponer que a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, la Mesa de Partes de la Sede MORDAZA MORDAZA procedera con la distribucion aleatoria de las demandas previsionales nuevas entre el 11°, 12°, 13°, 14° y 15° Juzgados Permanentes, en forma exclusiva; por ende, dichos Juzgados no recibiran demandas nuevas de otras materias, pues estas ultimas seran solo de competencia del 1° al 10° Juzgados Permanentes de la Especialidad Contencioso Administrativa. Articulo Sexto.- Los Juzgados Permanentes 11°, 12°, 13°, 14° y 15° continuaran tramitando y sentenciando todos aquellos procesos de otras materias que hubieren ingresado a su conocimiento hasta la fecha de publicacion de la presente resolucion, asi como aquellos referidos a la Resolucion Administrativa N° 148-2008-CE-PJ, incluyendo los enviados por el Ministerio Publico como por otros organos jurisdiccionales, en forma aleatoria y equitativa, involucrados en dicha resolucion. Articulo Setimo.- Disponer que la Mesa de Partes de la Sede MORDAZA MORDAZA, dentro del tercero dia y bajo responsabilidad funcional, redistribuya en forma exclusiva, aleatoria y equitativa todos los expedientes previsionales que se encuentran pendientes en dicha area con motivo de la Resolucion Administrativa N° 062-2008-CE-PJ, entre el 1°, 2°, 3° y 4° Juzgados transitorios, los mismos que de haberse avocado al conocimiento de procesos de otras materias, continuaran con su tramite hasta su culminacion. Articulo Octavo.- Disponer que el 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10° Juzgados Transitorios, de haberse avocado al conocimiento de procesos previsionales, continuaran con su tramite hasta su resolucion final. Articulo Noveno.- Recomendar al Presidente de la Corte Superior de Justicia y a la Oficina de Administracion mayor diligencia en la atencion de los requerimientos indispensables para el efectivo funcionamiento de los organos jurisdiccionales de la especialidad contencioso administrativa. Articulo Decimo.- Delegar al senor Presidente del Poder Judicial la facultad de dictar las medidas y acciones complementarias y/o aclaratorias que se requieran, para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Decimo Primero.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Comision de Seguimiento de Cumplimiento de Metas de los Juzgados Especializados en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 220853-3

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA

Indice de reajuste diario a que se refiere el articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de MORDAZA de 2008
CIRCULAR Nº 027-2008-BCRP MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2008

El indice de reajuste diario, a que se refiere el articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de MORDAZA es el siguiente: DIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 INDICE 6,73386 6,73552 6,73719 6,73885 6,74052 6,74219 6,74385 6,74552 6,74719 6,74886 6,75053 6,75220 6,75387 6,75554 6,75721 6,75888 6,76055 6,76223 6,76390 6,76557 6,76724 6,76892 6,77059 6,77227 6,77394 6,77562 6,77729 6,77897 6,78065 6,78232 6,78400

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el articulo 1235º del Codigo Civil. Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolucion judicial (articulo 1236º del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General 220873-1

CONTRALORIA GENERAL
Separan del cargo a Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 255-2008-CG MORDAZA, 27 de junio de 2008

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