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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de julio de 2008 375352 el proceso de reinscripción, al haber confi rmado la inexistencia de los asientos registrales referidos, según la evaluación técnica y normativa de la Gerencia de Registros Civiles, por lo que corresponde a la Entidad aprobar lo solicitado, dada su condición de organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Ofi cina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Chilcas, Provincia de La Mar, Departamento de Ayacucho; a fi n de que proceda a la reinscripción de los asientos efectuados en el libro de matrimonio denominado como Nº 38, desde el 6 de julio de 1982 al 30 de mayo de 1983. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina referida, para la apertura de los libros de Actas correspondientes, a fin de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en el Registro del Estado Civil. Artículo 3º.- Los Libros de Reinscripción tendrán el mismo formato oficial, con la consignación expresa por selladura, del texto “Reinscripción – Ley Nº 26242 – 26497”, en la parte superior central del acta; debiendo, la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proveer los libros expresamente requeridos por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 220871-1 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 364-2008-JNAC/RENIEC Lima, 19 de junio del 2008.VISTOS: El Ofi cio Nº 00485-2008/GP/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y el Informe N° 000227-2008-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identifi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar AFIS Nºs. 0360, 0231, 0290, 0306, 0316, 0451, 459, 437, 0452, 0427, 0374, 0279, 0372, 0225, 0214, 0264, 0255, 0295, 0242 y 0227/2008/DDG/GP/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, siendo dichas inscripciones las siguientes: N° de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 1238 80318835193-2007/SGDI/ GPDR/RENIECJesús Mercedes Parreño Román 06648253 1681 80066168249-2007/SGDI/ GPDR/RENIECLiverata Alvina Albino Huánuco 22717112 2341 44092840282-2007/SGDI/ GPDR/RENIECRobert Dávila Llamacure 80147535N° de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 1684 80427759249-2007/SGDI/ GPDR/RENIECEnma Rosario Merino Florián 33578204 2362 25752187286-2007/SGDI/ GPDR/RENIECJosé Manuel Sánchez Truyenque 09973309 2364 80124297286-2007/SGDI/ GPDR/RENIECHugo Doroteo Montoya Faustino 80064306 2270 43030862296-2007/SGDI/ GPDR/RENIECJean Carlos Olivas Tolentino 80375657 2261 43481047296-2007/SGDI/ GPDR/RENIECClaudia Ramírez Sayago 80184375 2368 80472017286-2007/SGDI/ GPDR/RENIECAmador Rodolfo Vargas García 22307689 2177 28267584264-2007/SGDI/ GPDR/RENIECFrancisco Prado Enciso 09277572 2329 23970777282-2007/SGDI/ GPDR/RENIECCarlos Dueñas Olivera 04806609 1693 43206968249-2007/SGDI/ GPDR/RENIECAidé Yelinda Maximiliano Damián 80485864 2351 40344154282-2007/SGDI/ GPDR/RENIECNila Gloria Herbias Magán 32760196 2347 43147853282-2007/SGDI/ GPDR/RENIEC Juan Jony Auqui Baíz 80094259 1203 42692572193-2007/SGDI/ GPDR/RENIECGladys Rosario Ramírez Velásquez 40515795 1231 40611102193-2007/SGDI/ GPDR/RENIECYovanna Anita Castillo Jáuregui 18112942 2335 40344178282-2007/SGDI/ GPDR/RENIECJorge Luis Soles Haro 17835239 2358 06781888286-2007/SGDI/ GPDR/RENIECAugusto Gamarra Michel 06279290 2021 80498719271-2007/SGDI/ GPDR/RENIECMilder Jesús Valdéz Ponce 22509026 2355 43017692282-2007/SGDI/ GPDR/RENIECJesús Samaniego Samaniego 80183264 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas excluyeron defi nitivamente la segunda inscripción del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, se presume que los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, habrían cometido en agravio del RENIEC el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537, la Ley N° 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC, para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: Jesús Mercedes Parreño Román, Liverata Alvina Albino Huánuco, Robert Dávila Llamacure, Enma Rosario Merino Florián, José Manuel Sánchez Truyenque, Hugo Doroteo Montoya Faustino, Jean Carlos Olivas Tolentino, Claudia Ramírez Sayago, Amador Rodolfo Vargas García, Francisco Prado Enciso, Carlos Dueñas Olivera, Aidé Yelinda Maximiliano Damián, Nila Gloria Herbias Magán, Juan Jony Auqui Baíz, Gladys Rosario Ramírez Velásquez, Yovanna Anita Castillo Jáuregui, Jorge Luis Soles Haro, Augusto Gamarra Michel, Milder Jesús Valdéz Ponce y Jesús Samaniego Samaniego. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 220871-2Descargado desde www.elperuano.com.pe