Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2008 (02/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

375349

· HUAURA, el Juzgado Especializado de Familia con sede en la Corte Superior de Justicia. · MORDAZA NORTE, los Juzgados Mixto y Especializado en lo Penal de Condevilla, y el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA Piedra. · MORDAZA, el Juzgado de Paz Letrado de Iquitos, Provincia de Maynas. · MORDAZA DE MORDAZA, el Juzgado Especializado en lo Penal de Puerto Maldonado. · SAN MORDAZA, el Juzgado Mixto de Moyobamba. · MORDAZA, el Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA Chimbote. Articulo Tercero.- Convertir a partir del 1° de MORDAZA del presente ano, el Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Iquitos, Provincia de Maynas, creado por Resolucion Administrativa N° 105-2006-CE-PJ, en el Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo Transitorio de Iquitos, Provincia de Maynas, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, su funcionamiento sera hasta el 31 de diciembre de 2008. Articulo Cuarto.- Convertir a partir del 1° de MORDAZA del presente ano, el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de MORDAZA Chimbote, Provincia del MORDAZA, creado por Resolucion Administrativa N° 105-2006-CE-PJ, en el Juzgado Especializado en lo Penal Transitorio del referido distrito, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, su funcionamiento sera hasta el 31 de diciembre de 2008. Articulo Quinto.- Las MORDAZA y Juzgados a que se contrae la presente resolucion, se adecuaran a las disposiciones contenidas en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 029-2008-CE-PJ y al articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 030-2008-CE-PJ; excepto lo que corresponde a las MORDAZA Descentralizadas transitorias de Bagua y Apurimac. Articulo Sexto.- Los Presidentes de las respectivas Cortes Superiores de Justicia, adoptaran las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de las metas de produccion. Articulo Setimo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, Callao, MORDAZA, Huaura, MORDAZA Norte, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA y MORDAZA, Comision Nacional de Descarga Procesal, asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 220853-2

Primero: Que, este Organo de Gobierno mediante Resolucion Administrativa N° 062-2008-CE-PJ, de fecha 10 de marzo del presente ano, dicto medidas para la redistribucion de expedientes entre los Juzgados Especializados en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, permanentes y transitorios; Segundo: Al respecto, el Presidente de la Comision de Seguimiento de Cumplimiento de Metas de los Juzgados Especializados en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, emite el Informe N° 03-2008-P-CSCMJCA-CSJLI/PJ, por el cual se da cuenta que no obstante la ejecucion de las medidas contenidas en la Resolucion Administrativa N° 062-2008-CE-PJ, los Juzgados Permanentes continuaban con excesiva carga procesal, aunado a ello se encontraba pendiente de evaluar la propuesta de instaurar el funcionamiento de la sub especialidad previsional, para posibilitar la tramitacion y resolucion celere de los procesos correspondientes a esta materia; Tercero: De los informes estadisticos obrantes en autos, se aprecia que del total de procesos contencioso administrativos, el 40% equivale, aproximadamente, al previsional, lo cual resulta imperioso atender pues mayormente se trata de demandas presentadas por ciudadanos de la tercera edad para el otorgamiento de sus pensiones, entre otros rubros; Cuarto: Es del caso senalar, que luego de la redistribucion de expedientes entre los 15 Juzgados Permanentes de la especialidad contencioso administrativa, los 5 ultimos mantienen carga exigua a diferencia de los 10 primeros, lo cual es corroborado con el ultimo inventario efectuado, corriente a folios 81 y 82. Asimismo, a la fecha solo se han redistribuido por Mesa de Partes 100 expedientes a cada uno de los 10 juzgados transitorios, lo cual permite aun determinar la asignacion de expedientes en materia previsional a un numero especifico de juzgados transitorios, asi como del 11 al 15 juzgados permanentes; Quinto: Tambien se constata de los presentes actuados que a la fecha, exceptuando aquellos procesos en ejecucion y con concesorios de apelacion, en los 10 primeros juzgados permanentes existen un total de 8,567 expedientes previsionales en tramite (incluyendo expedientes en el Ministerio Publico) y 3,629 expedientes de la misma materia pendientes de sentencia; Sexto: Por lo expuesto, a fin de atender preferentemente aquellos casos de caracter previsional, en los que estan comprendidos cesantes y jubilados de avanzada edad; es menester contribuir a la solucion de los conflictos en esta materia en el menor tiempo posible, dictandose las medidas pertinentes; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82°, inciso 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz, por unanimidad, RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar la sub especialidad previsional en la sede de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la misma que sera asumida por el 11°, 12°, 13°, 14° y 15° Juzgados Permanentes Especializados en lo contencioso Administrativo, asi como por el 1°, 2°, 3° y 4° Juzgados Transitorios de la misma materia. Articulo Segundo.- Disponer que, dentro del plazo de cinco dias habiles de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, los expedientes en materia previsional del 1° al 10° Juzgados Permanentes MORDAZA remitidos a la Mesa de Partes de la Sede MORDAZA MORDAZA, debidamente foliados, inventariados y bajo responsabilidad funcional; excepto aquellos que se encuentren expeditos para sentencia, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 25.2 de la Ley del MORDAZA Contencioso Administrativo, modificado por la Ley N° 27584; asi como los que se encuentran en ejecucion y con concesorios de apelacion.

Instauran la subespecialidad previsional en la sede de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 157-2008-CE-PJ MORDAZA, 10 de junio de 2008 VISTO: El Oficio N° 013-2008-P-CSCMJCA, cursado por el Presidente de la Comision de Seguimiento de Cumplimiento de Metas de los Juzgados Especializados en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima; y,

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