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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2008 (03/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375432 y mejora continua del Sistema de Gestión de la Calidad, de conformidad con las normas internacionales de la ISO 9001-2000; planifi cando y ejecutando auditorías de calidad; así como de verifi car la utilización de estándares y/o normas técnicas aplicables durante el desempeño de los procesos certifi cados. Funciones:1. Elaborar y proponer la política y objetivos de calidad, estableciendo mecanismos para su difusión, así como verifi car su grado de cumplimiento, en coordinación con las Intendencias de Aduanas, a fi n de mantener la certifi cación del Sistema de Gestión de la Calidad basada en las normas de la ISO 9001-2000. 2. Elaborar, proponer y administrar los indicadores de los objetivos y procesos comprendidos en el alcance del Sistema de Gestión de la Calidad, así como coordinar con otras dependencias de la SUNAT la evaluación y seguimiento de sus metas, de conformidad con los estándares de la calidad e indicadores contenidos en los objetivos y en otros documentos del Sistema de Gestión de la Calidad. 3. Atender los requerimientos de información de gestión de las unidades orgánicas de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera. 4. Formular, ejecutar y evaluar el programa de actividades de la Ofi cina de la Secretaria Técnica, a fi n de dar cumplimiento a los objetivos institucionales del Sistema de Gestión de la Calidad. 5. Mantener actualizado el manual de calidad, procedimientos, instructivos y circulares; proponer la nueva estructura de la documentación exigida por la Norma ISO 9001-2000 así como la agenda para las reuniones del Comité Directivo para la adecuada administración del Sistema de la Calidad. 6. Impulsar y promover la implementación de los proyectos institucionales y acciones correctivas y/o preventivas, para el mantenimiento y mejora continua del Sistema de Gestión de la Calidad. 7. Elaborar y proponer al Comité Directivo de Calidad el programa anual de auditorías internas y externas de calidad para su correspondiente aprobación; así como, conducir y controlar su ejecución, revisando y evaluando los resultados obtenidos e informando de los mismos al Comité Directivo de Calidad; así como, supervisar las acciones de seguimiento de los informes emitidos y administrar los correspondientes registros. 8. Verifi car y mantener actualizada la página del Sistema de Gestión de la Calidad, que se encuentra en Intranet y en el portal de la SUNAT en lo concerniente a su competencia funcional. 9. Otros que le encargue la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera o el Comité Directivo de Calidad. 221146-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Exoneran de proceso de selección la adquisición de galones de combustible para la atención de emergencias en los distritos de Puerto Bermúdez, Palcazú y Paucartambo ACUERDO Nº 050-2008-G.R PASCO/CR Cerro de Pasco, 11 de junio de 2008EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias, en Sesión Ordinaria del día once de junio del año dos mil ocho, por unanimidad ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:VISTO: INFORME LEGAL Nº 476-2008-GR PASCO/DRAJ de fecha 4 de junio de 2008, INFORME Nº 157- 2008 - G.R. PASCO - GRRNGMA/SGDC de fecha 13 de mayo de 2008, INFORME Nº 001 - 2008 - G.R. PASCO - GRRNGMA - SGDC - DRTC - PASCO de fecha 12 de mayo de 2008; y, CONSIDERANDO:Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modifi cado por la Ley Nº 27902, la que establece en su artículo 39º que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional; Que, las atribuciones del Consejo Regional, es aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional, y , dentro de sus funciones generales de los Gobiernos Regionales, normativa y reguladora, elaborando y aprobando normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia; en mérito al inciso a) del artículo 15º y así mismo al inciso b) numeral 1) del artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, dentro de las funciones en materia de defensa civil, señala: “organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnifi cados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas”; en mérito a lo dispuesto al inciso c) artículo 61º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, la exoneración de proceso de selección por Situación de emergencia, estipula que: “la situación de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, después de lo cual deberá convocar los procesos de selección que correspondan. Cuando no corresponda realizar un proceso de selección posterior, en el informe técnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisición o contratación defi nitiva. Toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días siguientes a la fi nalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución o Acuerdo correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de la ejecución de las prestaciones”; en mérito a lo dispuesto al artículo 142º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Modifi catoria Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, DEFENSA CIVIL, es el conjunto de medidas permanentes a prevenir, reducir, atender y reparar los daños a personas y bienes, que pudieran causar los desastres y calamidades por la situación caótica en que se encuentran las vías de comunicación, ocasionados por las constantes precipitaciones pluviales perjudicando el normal transito de vehículos y personas; a consecuencia de los Huaycos, caída de rocas, derrumbes y deslizamientos, que agraviaron las actividades socioeconómicas del poblador, difi cultando el acceso carrozable a los campos agrícolas, traslado de sus productos de pan llevar de las tres provincias (Pasco, Daniel Carrión y Oxapampa) a los mercados Regional y Nacional; y el desabastecimiento de productos de primera necesidad; y tal magnitud de la emergencia, evidencia eminente peligro, por lo que demanda la adopción de medidas inmediatas y ejecutar acciones destinadas a reducir y minimizar los riesgos existentes en las zonas afectadas; Que, el Gobierno Regional tomó medidas urgentes para brindar atención de emergencia por intermedio del Descargado desde www.elperuano.com.pe