Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2008 (03/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2008

y mejora continua del Sistema de Gestion de la Calidad, de conformidad con las normas internacionales de la ISO 9001-2000; planificando y ejecutando auditorias de calidad; asi como de verificar la utilizacion de estandares y/o normas tecnicas aplicables durante el desempeno de los procesos certificados. Funciones: 1. Elaborar y proponer la politica y objetivos de calidad, estableciendo mecanismos para su difusion, asi como verificar su grado de cumplimiento, en coordinacion con las Intendencias de Aduanas, a fin de mantener la certificacion del Sistema de Gestion de la Calidad basada en las normas de la ISO 9001-2000. 2. Elaborar, proponer y administrar los indicadores de los objetivos y procesos comprendidos en el alcance del Sistema de Gestion de la Calidad, asi como coordinar con otras dependencias de la SUNAT la evaluacion y seguimiento de sus metas, de conformidad con los estandares de la calidad e indicadores contenidos en los objetivos y en otros documentos del Sistema de Gestion de la Calidad. 3. Atender los requerimientos de informacion de gestion de las unidades organicas de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. 4. Formular, ejecutar y evaluar el programa de actividades de la Oficina de la Secretaria Tecnica, a fin de dar cumplimiento a los objetivos institucionales del Sistema de Gestion de la Calidad. 5. Mantener actualizado el manual de calidad, procedimientos, instructivos y circulares; proponer la nueva estructura de la documentacion exigida por la MORDAZA ISO 9001-2000 asi como la agenda para las reuniones del Comite Directivo para la adecuada administracion del Sistema de la Calidad. 6. Impulsar y promover la implementacion de los proyectos institucionales y acciones correctivas y/o preventivas, para el mantenimiento y mejora continua del Sistema de Gestion de la Calidad. 7. Elaborar y proponer al Comite Directivo de Calidad el programa anual de auditorias internas y externas de calidad para su correspondiente aprobacion; asi como, conducir y controlar su ejecucion, revisando y evaluando los resultados obtenidos e informando de los mismos al Comite Directivo de Calidad; asi como, supervisar las acciones de seguimiento de los informes emitidos y administrar los correspondientes registros. 8. Verificar y mantener actualizada la pagina del Sistema de Gestion de la Calidad, que se encuentra en Intranet y en el MORDAZA de la SUNAT en lo concerniente a su competencia funcional. 9. Otros que le encargue la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera o el Comite Directivo de Calidad. 221146-1

INFORME LEGAL Nº 476-2008-GR PASCO/DRAJ de fecha 4 de junio de 2008, INFORME Nº 157- 2008 - G.R. PASCO - GRRNGMA/SGDC de fecha 13 de MORDAZA de 2008, INFORME Nº 001 - 2008 - G.R. PASCO - GRRNGMA - SGDC - DRTC - PASCO de fecha 12 de MORDAZA de 2008; y, CONSIDERANDO:

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de galones de combustible para la atencion de emergencias en los distritos de Puerto MORDAZA, Palcazu y Paucartambo
ACUERDO Nº 050-2008-G.R PASCO/CR Cerro de Pasco, 11 de junio de 2008 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias, en Sesion Ordinaria del dia once de junio del ano dos mil ocho, por unanimidad ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, la que establece en su articulo 39º que el Consejo Regional expresa la decision de este organo a traves de Acuerdo Regional; Que, las atribuciones del Consejo Regional, es aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional, y , dentro de sus funciones generales de los Gobiernos Regionales, normativa y reguladora, elaborando y aprobando normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia; en merito al inciso a) del articulo 15º y asi mismo al inciso b) numeral 1) del articulo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, dentro de las funciones en materia de defensa civil, senala: "organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitacion de las poblaciones afectadas"; en merito a lo dispuesto al inciso c) articulo 61º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Que, la exoneracion de MORDAZA de seleccion por Situacion de emergencia, estipula que: "la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva. Toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de la ejecucion de las prestaciones"; en merito a lo dispuesto al articulo 142º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Modificatoria Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, DEFENSA CIVIL, es el conjunto de medidas permanentes a prevenir, reducir, atender y reparar los danos a personas y bienes, que pudieran causar los desastres y calamidades por la situacion caotica en que se encuentran las vias de comunicacion, ocasionados por las constantes precipitaciones pluviales perjudicando el normal MORDAZA de vehiculos y personas; a consecuencia de los Huaycos, caida de rocas, derrumbes y deslizamientos, que agraviaron las actividades socioeconomicas del poblador, dificultando el acceso carrozable a los MORDAZA agricolas, traslado de sus productos de pan llevar de las tres provincias (Pasco, MORDAZA MORDAZA y Oxapampa) a los mercados Regional y Nacional; y el desabastecimiento de productos de primera necesidad; y tal magnitud de la emergencia, evidencia eminente peligro, por lo que demanda la adopcion de medidas inmediatas y ejecutar acciones destinadas a reducir y minimizar los riesgos existentes en las zonas afectadas; Que, el Gobierno Regional tomo medidas urgentes para brindar atencion de emergencia por intermedio del

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