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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 7 de julio de 2008 375680 participó al reiterar el ofi cio para que la OREC del sector realizara la inscripción; siendo los siguientes casos: CIUDADANO QUE SOLICITÓ LA INSCRIPCIÓNFECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓNJUZGADONOMBRES Y APELLIDOS DEL MAGISTRADO ANTONIO MONTANO ZUTA19 DE DICIEMBRE DE 2000Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de ChachapoyasGIOVANA ISABEL SALAZAR LACERNA ANGEL ALBERTO MANINI CHUNG 27 DE MARZO DE 2006Segundo Juzgado de Paz Letrado de Jesús MaríaMARILU DEL PILAR RAMÍREZ AZPARRENT VÍCTOR RUBIO REINA 18 DE NOVIEMBE DE 2004Primer Juzgado de Paz Letrado de TrujilloLILIANA JANET RODRÍGUEZ VILLANUEVA DE SOSA RONAL ORLANDO SAAVEDRA GUZMÁN CARLOS ALBERTO MASUDA COCA10 DE DICIEMBRE DE 1998Segundo Juzgado de Paz Letrado de HuauraISMAEL FELIPE OROZCO HUAYANAY HENRY GUILLERMO TORANZO VARGAS 19 DE SETIEMBRE DE 2005Primer Juzgado de Paz Letrado de Carabaya – MacusaniRENE JULIO AGUILAR LASTEROS ROSA MARINA IRRIBARREN JULCA 27 DE MAYO DE 2004Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de HuamachucoJUSTO VERA PAREDES Que, el artículo 826° del Código Procesal Civil señala que la inscripción del nacimiento se rige por la ley de la materia, la cual es la Ley N° 26497 que regula la materia registral, consecuentemente, el comportamiento de los citados magistrados constituye indicio válido de la presunta comisión del delito contra la Administración de Justicia en la modalidad de prevaricato tipifi cado en el artículo 418º del Código Penal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan contra los magistrados: Giovana Isabel Salazar Lacerna; Marilú del Pilar Ramírez Azparrent; Liliana Janet Rodríguez Villanueva de Sosa; Ronal Orlando Saavedra Guzmán; Ismael Felipe Orozco Huayanay; Rene Julio Aguilar Lasteros y Justo Vera Paredes, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de prevaricato, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 220871-11 Aprueban solicitud de reinscripción de asientos en libros de nacimiento, matrimonio y defunción de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad de Centro Poblado Alto Puno RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 376-2008-JNAC/RENIEC Lima, 20 de junio de 2008VISTO: el Informe N° 000448-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles y el Informe N° 00153-2008-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por la Primera Disposición Final de la Ley N° 26497, las Ofi cinas de Registro de Estado Civil a que se refi ere la Ley N° 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; en cuya virtud, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad de Centro poblado Alto Puno, Distrito, Provincia y Departamento de Puno; ha solicitado autorización para reinscripción de diversos asientos registrales; Que, a través de los Informes del Visto, se ha evaluado positivamente la solicitud acotada, la cual cumple las condiciones que hacen viable autorizar el proceso de reinscripción, al haber confi rmado la inexistencia de los asientos registrales referidos, según la evaluación técnica y normativa de la Gerencia de Registros Civiles, por lo que corresponde a la Entidad aprobar lo solicitado, dada su condición de organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad de Centro poblado Alto Puno, Distrito, Provincia y Departamento de Puno; a fi n de que proceda a la reinscripción de los asientos efectuados en los libros de nacimiento, matrimonio y defunción desde el año 1994 al mes de abril del 2000, y los asientos efectuados en el libro de nacimiento serie Nº 60582401 al 60582450 desde el mes de abril del 2000 al 06 de septiembre del 2001, Matrimonio serie Nº 290751 al 290760, 294461 al 294500, serie Nº 411241 al 411250, serie Nº 424201 al 424220 desde el mes de abril del 2000 al 24 de agosto del 2001, y Defunción serie Nº 352941 al 352960 desde el mes de abril del 2000 al 28 de septiembre del 2001. Artículo 2º.- Autorizar a la Ofi cina referida, para la apertura de los libros de Actas correspondientes, a fi n de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en el Registro del Estado Civil. Artículo 3º.- Los Libros de Reinscripción tendrán el mismo formato ofi cial, con la consignación expresa por selladura, del texto “Reinscripción – Ley Nº 26242 – 26497” , en la parte superior central del acta; debiendo, la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proveer los libros expresamente requeridos por la Ofi cina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 220871-12 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan el funcionamiento de “Fiduciaria GBC S.A” como empresa de servicios fiduciarios RESOLUCIÓN SBS Nº 2560-2008 Lima, 24 de junio de 2008EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES: VISTA:La solicitud presentada por Fiduciaria Bancolombia S.A. Sociedad Fiduciaria, a través de su representante, Descargado desde www.elperuano.com.pe