TEXTO PAGINA: 7
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 7 de julio de 2008 375673 Nº DIRECCIÓN REGIONALUGEL Sede Idioma 68 LORETOUGEL Maynas Maynas Castellano/ Cocama 69 UGEL Requena Requena Castellano/ Cocama/ Cocamilla 70 UGEL Alto Amazonas - YurimaguasYurimaguas Castellano/ Chayawita 71 UGEL Mcal. Ramon Castilla - CaballocochaCaballococha Castellano 72 UGEL Loreto - Nauta Nauta Castellano 73 UGEL Ucayali - Contamana Contamana Castellano/ shipibo 74MADRE DE DIOSUGEL Tambopata Tambopata Castellano 75 UGEL Iberia Iberia Castellano 76 MOQUEGUAUGEL Mariscal Nieto Moquegua Castellano 77 UGEL General Sanchez CerroOmate Castellano/ quechua 78 UGEL Ilo Ilo Castellano79 PASCOUGEL Pasco Paucartambo Castellano 80 Cerro de Pasco Castellano81 UGEL Oxapampa Pto Bermúdez Castellano/ Ashanica 82 Villarica Castellano/ yanesha 83 Oxapampa Castellano/ Yanesha 84 UGEL Daniel Carrion Yanahuanca Castellano/ quechua 85 PiuraUGEL La Unión La union Castellano 86 UGEL Ayabaca Ayabaca Castellano87 UGEL Paita Paita Castellano88 UGEL Sullana Suyo89 Sullana Castellano90 UGEL Chulucanas Chulucanas Castellano91 Frías92 UGEL Morropon Morropon Castellano93 UGEL Huancabamba Huancabamba Castellano94 PUNOUGEL Puno Puno Castellano 95 UGEL Chucuito Juli Castellano/ Aymara 96 UEGL Melgar Ayaviri Castellano/ Quechua 97 UGEL Azangaro Azangaro Castellano/ Quechua 98 UGEL Carabaya Macusani Castellano/ Quechua 99 UGEL El Collao Ilave Castellano Aymara 100 UGEL San Antonio de Putina Putina Castellano/ Quechua 101 UGEL San Roman Juliaca Castellano/ Quechua/ Aymara 102 UGEL Yunguyo Yunguyo Castellano Aymara 103 SAN MARTINUGEL Moyobamba Moyobamba Castellano 104 UGEL Lamas Lamas Castellano/ quechua lamista 105 UGEL El Dorado San Jose de Sisa Castellano/ quechua lamista 106 UGEL Mariscal Caceres Juanjui Castellano/ quechua lamista 107 UGEL Tocache Tocache Castellano/ quechua lamista 108 TACNAUGEL Tacna Tacna Castellano 109 UGEL Tarata Tarata Castellano/ Aymara 110 UGEL Jorge Basadre Toquepala Castellano 111 TUMBESUGEL Tumbes Tumbes Castellano 112 UGEL Zarumilla Zarumilla Castellano113 UGEL Contralmirante Villar Zorritos Castellano114 UCAYALIUGEL Coronel Portillo Pucallpa Castellano/ Shipibo 115 UGEL Padre Abad Padre Abad Castellano/ Yaminahua/ ashanica 116 UGEL Atalaya Atalaya Castellano/ Yaminahua/ ashanica 117 UGEL Purus Purus Castellano/ Yaminahua/ ashanica ANEXO 2 Distribución temática para la difusión del Manual para Padres en los programas radiales “La Escuela del Aire” Mes 1 semana 2 semana 3 semana 4 semana AgostoConsideraciones , fundamentos y características del manualConsideraciones , fundamentos y características del manualAprendizajes de 0 a 2 (Inicial)Aprendizajes de 3 a 5 (Inicial)Mes 1 semana 2 semana 3 semana 4 semana SetiembreAprendizajes 1er grado (Primaria)Aprendizajes 2do grado (Primaria)Aprendizajes 3er grado (Primaria)Aprendizajes 4to grado (Primaria) OctubreAprendizajes 5to grado (Primaria)Aprendizajes 6to grado (Primaria)Aprendizajes 1er grado (Secundaria)Aprendizajes 2do grado (Secundaria) NoviembreAprendizajes 3er grado (Secundaria)Aprendizajes 4to grado (Secundaria)Aprendizajes 5to grado (Secundaria)Se fortalece los programas por cada grado DiciembreSe fortalece los programas por cada gradoSe fortalece los programas por cada gradoSe fortalece los programas por cada gradoSe fortalece los programas por cada grado 222642-1 ENERGIA Y MINAS Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de defensa de funcionario y ex funcionarios del Ministerio en investigación fiscal iniciada en su contra RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 318-2008-MEM/DM Lima, 2 de julio de 2008VISTO: el Informe Técnico Nº 013-2008-OGA/LOG de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración y el Informe Legal Nº 147-2008-MEM/OGJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, se establecieron disposiciones para la defensa judicial de funcionarios y servidores de entidades, instituciones y organismos del Poder Ejecutivo en procesos que se inicien en su contra. Así, se precisó en el artículo 2º del Decreto Supremo referido, que pueden solicitar a los Titulares de las entidades, instituciones u organismos públicos del Poder Ejecutivo, la asesoría legal correspondiente, en forma gratuita, los funcionarios públicos, aun cuando a la fecha de inicio del proceso hayan dejado de prestar sus servicios; Que, a su vez, el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de selección los servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento, para lo cual deberá emitirse la Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, acompañada de un informe técnico legal, realizándose dichas contrataciones y adquisiciones mediante acciones inmediatas de acuerdo con el artículo 20º del mencionado cuerpo legal; Que, por otro lado, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que las contrataciones de los servicios para la defensa judicial de los funcionarios, servidores, ex funcionarios y ex servidores de entidades, instituciones y organismos del Poder Ejecutivo en procesos que se inicien en su contra, bajo el ámbito del Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, se encuentran expresamente incluidos en la clasifi cación de servicios personalísimos; Que, además, el artículo 148º del mismo Reglamento regula el procedimiento al cual debe someterse tales contrataciones, precisándose que la adquisición o contratación del bien, servicio u obra objeto de la exoneración, será realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto; y, que una vez aprobada la exoneración, la contratación deberá realizarse mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases; Que, de la revisión del expediente y del Informe Técnico Nº 013-2008-OGA/LOG, elaborado por la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración, se desprende que la Dirección General de Hidrocarburos requiere contratar los servicios de Descargado desde www.elperuano.com.pe