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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de julio de 2008 376272 el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros del Estado Civil. Artículo Tercero.- Los Libros de Reinscripción tendrán el mismo formato ofi cial, con la consignación expresa por selladura, del texto “ Reinscripción - Ley Nº 26242 - 26497 ”, en la parte superior central del acta; debiendo, la Subgerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proveer los libros expresamente requeridos por la Ofi cina autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 227303-3 Modifican R.J. Nº 2470-2008-JNAC/ RENIEC relativa al TUPA del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 478-2008-JNAC/RENIEC San Isidro, 16 de julio de 2008VISTOS:El Ofi cio Nº 463-2008/SGEN/RENIEC, emitido por la Secretaria General y el Informe Nº 531-2008/GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 se crea el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, con arreglo a lo previsto en los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como un organismo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 114-2006- JEF/RENIEC, del 28 de febrero de 2006, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del RENIEC, el cual es modificado por las Resoluciones Jefaturales Nº 1041-2007 y 470-2008-JNAC/RENIEC; Que, de acuerdo al Art. 4º del Decreto Supremo Nº 04- 2008-PCM y en relación a la publicación de la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Entidades, la publicación deberá indicar la dirección electrónica del portal institucional de la respectiva Institución; Que, el Artículo 201° de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Contando con el Informe favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el Artículo Único de la Resolución Jefatural Nº 470-2008-JNAC/RENIEC del 11 de julio de 2008, a fi n de incluir dentro del texto del mismo, la dirección electrónica de la Entidad, para lo cual se hace necesario incorporar un nuevo artículo, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Primero.- Modifi car el Procedimiento Nº 27 a) del Texto Único de Procedimientos Administrativos del RENIEC, el que fuera aprobado por Resolución Jefatural Nº 114-2006-JEF/RENIEC, y modifi cado por Resolución Jefatural Nº 1041-2007-JNAC/RENIEC, quedando su texto conforme al Anexo Nº 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.reniec.gob.pe”. Artículo Segundo.- Mantener subsistente todos los demás alcances de la Resolución Jefatural Nº 470-2008-JNAC/RENIEC. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 227303-1 MINISTERIO PUBLICO Encargan funciones de la Fiscalía Superior Decana del Distrito Judicial de Puno y Fiscalías Superiores Mixtas de Puno y Juliaca RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 958-2008-MP-FN Lima, 15 de julio del 2008VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante el Ofi cio N° 711-2008-MP-FN-F-F.SUPR. C.I., el doctor Percy Peñaranda Portugal, Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, remite copia de la Resolución N° 1028 de fecha 02 de julio de 2008 (expedida en el caso N° 711-2008-PUNO), mediante la cual dispuso de ofi cio la medida de abstención en el ejercicio de la función fi scal contra el doctor Manuel Torres Quispe, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Puno, con el fi n de asegurar la efi cacia del procedimiento y la resolución que ponga fi n al mismo; medida que fue efectivizada tras ser notifi cada conforme lo informado a través del Ofi cio N° 1315-2008-MP-FN-F.SUPR.C.I de fecha 14 de julio del año en curso. Que estando a lo antes mencionado, resulta necesario designar al Fiscal que se encargue de las funciones de Fiscal Superior Decano del referido distrito judicial y la Primera Fiscalía Superior Mixta e Itinerante de Puno, con el objeto de que la situación mencionada no afecte la normalidad del servicio fi scal que se brinda en dicha localidad. De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar a exclusividad las funciones de la Fiscalía Superior Decana del Distrito Judicial de Puno, y la Primera Fiscalía Superior Mixta e Itinerante de Puno, al doctor Vicente Rufi no Briceño Jiménez, Fiscal Superior Titular Mixto de Puno, designado en la Primera Fiscalía Superior Mixta Descentralizada e Itinerante de Juliaca, mientras dure la vigencia de medida de abstención impuesta al Fiscal Superior mencionado en la parte considerativa de la presente. Artículo Segundo.- Encargar la Primera Fiscalía Superior Mixta Descentralizada e Itinerante de Juliaca, al doctor Waldy Flores Peralta, Fiscal Adjunto Superior del referido Despacho, mientras dure la ausencia del titular. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 227258-1Descargado desde www.elperuano.com.pe