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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de julio de 2008 376278 Nacional de Cultura aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la exoneración del proceso de selección Adjudicación Directa Pública Nº 0001-2008-INC para contratar los servicios de “Seguro Personal y Patrimonial del INC”, incluido en el Plan Anual de Adquisiciones del INC, al haberse determinado la causal de desabastecimiento inminente del Servicio, por un valor referencial máximo de S/. 31,014.76 (Treinta y un mil catorce y 76/100 Nuevos Soles) incluidos los impuestos de ley, por un plazo máximo de noventa (90) días o hasta que quede perfeccionado el contrato del proceso correspondiente; Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Logística y Producción de Bienes y Servicios proceda a la publicación de la presente Resolución en el SEACE, así como efectuar la contratación indicada, mediante acciones inmediatas y conforme lo previsto por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Ofi cina de Administración Documentaría realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su emisión y remita una copia de la misma y de los Informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del mismo plazo. Artículo 4º.- El egreso que origine la presente Resolución se afectará a la Fuente de Financiamiento 00 y 09, Cadena de gasto 5.3.11.77. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 226594-3 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 945/INC Lima, 9 de julio de 2008Visto, el Informe Nº 126-2008-GG-OLPBS/INC de la Ofi cina de Logística y Producción de Bienes y Servicios del 30 de junio de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 126-2008-GG-OLPBS/ INC la Ofi cina de Logística y Producción de Bienes y Servicios señala que por Resolución Directoral Nacional Nº 046/INC del 14 de enero de 2008 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) de la Unidad Ejecutora Nº 01 – Instituto Nacional de Cultura, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, modifi cado por Resolución Directoral Nacional Nº 859/INC del 26.06.08 que incluye la Adjudicación Directa Selectiva para la “Adquisición de Licencias de Sofware para el Tratamiento de Información Geo Referencial”, por un valor total estimado de S/. 172,000.00; Que, asimismo da cuenta que como resultado de las indagaciones efectuadas en el mercado, se tomó conocimiento que el servicio requerido era prestado de manera exclusiva por la empresa TELEMÁTICA S. A., por lo que vía email se le requirió la presentación de la acreditación de único representante de los productos ESRI Inc y líderes mundiales en el desarrollo de sofware con el uso de tecnología de sistemas de Información Geográfi ca o GIS integrable con otras tecnologías; obteniéndose de la respuesta, de acuerdo a Carta cursada por Environmental Systems Research Institute Inc (ESRI), empresa domiciliada en California, - Estados Unidos de Norte América, desarrollador y fabricante de la línea de productos sofware ESRI, la certifi cación que TELEMÁTICA S.A., compañía independiente, es su distribuidor exclusivo y autorizado en la República del Perú, para entre otros, comercializar, distribuir y brindar soporte a determinados productos de Sofware ESRI y a los materiales relacionados; señala además que, por lo expresado, considera pertinente exonerar por la causal de servicios que no admiten sustitutos y proveedor único el proceso de Adjudicación Directa Selectiva (Ítem 102) Que, las licencias de software para tratamiento de información Geo Referencial solo pueden ser distribuidas y comercializadas por la empresa TELEMATICA S.A.; consecuentemente no podrían adquirirse a otro proveedor. TELEMATICA S.A. ha alcanzado su propuesta, según el detalle alcanzado por el Área de Informática para el período de un año, por la suma total de S/. 171,431.40 (Ciento setenta y un mil cuatrocientos treinta y uno con 40/100 Nuevos Soles); Que, el literal e) del artículo 19° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, “están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen: “ (…) d) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único (…)”. Que, el Artículo 148º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala: “Procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas.- La entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa, mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico (….) se realiza por la dependencia encargada de las adquisicionesy contrataciones de la Entidad o el órgano designado para tal efecto”; Que, el Comunicado N° 002-2003 (PRE) del CONSUCODE ha precisado en materia de exoneraciones, que éstas sólo proceden en caso se confi guren las causales taxativamente señaladas y conforme a los requerimientos contenidos en los citados textos normativos. En tal sentido, para que se confi gure la causal mencionada se requiere el cumplimiento conjunto de los siguientes requisitos: a) Que no exista un bien sustituto; b) Que exista un solo proveedor en el mercado nacional Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto, mediante Informe Nº 151-2008-OPP-GG/INC de fecha 17 de junio de 2008, da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 172,000.00 (Ciento setenta y dos mil y 00/100 Nuevos Soles) que permiten atender dicho concepto; Que, mediante Informe Nº 525-2008-OAJ/INC de fecha 08 de julio de 2008, la Ofi cina de Asuntos Jurídicos opina que corresponde se expida la Resolución Directoral Nacional que apruebe la exoneración del proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva para contratar la “Adquisición de Licencias para Sofware para Tratamiento de Información Geo Referencial”, por tratarse de un servicio que no admite sustituto y tener proveedor único en el país, por un valor máximo de S/. 172,000.00 (Ciento setenta y dos mil y 00/100 Nuevos soles), incluidos los impuestos de ley. Asimismo autorice a la Ofi cina de Logística y Producción de Bienes y Servicios proceda a la contratación del servicio indicado mediante acciones inmediatas; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Gerente General y el Director de Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la exoneración del proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva para contratar el “Adquisición de Licencias para Sofware para Tratamiento de Información Geo Referencial”, por un valor máximo de S/. 172,000.00 (Ciento setenta y dos mil y 00/100 Nuevos soles), incluido en el Plan Anual de Adquisiciones del INC; por tratarse de un servicio que no admite sustituto y tener proveedor único en el país. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Logística y Producción de Bienes y Servicios proceda a la publicación de la presente Resolución en el SEACE, así como efectuar Descargado desde www.elperuano.com.pe