Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2008 (17/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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la contratacion indicada, mediante acciones inmediatas y conforme lo previsto por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- El egreso que origine la presente Resolucion se afectara en la Unidad Organica, ­ Fuente de Financiamiento 09, Cadena de gasto 5.7.11.51. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion Documentaria realizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 (diez) dias habiles siguientes a su emision y remita una MORDAZA de la misma y de los Informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del mismo plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA UGAZ MORDAZA Encargado de la Direccion Nacional 226594-5

Declaran Monumento Integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Hacienda de Shismay en la provincia de MORDAZA y al Templo "Nino Salvador" ubicado en la provincia de Huamanga
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 942/INC MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2008 Visto el Expediente Nº 09388/2007; y, CONSIDERANDO Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad al articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonio y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del patrimonio cultural de la Nacion; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2008 la Sub Direccion de Investigacion Historica de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano comunica los resultados de la investigacion realizados en relacion a la MORDAZA Hacienda de Shismay, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Huanuco. Adjunta a su vez el Informe Nº 021-2008-DMVE-DPHCR-SDIH/INC el mismo que concluye que no ha sido posible precisar el origen de la MORDAZA Hacienda debido a la escasa informacion existente sobre la region y el predio; sin embargo indica, que de acuerdo al Diccionario Geografico del Peru de MORDAZA Stiglich, se tiene informacion que se localiza en la MORDAZA que en tiempos prehispanicos fue el habitat del grupo etnico Chupacho o Chuapaycho encomendado al conquistador MORDAZA MORDAZA Davila. Asimismo indica que a finales del siglo XVIII era reconocido solo como una "chacra" es decir una pequena propiedad en las afueras de la MORDAZA de MORDAZA en el MORDAZA hacia la provincia de Ambo. Asi aparece mencionada en el padron general elaborado por el parroco de MORDAZA en 1813 una "chacra", ubicada en el sector que iba desde el "Puente de Tabla hasta la Despensa" (esta MORDAZA una de las mas importantes haciendas de las inmediaciones de Huanuco). En Shismay, se censo en ese ano a don MORDAZA Pena de 30 anos, casado con MORDAZA Gondora de 25 anos, no se tiene informacion si fue en calidad de propietario, arrendatario o encargado de la administracion del predio; otros habitantes eran un mestizo y algunos trabajadores indigenas; a su vez senala que por entonces no existia una capilla en el fundo, o por lo menos no se encontraba autorizada por la Iglesia, pues no se le menciona en el padron, lo que si ocurre con propiedades como la Hacienda Paucarbamba, MORDAZA MORDAZA de Colpa Baja o el Ingenio de Conchomayo y aun la chacra de Rondos (padron general

de la doctrina de MORDAZA que compone todos sus reinos. Archivo Arzobispal de Lima). Senala que no hay evidencia de que MORDAZA sido propiedad del mandatario peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ya que no se ha encontrado pruebas concretas al respecto. Se cuenta con informacion proporcionada por la Dra. MORDAZA MORDAZA, en relacion a las intervenciones sufridas por la MORDAZA Hacienda en el siglo XX, entre otros planos correspondiente a la MORDAZA intervencion realizada en la propiedad en el ano 2005, con el fin de refaccionarla y ponerla en valor y uso a favor de los miembros de la Comunidad Campesina de Shismay; Que, mediante Informe Nº 100-2008-SDR-DPHCR/ INC de fecha 30 de MORDAZA de 2008, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial Republicano teniendo en cuenta el Informe Nº 017-2008LGCH-SDR-DPHCR/INC concluye que la MORDAZA Hacienda de Shismay fue una de las MORDAZA haciendas ganaderas y de pan llevar del departamento de MORDAZA, senala que a pesar que no se precisa la data de la edificacion la misma posee valores arquitectonicos y paisajisticos que son merito para su declaracion. En relacion a la propuesta del area intangible de la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA, es importante que todo monumento posea un area de proteccion o de apoyo monumental, para evitar que la construccion de otras edificaciones agredan al monumento, area que se denominara "Ambiente Monumental", de acuerdo a los conceptos de la MORDAZA A.140 del Reglamento Nacional de Edificaciones. Finalmente recomienda que la MORDAZA Hacienda de Shismay, posee los meritos suficientes para su declaracion como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion, para su preservacion y conservacion; Que, con fecha 30 de MORDAZA de 2008 la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emite el Acuerdo Nº 02, cuyo tenor es como sigue: CONSIDERANDO: 1. Que, la MORDAZA Hacienda Shismay, localizada en la micro-cuenca de Mancapozo, constituye un referente identitario del lugar, sus estructuras fisicas datan de mediados del siglo XVIII y XIX, ejemplo de la arquitectura representativa de la region, fue una de las MORDAZA haciendas ganaderas y de pan llevar del departamento de Huanuco. 2. Que, de acuerdo a la investigacion historica la MORDAZA Hacienda "fue construida por los inmigrantes alemanes que llegaron a Pozuzo y que se instalaron en Shismay", siendo edificada por doce contrafuertes de MORDAZA de ocho metros de altura que contribuyen a la grandeza del edificio, su ubicacion ofrece dominio territorial del MORDAZA de Shismay y del rio Huallaga integrandose la MORDAZA Hacienda al paisaje natural de la MORDAZA quechua y MORDAZA de exuberante vegetacion y belleza agreste. 3. Que, la principal caracteristica arquitectonica de la MORDAZA Hacienda Shismay es la arqueria, dando lugar a un amplio comedor que conduce hacia el lado derecho a traves de una escalinata a la capilla consagrada al culto de la Virgen de las MORDAZA y al de San MORDAZA, patrones de la Hacienda, que aloja un altar colonial. 4. Que, se conserva parte de la antigua edificacion de dos plantas a la que se accede por una escalinata de forma semicircular que conduce a la galeria, frente a esta se encuentra la sala principal con chimenea y dos amplias habitaciones, al final del hall se ubica la capilla, ambientes complementarios y un horno artesanal, destaca un patio con huerto-jardin; en la MORDAZA planta se ubican amplios graneros. Construida con materiales de la MORDAZA, cimentacion de MORDAZA, muros de barro y MORDAZA, columnas circulares y arqueria de adobe, los techos son de MORDAZA rolliza maguey, cana tejida y cubierta de tejas ceramicas artesanales, carpinteria de exteriores de MORDAZA forjado, interiores de MORDAZA, pisos de MORDAZA laja y de MORDAZA machihembrada. A lo largo del tiempo se han realizado refacciones generales, reconstrucciones y una edificacion nueva que se integra al volumen antiguo de la MORDAZA Hacienda a traves del patio central, siendo el uso actual de posada turistica denominada las "Lagunas de Shismay". Su estado de conservacion es MORDAZA, habiendo sido restaurada en el ano 2005. 5. Que, la MORDAZA Hacienda Shismay posee valores de identidad, historicos arquitectonicos, tecnologicos y paisajisticos suficientes que ameritan su declaracion como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion, para su preservacion y conservacion.

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