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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2008 (23/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de julio de 2008 376666 se encargarán de efectuar la difusión correspondiente, haciendo uso de todos los medios posibles para hacer efectiva la participación de los agentes participantes Universidades, Entidades Públicas, Organizaciones Empresariales, Asociaciones Juveniles, Organizaciones sociales de Base, Asociaciones de Personas con Discapacidad, mujeres, niños y otros. Artículo 9º.- IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE AGENTES PARTICIPATIVOS a) La municipalidad a través de la Gerencia de Desarrollo Humano - Sub Gerencia de Participación Vecinal, efectuará la identifi cación de los Agentes participantes existentes en el distrito por zonas, y procederá al registro en el Libro Registro de Agentes Participantes del Presupuesto Participativo existentes en cada zona del distrito. b) Los Agentes participantes para su inscripción, deberán presentar una fotocopia fedateada del Acta de Asamblea de su organización, que acredita a su delegado participante, así como la priorización de la(s) necesidad(es) o problema(s) que serán discutidos, aprobados e incluidos en el Presupuesto Participativo 2008. c) Son responsabilidades de los Agentes Participantes las siguientes: - Asistir a los cursos de capacitación promovidos y organizados por la Municipalidad referidos al proceso participativo, - Asistir puntualmente y participar en los talleres de trabajo. - Contribuir con opiniones y aportes. - Votar para la priorización de los proyectos de inversión. - Suscribir el Acta de Acuerdos y Compromisos, en el cual se recopilan las propuestas deliberadas y aprobadas en los talleres. Artículo 10º.- CAPACITACIÓN A LOS AGENTES PARTICIPANTES Implementación de capacitación y programas de desarrollo de capacidades para que los agentes participantes tengan los conocimientos esenciales del Presupuesto participativo, priorización de proyectos de inversión y preparar información para la elaboración de perfi les según el SNIP. Artículo 11º.- TALLERES DE TRABAJOS Se desarrollará 2 Talleres de Trabajo, una de defi nición de problemas y propuestas de proyectos y el otro de priorización de proyectos. I Taller Análisis de los problemas, necesidades, potencialidades y capacidades de las zonas y compararlos con los diagnósticos formulado en el PDC de Pachacámac, que nos permita formular la mejor propuesta de desarrollo de acuerdo a cada realidad. Asimismo el taller debe contribuir con el interés de los participantes en la solución de sus problemas y el aprovechamiento de determinadas potencialidades mediante aportes concretos y recursos fi nancieros, físicos o humanos (los mismos que deben fi gurar en el acta que se suscribe al término del taller). II Taller Presentación del listado de necesidades y problemas consensuados de la zona. Discusión de los criterios para la priorización de las acciones a ejecutar. Aplicación de la Matriz. Firma del Acta de Acuerdo y Compromisos de la Zona. Artículo 12º.- EVALUACIÓN TÉCNICA a) Es realizada por el Equipo Técnico y es la evaluación técnica de los problemas priorizados participativamente, alternativas y propuestas de proyectos de inversión como solución a los problemas presentados, en el marco del SNIP. b) El equipo técnico elabora el acta de Acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo.Artículo 13º.- FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS a) La Formalización de Acuerdos y compromisos se llevará acabo a través de una Asamblea Distrital como parte fi nal de este proceso participativo, la misma que será convocada oportunamente y contará con la presencia de todos los agentes participantes de este proceso. b) La Asamblea Distrital será válida con la asistencia del 50% más uno de los Agentes participantes presentes a la hora y fecha indicada en la convocatoria, en caso de no contar con el quórum reglamentario se procederá luego de 30 minutos, a instalar la Asamblea con los Agentes Participantes asistentes. c) No podrán acreditarse como Agentes participantes los trabajadores de la Municipalidad estables o contratados bajo cualquier modalidad. d) La Mesa Directiva de la Asamblea Distrital será presidida por el Alcalde (en su ausencia será presidida por el Teniente Alcalde), e integrada por los Regidores, los Representantes de la Sociedad Civil ante el CCL, el Presidente y Secretario del Equipo Técnico. e) Antes del debate el Alcalde procederá a la Juramentación del Comité de Vigilancia al Presupuesto Participativo para el año fi scal 2009, a quienes se les atorgará la Resolución de Alcaldía que los acredita como tales. f) El Presidente del Equipo Técnico procederá a presentar el Informe de la Viabilidad de los proyectos identifi cados y que requieren del estudio de preinversión de conformidad con las normas del SNIP y en estricta concordancia con los recursos destinados al Presupuesto Participativo 2009, como resultantes de la evaluación técnica de los Talleres que precedieron a la Asamblea. g) Acto seguido se procederá a la aprobación de los proyectos priorizados por zona, por mayoría simple de los Agentes participantes. h) El Equipo Técnico procederá a la Redacción del Documento Final ACTA DE ACUERDOS Y COMPROMISOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2009, el mismo que será suscrito por los asistentes. i) Los Acuerdos y compromisos del Proceso participativo convertidos en Actividades y Proyectos son aprobados por el Consejo de Coordinación Local Distrital, y son incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura para la aprobación por el Concejo Municipal. j) Copia del documento fi nal “DOCUMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2009” elaborado por el Comité Técnico, será remitido a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. TÍTULO III DISPOSICIONES FINALES 1. Todo aquello que no esté previsto en la Asamblea Distrital de formalización de Acuerdos, será resuelto por la Mesa Directiva. 2. Los gastos que ocasionen la realización del proceso participativo 2009, será asumidos con recursos propios de la Municipalidad y con los aportes que se obtengan de Instituciones Públicas y Privadas, los mismos que serán administrados y proporcionados oportunamente por la Ofi cina de Administración, a fi n de garantizar el normal desarrollo del proceso. 3. La difusión del proceso, la identifi cación y registro de los Agentes Participantes, la disponibilidad de los locales para el desarrollo de los talleres, así como la reproducción de los materiales será responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Humano – Subgerencia de Participación Vecinal. 4. Por Decreto de Alcaldía se reglamentará el proceso especial de presupuesto participativo para niños, jóvenes y adolescentes. 229778-1Descargado desde www.elperuano.com.pe