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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de julio de 2008 376654 Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 13.BF SECURITY S.A.C. Mediante Resolución N° 1659-2008-TC-S3 de 12.06.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 1474-2008-TC-S3 de 28.05.2008, que le sanciona con once (11) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 14.ROSA VIRGINIA HIDALGO TORRES. Mediante Resolución N° 1660-2008-TC-S3 de 12.06.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 1473-2008-TC-S3 de 28.05.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 15.INCISO PAJARES HERMANOS S.R.L. Mediante Resolución N° 1661-2008-TC-S3 de 12.06.2008, se declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 1361-2008-TC-S3 de 19.05.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 16. EDITORA DISKCOPY S.A.C. Mediante Resolución N° 1673-2008-TC-S3 de 13.06.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 1426-2008-TC-S3 de 22.05.2008, que le sanciona con seis (06) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 17.FESA TRADING S.R.L. Mediante Resolución N° 1673-2008-TC-S3 de 13.06.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 1426-2008-TC-S3 de 22.05.2008, que le sanciona con seis (06) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 18.EDITORIAL E IMPRENTA DISKCOPY E.I.R.L. Mediante Resolución N° 1673-2008-TC-S3 de 13.06.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 1426-2008-TC-S3 de 22.05.2008, que le sanciona con ocho (08) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 19. MOLINERA LOS ÁNGELES S.A. Mediante Resolución N° 1675-2008-TC-S3 de 13.06.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 1477-2008-TC-S3 de 29.05.2008, que le sanciona con dieciocho (18) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.20.CONSORCIO EMPRESARIAL DEL ORIENTE S.A.C . Inhabilitación por ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1676-2008-TC-S3 de 13.06.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 21. CAMINO REPRESENTACIONES GENERALES E.I.R.L. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1684-2008-TC-S3 de 13.06.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 22. FERNANDO ANACLETO BOZA CCORA. Mediante Resolución N° 1731-2008-TC-S3 de 20.06.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución N° 1497-2008-TC-S3 de 30.05.2008, que le sanciona con seis (06) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 23.MINAR VENTAS Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1737-2008-TC-S3 de 20.06.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 24.CREATIVIDAD TEXTIL INDUSTRIAL IMPORT & EXPORT S.A.C. Mediante Resolución N° 1742- 2008-TC-S3 de 23.06.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 1510-2008-TC-S3 de 30.05.2008, que le sanciona con ocho (08) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 25. ANDRÉS CRISTÓBAL CUÉLLAR (SOFT SERVICE PLUS). Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1747-2008-TC-S3 de 24.06.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 26. AGENCIA DE POLICÍA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD PRIVADA ÚNICA S.A.C. Mediante Resolución N° 1750-2008-TC-S3 de 24.06.2008, se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración presentado contra la Resolución N° 1455-2008-TC-S3 de 28.05.2008 por la indicada empresa, reformando el período de sanción de dieciocho (18) a catorce (14) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Descargado desde www.elperuano.com.pe