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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de julio de 2008 376748 Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; y demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por Concluida, a partir de la expedición de la presente Resolución, la encargatura de la licenciada Margarita Isabel Martínez Ordinola, en la Dirección General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Públicas de la Biblioteca Nacional del Perú, Nivel Remunerativo F-4, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar, a partir del día siguiente a la expedición de la presente Resolución a la Licenciada Carmen Elena Mendoza Leiva en el cargo de Directora General de la Dirección General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Públicas de la Biblioteca Nacional del Perú, Nivel Remunerativo F-4, cargo considerado de confi anza. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web institucional (http://www.bnp.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase.HUGO NEIRA SAMANEZ Director Nacional 229488-1 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Autorizan funcionamiento de Compass Group Sociedad Agente de Bolsa S.A. como sociedad agente de bolsa y disponen su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN CONASEV N° 041-2008-EF/94.01.1 Lima, 17 de julio de 2008VISTOS: El expediente N° 2008013558, así como el Informe N° 522-2008-EF/94.06.1 de fecha 9 de julio de 2008, presentado por la Dirección de Mercados Secundarios, con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 049-2007- EF/94.06.1 de fecha 15 de noviembre de 2007, se otorgó a Compass Perú S.A. representada por el señor Alfredo Arturo Sillau Valdez y a Asesorías y Servicios San Carlos S.A.C. representada por el señor Carlos Roberto Mayser Gildemeister, autorización para la organización de la sociedad agente de bolsa denominada Compass Group Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de organizadores; Que, mediante escrito de fecha 30 de abril de 2008, complementado con fechas 20, 23 y 24 de junio y 2 de julio de 2008, los organizadores solicitaron a CONASEV se otorgue la autorización de funcionamiento a Compass Group Sociedad Agente de Bolsa S.A. y su respectiva inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, luego de la evaluación de la documentación presentada por los referidos organizadores, se ha determinado que Compass Group Sociedad Agente de Bolsa S.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 045-2006-EF/94.10, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF, para obtener la autorización de funcionamiento como sociedad agente de bolsa; Que, Compass Group Sociedad Agente de Bolsa S.A. deberá constituir una garantía a favor de CONASEV antes del inicio de sus operaciones, de conformidad con lo establecido por el artículo 136º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 093-2002-EF, así como de acuerdo con lo establecido por el artículo 186º del mismo cuerpo legal; y, Estando a lo dispuesto por el inciso d) del artículo 11º del Texto Único Concordante de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126; así como a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión del 14 de julio de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Compass Group Sociedad Agente de Bolsa S.A., como sociedad agente de bolsa, la misma que podrá utilizar también la denominación abreviada, Compass Group SAB. S.A. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Compass Group Sociedad Agente de Bolsa S.A., en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Compass Group Sociedad Agente de Bolsa S.A., deberá constituir una garantía a favor de CONASEV antes del inicio de sus operaciones. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 5º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal de CONASEV. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Compass Group Sociedad Agente de Bolsa S.A., así como a Compass Perú S.A. y a Asesorías y Servicios San Carlos S.A.C. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL HIRSH CARRILLO Presidente 228493-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Incorporan procedimiento de verificación del Registro de Emergencias por los Comités de Defensa Civil en el SINPAD en los Manuales de Procedimientos de las unidades orgánicas de la Sede Central del INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 281-2008-INDECI 18 de julio del 2008Vistos: el Memorándum Nº 033-2008-INDECI/11.0 de fecha 21.ENE.2008 del Director de la Dirección Nacional de Operaciones, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Ley Nº 19338 sus normas modifi catorias y ampliatorias, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es el organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, encargado de la organización de la población, coordinación, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil; Que, mediante el Memorándum de Vistos, la Dirección Nacional de Operaciones, en el marco de las Descargado desde www.elperuano.com.pe