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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de julio de 2008 376746 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 1437/MP-FSD-DJ.TACNA/2008, de fecha 27 de junio del 2008, cursado por el doctor Manuel Jesús Flores Cano, Fiscal Superior Titular Decano del distrito Judicial de Tacna, mediante el cual eleva la solicitud de renuncia de la doctora Cecilia Zoila Flores Revollar, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tacna, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa del Alto de la Alianza. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora Cecilia Zoila Flores Revollar, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tacna, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº391-2008-MP-FN, de fecha 26 de marzo del 2008, y su designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa del Alto de la Alianza, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 393-2008-MP-FN, de fecha 26 de marzo del 2008. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular Decano del Distrito Judicial de Tacna, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 230638-5 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 999-2008-MP-FN Lima, 23 de julio de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: El escrito de fecha 15 de julio del 2008, cursado por el doctor Hesbert Benavente Chorres, Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Lima, designado en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, en la que comunica su renuncia al cargo. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor Hesbert Benavente Chorres, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Lima, designado en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 603-2008-MP-FN, de fecha 14 de mayo del 2008. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Fiscal Superior Titular Decana del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 230638-6UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de selección la adquisición de carnés universitarios 2008 para los estudiantes de la Universidad Nacional del Callao RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 778-08-R Callao, 18 de julio de 2008EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Ofi cio Nº 684-2008-OASA (Expediente Nº 127963) recibido el 07 de julio de 2008, por cuyo intermedio el Jefe de la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares solicita la aprobación de la Exoneración del Proceso de Selección de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 07-2008-UNAC “Adquisición de Carnés Universitarios 2008 para los Estudiantes de la UNAC”. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 044-2008-R de fecha 25 de enero de 2008 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2008, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; habiéndose considerado en el mismo la Adjudicación Directa Selectiva para la “Adquisición de Carnés Universitarios 2008 para los Estudiantes de la UNAC”, por un valor referencial total de hasta S/. 131,250.00 (Ciento treinta y un mil doscientos cincuenta nuevos soles); Que, el Art. 13º, numeral 13.1, Inc. b) de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Ley N° 29142, señala los montos para la determinación del proceso de selección para la Adquisición de Bienes y de Suministros, indicando Adjudicación Directa si el monto referencial es inferior a ciento treinta y cuatro (134) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); es decir, S/. 469,000.00 (cuatrocientos sesenta y nueve mil nuevos soles); asimismo, el Art. 77º Inc. 3) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 084-2004-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, señala que la Adjudicación Directa Selectiva se convoca cuando el monto de la contratación es menor al cincuenta por ciento (50%) del límite máximo establecido para la Adjudicación Directa por las normas presupuestarias, como es el presente caso; Que, el Inc. e), Art. 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que están exonerados de los procesos de selección, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; asimismo, el Art. 144° del citado Reglamento, precisa que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la entidad podrá contratar directamente; como es el presente caso; Que, el Art. 20° del Texto Único Ordenado y los Arts. 146° y 147° del Reglamento de la Ley citada, indican que en el caso de exoneración de proceso de selección, se aprobará mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamente de un informe técnico-legal previo y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, debiendo remitirse copia de la Resolución y el informe que las sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular Descargado desde www.elperuano.com.pe