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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2008 (24/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de julio de 2008 376753 asuntos de su competencia...”. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales. Define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada de los mismos conforme a la Constitución y, a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, el Consejo Regional de Cusco, en el marco de sus atribuciones ha emitido el Acuerdo Regional Nº 177-2008-CR/GRC.CUSCO, que aprueba la exoneración del Proceso de Selección por situación de desabastecimiento Inminente, para la adquisición de Fierro de Construcción, con cargo a Fuente de Financiamiento de Recursos Determinados (Canon y Sobrecanon) y Recursos Ordinarios, en la misma que se ha consignado el valor referencial de S/. 825,801.32. Que, no siendo el signo monetario de Nuevos Soles el correspondiente al Ítem respectivo dentro del Acuerdo Regional precedentemente aludido; sino el de Dólares Americanos; conforme consta del Informe Nº 313-2008-GR CUSCO/ORAJ contenido en el Ofi cio Nº 1462-2008-GR-CUSCO/PR, 1438-2008-GR-CUSCO/PR y 1485-2008-GR-CUSCO/PR, remitidas por el Ejecutivo Regional solicitando a este órgano de gobierno, la modifi cación de dicha norma regional, a efectos de implementar la adquisición del Fierro de Construcción en observancia a la exoneración aprobada. Que, el Consejo Regional, como órgano normativo del Gobierno Regional de Cusco, goza de las atribuciones establecidas en el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regional Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, la misma que textualmente dispone en el inciso a) que Son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Que, el Pleno del Consejo en ejercicio de las atribuciones señaladas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo, ha aprobado emitir el presente; por tanto: ACUERDA: Artículo Primero.- MODIFÍCASE el artículo primero del Acuerdo de Consejo Regional Nº 177-2008-CR/GRC.CUSCO; con el siguiente texto: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del Proceso de Selección por Situación de Desabastecimiento Inminente, para la Adquisición de: • Tipo y Descripción de bienes: Adquisición de Fierro de Construcción. • Valor referencial : US$ 825,801.32 (Ochocientos veinticinco mil ochocientos uno con 32/100 DÓLARES AMERICANOS). • Fuente de Financiamiento : Recursos Determinados (Canon y Sobre canon) y Recursos Ordinarios. • Cantidad o tiempo que se requiere adquirir o contratar: 521.98 toneladas métricas, de diferentes medidas.: Hasta que se produzca estabilización de precios. • Dependencia u órgano encargado:Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo Regional. Dado en Cusco, a los veintiún días del mes de julio del dos mil ocho. MILTON BARRIONUEVO OROSCO Consejero Delegado 230241-2GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Declaran en situación de emergencia el estado de tramo de carretera Huipoca - Santa Rosa de la provincia de Padre Abad por temporada de lluvias ACUERDO Nº 095-2008-GRU/CR Pucallpa, 4 de julio del 2008POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 04 de Julio del 2008, con el voto unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: ACUERDA:Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA el estado de la Carretera comprendido por el tramo Huipoca – Santa Rosa de la Provincia de Padre Abad a consecuencia de las temporada de lluvias, tramo que consta de 36 Km. en aplicación de los artículos 20º, 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM y su reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM”. Segundo.- ENCARGUESE a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en un diario de circulación regional, así como en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.WILDER JOSÉ ALGUAYO ARGANDOÑA Consejero DelegadoConsejo Regional 229545-1 Aceptan donación de productos farmacéuticos, instrumental y material médico a favor del Hospital Regional de Pucallpa ACUERDO Nº 099-2008-GRU/CR Pucallpa, 4 de julio del 2008POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 04 de Julio del 2008, con el voto unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: ACUERDA: Primero.- APROBAR en vía de regularización la aceptación de la donación consistente en productos farmacéuticos, instrumental y material médico valorizados en la suma de US$ 43,225.00 y la suma de US$ 5,660.00 respectivamente, realizada por la Misión Humanitaria International Surgical Misión Support a favor del Hospital Regional de Pucallpa, para las atenciones médicas gratuitas a pacientes de escasos recursos económicos, dejándose constancia que dicha donación no generará gasto alguno al Gobierno regional de Ucayali.Descargado desde www.elperuano.com.pe