Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (18/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de junio de 2008 374207 y sus modifi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modifi catorias, la Resolución N° 053-98-EF/SAFP y sus modifi catorias y la Resolución SBS N° 949-2000; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a AFP Horizonte, el cambio de dirección de su agencia ubicada en el Jirón Francisco Pizarro N° 620, ciudad de Trujillo, departamento de La Libertad, hacia el Jirón Gamarra N° 457, de la misma ciudad y departamento. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certifi cado Defi nitivo N° HO043, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución SBS N° 1103-2008. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certifi cado Defi nitivo N° HO044, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- AFP Horizonte, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15° del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución N° 053-98-EF/SAFP. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíqueseLORENA MASIAS QUIROGA Superintendente Adjunta de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones 214559-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín S.A. la conversión de oficina especial ubicada en Trujillo, en agencia RESOLUCIÓN SBS Nº 1996-2008 Lima, 6 de junio de 2008VISTA:La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín S.A. para la conversión de la Ofi cina Especial ubicada en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, Agencia; CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la conversión de la ofi cina especial a agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “A”, mediante Informe N° 124 -2008-DEM “A”; y De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín S.A. la conversión de su Ofi cina Especial ubicada en Jirón Mariscal de Orbegoso N° 338, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, en Agencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 213663-1ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscripción de “Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima - Sexta Emisión” y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTÓNOMOS N° 039-2008-EF/94.06.2 Lima, 11 de junio de 2008VISTOS:Los Expedientes Nº 2008017081 y Nº 2005005284 presentados por Scotia Sociedad Titulizadora S.A. y el Memorándum N° 1630-2008-EF/94.06.2 del 11 de junio de 2008 de la Dirección de Patrimonios Autónomos; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 301º y 314º de la Ley del Mercado de Valores, en los fi deicomisos de titulización, la sociedad titulizadora que actúa como fi duciario es la que realiza la emisión de los valores respaldados por el patrimonio fi deicometido; Que, mediante Resolución Gerencia General N° 095-2005-EF/94.11 del 13 de setiembre de 2005, se dispuso aprobar el trámite anticipado e inscribir el programa de emisión de valores denominado “Programa de Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima” hasta por un monto en circulación de S/. 250 000 000,00 (doscientos cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles), así como el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante Resolución Directoral de Patrimonios Autónomos N° 30-2007-EF/94.06.2 del 2 de octubre del 2007, se aprobó la renovación del trámite anticipado del “Programa de Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima” y se dispuso el registro del segundo prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante escrito del 05 de junio de 2008, Scotia Sociedad Titulizadora S.A. solicitó la inscripción de los bonos de titulización denominados “Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima – Sexta Emisión” hasta por un monto máximo de emisión de S/. 40 000 000,00 (cuarenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que Scotia Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley de Mercado de Valores, el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos en lo que corresponde y con lo establecido en el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 333º de la Ley del Mercado de Valores y por los artículos 43º y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como el literal d) del artículo 32º del Decreto Supremo N° 038-2007-EF; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer la inscripción de los bonos de titulización denominados “Bonos de Titulización de Descargado desde www.elperuano.com.pe