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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (18/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de junio de 2008 374212 VISTOS: a) Ofi cio DOA- 225-2008 b) Memorando Nº OAJ-DOA-290-2008 (09.06.08)c) Memorandum N° DOA-598-2008 (05.06.08)d) Informe N° ULeI-925-2008 (30.04.08) e) Memorandum N° 387/2008-Flota (27.05.08)f) Memorandum N° OPP-216-2008 (07.05.08) CONSIDERANDO :Que, el Instituto del Mar del Perú-IMARPE, estudia el ambiente y la biodiversidad marina, realiza investigaciones científi cas de los recursos del mar y las aguas continentales, investigaciones oceanográfi cas, limnológicas y de la calidad del ambiente acuático, promueve el desarrollo de la investigación científi ca y tecnológica entre otras actividades, utilizando para ello el Buque Científi co de Investigación de su propiedad “José Olaya Balandra”. Que la Ofi cina de Administración mediante Memorandum N° DOA-598-2008 solicita opinión legal sobre la procedencia de efectuar la contratación por exoneración del proceso de selección del servicio de inspección de Clasifi cación para la renovación de Clase del BIC “José Olaya Balandra” , fundamentado en las razones técnicas que expone el área usuaria, la Unidad de Flota en el Memorandum N° 387/2008-Flota, de conformidad a lo señalado por la Unidad de Logística e Infraestructura en el Informe N° ULeI-925-2008. Que el Informe Técnico emitido por la Unidad de Flota en el Memorandum N° 387/2008-Flota, se indica que nuestro B.I.C. “JOSE OLAYA BALANDRA”, fue construido en el año 1998 en los Astilleros de Mitsubishi Heavy Industries Ltda. de Shimonoseki, Japón, en el marco de la Cooperación Internacional del gobierno japonés. Es un buque con Clase +100 A1 y +LMC otorgada por la Compañía Clasifi cadora Lloyd´s Register of Shipping, clasifi cación que está vigente a la fecha. La Clase del buque se generó desde el momento de la construcción de la embarcación, durante la cual fue supervisada, desde el diseño, elaboración y aprobación de planos, todo el proceso de construcción y pruebas fi nales; todo ello mediante la aplicación de las reglas de clasifi cación de la Lloyd´s Register of Shipping. El resultado fi nal de todo el proceso de clasifi cación, se da con la expedición de un Certifi cado que acredita que nuestra embarcación, ha cumplido con todas las fases exigidas por las reglas de Clasifi cación. La Clase de nuestra embarcación para ser mantenida durante el período de operación, tiene que ser acreditada en forma anual con las respectivas inspecciones y en un período quinquenal esta es sometida a una inspección especial para su renovación para otro período de 05 años más. Asimismo, indica el correspondiente Informe Técnico que el BIC “JOSE OLAYA BALANDRA” ostenta las siguientes características: MATRICULA Nº CO-17706-EM. PUERTO ORIGEN CALLAO MATERIAL DE CASCO ACERO NAVALAÑO DE CONSTRUCION 1998ESLORA TOTAL METROS 40,6MANGA METROS 8,3PUNTAL METROS 3,7CAPAC. BODEGA TONELADAS 25CAPAC. COMBUSTIBLE GALONES 36.000 CAPAC. AGUA DULCE TONELADAS 60 VELOCIDAD CRUCERO NUDOS 10,5 MOTOR PRINCIPAL MARCA CATERPILLAR MODELO 3512 TA SERIE 66Z00741 POTENCIA 1.050 H.P. DESPLAZAMIENTO (TRB) TONELADAS 365 ACOMODACION TRIPULACION 32 Asimismo, indica el precitado Informe Técnico, que de acuerdo al seguimiento y control de la condición de Clase de nuestro BIC “JOSE OLAYA BALANDRA”, le corresponde realizar en el presente año las siguientes inspecciones: Inspección Especial II, Inspección de Máquinas, Inspección de Ejes e Inspección de Dique.Que la Unidad de Flota realiza el seguimiento y realiza las coordinaciones con las Compañías Clasifi cadoras para que estas inspecciones sean llevadas a cabo dentro de los plazos indicados, los que permiten mantener la vigencia de la Clase vigente en todo momento. Que estas Compañías Clasifi cadoras tienen reconocimiento internacional y a su vez están inscritas en la Asociación Internacional de Sociedades Clasifi cadoras (IACS), las cuales las regulan. En base a ello, y a los propios términos y reglamentaciones dispuestas por estas Sociedades Clasifi cadoras, se programan Inspecciones de Clase a las embarcaciones que deben realizarse de manera periódica y que nos son informadas mediante las respectivas Hojas Informativas de Inspecciones. Que de las referidas inspecciones y recomendaciones que resultan de ellas, y que deben ser cumplidas, se obtiene la vigencia o no de la Clase. Que asimismo, nuestras embarcaciones se encuentran aseguradas y están consignadas como Clasifi cadas en las respectivas Pólizas de Seguros, y de acuerdo a las “Cláusulas del Instituto para buque Pesquero” para Seguros de Cascos, en la parte 4, acápite 4.1 y que se estipula que el seguro terminará automáticamente si hace cambio de la Sociedad Clasifi cadora del Buque, con la suspensión, la descontinuación, el retiro o a la expiración de su Clase; es por ello la importancia de mantener vigente la Clasifi cación en los términos señalados. Que en el Plan Anual de Adquisiciones de Bienes y Contratación de Servicios correspondiente al año 2008, se tienen programados los servicios de inspecciones para que sean tomados en cuenta en el presente periodo, y de acuerdo lo expresado deben ser inspeccionadas con las Compañías Clasifi cadoras en las cuales ya tenemos inscritas nuestras embarcaciones, y en caso del BIC “JOSE OLAYA BALANDRA” debe ser realizada por la Cía. Clasifi cadora Lloyd´s Register of Shipping. Que la Unidad de Flota, señala en su Informe Técnico que técnicamente, se encuentra justifi cado realizar la contratación para la Inspección de Clasifi cación al BIC “JOSE OLAYA BALANDRA” para la ratifi cación de la Clase, y que a su criterio, dicha contratación debe ser efectuada a la Compañía Clasifi cadora LLOYD´s REGISTER OF SHIPPING, por ser la compañía que actualmente tiene en sus registros, la Clase del buque; en tal sentido señalan que no resultaría necesario convocar a un proceso de selección, so peligro de perder la cobertura del seguro en caso de producirse un siniestro a nuestro Buque de Investigación Científi ca. Que lo manifestado por la Unidad de Flota, es señalado a su vez, ratifi cado por la Unidad de Logística e Infraestructura (ref. d), la cual indica además, que el valor referencial obtenido a través del estudio de mercado realizado ha sido coordinado con la Unidad solicitante del servicio, el mismo que asciende a la suma de S/. 39,013.03 (Trentainueve Mil Trece y 03/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de Ley y que tiene una antigüedad no mayor de seis (06) meses a la fecha y de acuerdo a ello anexan la cotización de la Compañía Clasifi cadora Lloyd´s Register of Shipping de fecha 15.02.08 Que asimismo, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Evaluación de Gestión, señala en el Memorandum N° OPP-216-2008 que en relación al crédito presupuestal que solicita la Ofi cina de Administración por el monto antes indicado, para la contratación que refi eren, que existe disponibilidad en la Fuente de Financiamiento 00 – Recursos Ordinarios y que dicho requerimiento se encuentra aprobado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del IMARPE para el Ejercicio Presupuestal del Año 2008. Que de acuerdo a lo señalado por el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Artículo 19° inciso f), se encuentran exonerados de los procesos de selección los servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento. Que a su vez el Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala en su Artículo 145°, que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científi cos o tecnológicos; procede la exoneración por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer Descargado desde www.elperuano.com.pe