Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2008 (18/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de junio de 2008

Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­COFOPRI, por un periodo de tres (3) anos. Articulo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolucion a los Organos Estructurados de COFOPRI. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo COFOPRI 214414-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de publicacion de avisos en diarios y el servicio de difusion de spots radiales
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 054-2008-OS/PRES MORDAZA, 12 de Junio de 2008 VISTOS: Los Informes Tecnicos N° OC-1323421-2008, N° OC1323424-2008 y Nº OC-1323408-2008, informes de fecha 08 de MORDAZA de 2008, asi como el Memorando N° OC-3642008 de la misma fecha, de la Oficina de Comunicaciones de OSINERGMIN, el Memorando Nº OAF-376-2008 del 27 de MORDAZA, de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERGMIN y el Informe Legal N° GL-010-2008 de fecha 29 de MORDAZA de 2008, de la Gerencia Legal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el inciso f) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, en tal sentido, el tercer parrafo del articulo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004PCM, precisa que se encuentran expresamente incluidos en la calificacion de "servicios personalisimos" y por lo tanto exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, dentro del Plan de Trabajo de la Oficina de Comunicaciones de OSINERGMIN correspondiente al ano 2008, se determinaron como objetivos principales, entre otros, el incrementar la politica de difusion del Organismo a nivel nacional; consolidar la relacion comunicacional con la poblacion; lograr, a traves de los medios de comunicacion masivos, nacionales y regionales, la plena difusion de la regulacion tarifaria, fiscalizacion de servicios de electricidad, hidrocarburos y mineria, el uso adecuado de dichos servicios, asi como lograr a traves de una comunicacion MORDAZA, amplia, amigable, eficiente y oportuna, una mayor presencia del organismo regulador, motivando la mas amplia participacion de la poblacion en audiencias publicas, seminarios, debates, etc., con el fin de incentivar a la poblacion para conocer aspectos relacionados con las actividades de OSINERGMIN; Que, para cumplir con los mencionados objetivos se ha previsto un esquema de difusion que comprende diversas

campanas a traves de emisoras radiales y prensa escrita, de alcance nacional y regional; Que, las empresas radioemisoras, descritas en el Informe Tecnico N° OC-1323424-2008 han sido seleccionadas en base a su cobertura, a la informacion de los estudios de sintonia disponibles, a la preferencia popular determinada por la sintonia y por la informacion elaborada por los Especialistas de Comunicacion y Atencion al Usuario de cada sede regional. De igual manera, la seleccion de los diarios y revistas descritos en el Informe Tecnico N° OC-1323421-2008, se ha realizado en virtud de los estudios de lectoria y tiraje existentes, tanto a nivel nacional como regional, asi como considerando la cobertura de cada medio y la preferencia popular en aquellas zonas donde no existan estudios de lectoria; Que, por ultimo, cabe indicar que el servicio cuyo MORDAZA de seleccion es materia de la presente resolucion esta contemplado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (PAAC) 2008 de OSINERGMIN, de conformidad con el articulo 23° del Reglamento de la Ley de Contrataciones, por lo cual cuenta con disponibilidad presupuestal; De conformidad con el inciso f) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, con el tercer parrafo del articulo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Oficina de Comunicaciones, de la Gerencia Legal y de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERGMIN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico, por servicios personalisimos, para la contratacion del Servicio de Publicacion de Avisos en Diarios y el Servicio de Difusion de Spots Radiales, solicitado por la Oficina de Comunicaciones de OSINERGMIN y que se encuentran descritos en los Informes Tecnicos N° OC1323408-2008, N° OC-1323421-2008 y Nº OC-13234242008, informes de fecha 08 de MORDAZA de 2008. Articulo 2°.- El valor total del servicio sera de S/. 2'399,054.95 (dos millones trescientos noventa y nueve mil cincuenta y cuatro con 95/100 nuevos soles) incluido los impuestos de ley, para la contratacion de medios escritos y de S/. 1'963,134.00 (un millon novecientos sesenta y tres mil ciento treinta y cuatro con 00/100 nuevos soles), incluido los impuestos de ley, para la contratacion de medios radiales, los cuales seran distribuidos de la siguiente manera: MEDIOS ESCRITOS: MORDAZA Y NACIONAL: Diario El Comercio (Empresa Editora El Comercio S.A.) S/. 166,430.37; Peru 21 (Empresa Editora El Comercio S.A.) S/. 82,755.26; Gestion (Empresa Editora El Comercio S.A.) S/. 36,465.49; Trome (Empresa Editora El Comercio S.A.) S/. 212,834.61; Revista Mas Ventas (Empresa Editora El Comercio S.A.) S/. 5,534.59; Correo (Empresa Periodistica Nacional S.A.) S/. 170,674.56; Aja (Empresa Periodistica Nacional S.A.) S/. 128,391.45; Ojo (Empresa Periodistica Nacional S.A.) S/. 160,007.40; El Bocon (Empresa Periodistica Nacional S.A.) S/. 66,544.80; El Popular (Grupo La Republica S.A.) S/. 148,980.36; La Republica (Grupo La Republica S.A.) S/. 173,540.50; Libero (Grupo La Republica S.A.) S/. 68,041.44; La Primera (Las MORDAZA Editorial S.A.C.) S/. 22,500.00; Todo Sport (Montecristo Editores S.A.C.) S/. 22,400.00; Expreso (SINDESA S.A.) S/. 38,120.00; Revista Caretas (Editora Novolexis S.A.C.) S/. 13,744.50. ANCASH: Prensa Regional (Empresa Editora MORDAZA E.I.R.L.) S/. 4,000.00; Diario de Chimbote (Servicios Publicitarios Chimbote E.I.R.L.) S/. 17,200.00; AREQUIPA: El Pueblo (Seis E.I.R.L.) S/. 45,815.00; Correo (Empresa Periodistica Nacional S.A.) S/. 57,120.00; AYACUCHO: La MORDAZA (Editora La MORDAZA S.R.L.) S/. 4,000.00; Correo (Empresa Periodistica Nacional S.A.) S/. 11,900.00; CAJAMARCA: Panorama Cajamarquino (Empresa Editora El Regional S.A.C.) S/. 16,000.00; El Clarin (El Clarin Corporacion S.R.L.) S/. 9,600.00; CUSCO: Diario Del MORDAZA (Empresa Editora El Diario del MORDAZA S.R.L.) S/. 9,600.00; El Comercio (El Comercio S.A.C.) S/. 9,600.00; Correo (Empresa Periodistica Nacional S.A.) S/. 7,140.00; LAMBAYEQUE: La Industria (Empresa Editora La Industria de Chiclayo S.A.) S/. 90,164.16;

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