Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2008 (18/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores. Que asimismo indica el precitado Articulo que las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados a su MORDAZA, no seran materia de subcontratacion. Que de acuerdo a lo MORDAZA senalado, el Informe Tecnico emitido por la Unidad de Flota, justifica tecnicamente la necesidad de contratar a la Compania Clasificadora LLOYD´s REGISTER OF SHIPPING, por ser la que tiene actualmente en sus registros, la Clase del Buque de Investigacion Cientifica "JOSE MORDAZA BALANDRA". Que tratandose de servicios personalisimos, nos encontramos frente a la necesidad de contratar el servicio requerido a la Compania Clasificadora LLOYD´s REGISTER OF SHIPPING, careciendo de objeto convocar a un MORDAZA de seleccion, dado que al hacerlo, nos encontrariamos en peligro de perder la cobertura del seguro en caso de producirse un siniestro a nuestro Buque de Investigacion Cientifica, tal y conforme lo senala el Informe Tecnico emitido por la Unidad de Flota, de conformidad al Art. 19 inciso f) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como de acuerdo al Articulo 145 de su Reglamento, referido a Servicios Personalisimos. Que por tal motivo, resulta de MORDAZA importancia exonerar del MORDAZA de seleccion que hubiera correspondido efectuar a la entidad para la contratacion del servicio de Inspeccion de Clasificacion al BIC "JOSE MORDAZA BALANDRA" para la ratificacion de la Clase, el mismo que de conformidad a los fundamentos tecnicos expuestos, debe ser realizado por la Compania Clasificadora LLOYD´s REGISTER OF SHIPPING. Que de acuerdo a lo MORDAZA manifestado, resulta procedente efectuar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento en su Art. 145° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones ­ D.S N° 0842004-PCM; razon por la cual mediante el Memorando Nº OAJ-DOA-290-2008 la Oficina de Asesoria Juridica, ha cumplido con, emitir el informe tecnico-legal correspondiente, para sustentar previamente a la emision de la presente resolucion directoral la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion; lo mismo que es conforme a lo prescrito por el Reglamento en su Art. 146° del Reglamento. Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 147° del Reglamento, corresponde que la entidad efectue la publicacion de la presente resolucion directoral, mediante la cual se aprueba la exoneracion por servicios personalisimos para la contratacion del Servicio de Inspeccion de Clasificacion al BIC "JOSE MORDAZA BALANDRA" para la ratificacion de la Clase que se efectuara a la Compania Clasificadora LLOYD´s REGISTER OF SHIPPING. Con el visto MORDAZA de la Oficina de Administracion, Oficina de Planificacion, Presupuesto y Evaluacion de Gestion y, la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la contratacion del Servicio de Inspeccion de Clasificacion al BIC "JOSE MORDAZA BALANDRA" para la ratificacion de la Clase que se efectuara a la Compania Clasificadora LLOYD´s REGISTER OF SHIPPING; por el valor referencial de S/.39,013.03 (Trentainueve Mil Trece y 03/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas, conforme al Anexo que forma parte de la presente resolucion directoral. Articulo 2°.- Designar como organo encargado de realizar la contratacion exonerada a la Unidad de Logistica e Infraestructura. Articulo 3°.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion Directoral, se regulara por las disposiciones del Texto Unico Ordenado la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D. S. N° 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por D.S.N° 084-2004-PCM y sus modificatorias.. Articulo 4°.- La presente contratacion se financiara a traves de Recursos Ordinarios. Articulo 5°.- La presente Resolucion Directoral sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles de su emision, asi como se remitira MORDAZA a la Contraloria General de la Republica y al Consejo

Superior de Contrataciones y Adquisiciones del EstadoCONSUCODE, en el plazo de ley. Registrese, Comuniquese y Publiquese. MORDAZA CANOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 213728-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Indices Unificados de Precios para las seis areas geograficas correspondientes al mes de MORDAZA de 2008
RESOLUCION JEFATURAL Nº 171-2008-INEI MORDAZA, 16 de junio del 2008 CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices Unificados de Precios para la aplicacion de las Formulas Polinomicas de Reajuste Automatico de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 02-05-2008-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios para las seis (6) Areas Geograficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de MORDAZA del 2008 y que cuenta con la aprobacion de la Comision Tecnica para la Aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion (IUPC), por lo que resulta necesario expedir la Resolucion Jefatural correspondiente, asi como disponer su publicacion en el Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, que contiene la informacion oficial de los Indices Unificados de Precios de la Construccion, y; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis (6) Areas Geograficas correspondientes al mes de MORDAZA del 2008, que en Anexo debidamente visado forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las Areas Geograficas a que se refiere el Art.1º, comprende a los siguientes departamentos: Area 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San MORDAZA Area 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica Area 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali Area 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna Area 5: MORDAZA Area 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios. Articulo 3º.- Los Indices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construccion, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fabrica incluyendo los impuestos de Ley y sin considerar fletes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

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