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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de junio de 2008 374226 conformidad con el Plano Nº 009-2008-MML-GDU-SPHU; Que, mediante Informe Nº 210-2008-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 30 de abril de 2008 (fs. 456 y 457), el Área Legal de ésta Subgerencia manifi esta, que teniendo en cuenta el Informe N° 124-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 24 de abril de 2008 y el Dictamen Favorable de la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas; corresponde a esta Subgerencia, en arreglo a sus facultades, emitir Resolución aprobando el Planeamiento Integral y la Modifi cación de la Habilitación Urbana, del terreno de 27,950.00 m2, califi cado con zonifi cación de Zona de Reglamentación Especial – ZRE, ubicado en Barrios Altos, sobre la margen izquierda del Río Rímac, entre la línea férrea y la prolongación del Jr. Amazonas y Jr. Sebastián Lorente, jurisdicción del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, enmarcado dentro de la normatividad del Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial – MI VIVIENDA, de conformidad con el Plano Nº 007-2008-MML-GDU-SPHU; recepcionando las obras de la I Etapa, de conformidad con el Plano Nº 008-2008-MML-GDU-SPHU; disponiendo la inscripción individualizada de los lotes que conforman el Conjunto Residencial de Vivienda Unifamiliares, de conformidad con el Plano Nº 009-2008-MML-GDU-SPHU; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, el Área Legal y la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con la Ley N° 27972, Ley N° 26878, Ley N° 27444, Ordenanzas N° 378-MML, Nº 341-MML, Decreto Supremo Nº 053-98-PCM y sus modifi catorias Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC y Decreto Supremo Nº 011-2003-VIVIENDA; RESUELVE:ArtÍculo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral y la Modificación de la Habilitación Urbana, de conformidad con el Plano Nº 007-2008-MML-GDU-SPHU, del terreno de 27,950.00 m2, calificado como Zona de Reglamentación Especial – ZRE, ubicado en Barrios Altos, sobre la margen izquierda del Río Rímac, entre la línea férrea y la prolongación del Jr. Amazonas y Jr. Sebastián Lorente, jurisdicción del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, enmarcado dentro de la normatividad del Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial – MI VIVIENDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-98-PCM y sus modificatorias, aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC y Decreto Supremo Nº 011-2003-VIVIENDA. El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: CUADRO DE ÁREAS TOTAL I ETAPA II ETAPA ÁREA BRUTA 27,950.0000 m² 23,669.5769 m² 4,280.4231 m² ÁREA ÚTIL 13,663.4561 m² 11,257.8548 m² 2,405.6013 m²ÁREA DE VÍAS 9,151.1916 m² 7,481.4698 m² 1,669.7218 m²ÁREA DE COMPENSACIÓN205.1000 m² 0.0000 m² 205.1000 m² Aportes Reglamentarios.- El Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC, establece los Aportes Reglamentarios que deben ceder las habilitaciones y que a continuación se detalla, conforme a la Zonifi cación de Zona de Reglamentación Especial – “ZRE”: Aporte Reglamentario %Decreto Supremo Nº 030- 2002-MTCProyecto Recreación Pública 8 2,236.00 m² 4,930.2523 m² Ministerio de Educación2 559.00 m² 603.7813 m² Nota: El aporte para el Ministerio de Educación de 603.7813 m², se encuentra ubicado en el Lote Nº 1, de la Manzana “C”, de la II Etapa de la presente Habilitación Urbana. Artículo 2º.- DECLARAR cumplida por el Banco de Materiales SAC., de conformidad con el Plano signado con el Nº 008-2008-MML-GDU-SPHU, la ejecución de las obras de Habilitación Urbana de la I Etapa, cuya Modifi cación se aprueba en el Artículo 1º; siendo el Cuadro General de Áreas que se recepciona el siguiente:CUADRO DE ÁREAS TOTAL I ETAPA ÁREA BRUTA 27,950.0000 m² 23,669.5769 m² ÁREA ÚTIL 13,663.4561 m² 11,257.8548 m² ÁREA DE VÍAS 9,151.1916 m² 7,481.4698 m² ÁREA DE COMPENSACIÓN205.1000 m² 0.0000 m² Artículo 3°.- DISPONER la inscripción individualizada de los lotes que conforman el Conjunto Residencial de Vivienda Unifamiliares, de conformidad con el Plano Nº 009-2008-MML-GDU-SPHU. Artículo 4º.- DISPONER la inscripción del Aporte Reglamentario para el Ministerio de Educación de 603.7813 m², a favor de dicho Ministerio; así como del Aporte Reglamentario para Recreación Pública de 4930.2523 m², a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 5º.- OFICIAR con la presente Resolución a EMILIMA S.A., para que uso de sus funciones, efectúe la inscripción del Aporte Reglamentario para Recreación Pública, materia de Recepción con la presente Resolución, a nombre de la Municipalidad Metropolitana de Lima; conforme lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Artículo 56º, numeral 7 y al término de la inscripción registral, cautele su libre disponibilidad; caso contrario, solicite a la Gerencia de Fiscalización y Control de ésta Corporación, para que en uso de su competencia inicie las acciones correspondientes. Artículo 6º.- NOTIFICAR la presente Resolución al Banco de Materiales SAC para su conocimiento y fi nes. Artículo 7º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, al Ministerio de Educación, Instituto Metropolitano de Planifi cación, División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras y a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes, acorde a sus competencias. Artículo 8º.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo del propietario del predio objeto de Habilitación Urbana, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendarios contados a partir de la notifi cación de la presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE Subgerente 213897-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Prorrogan la aplicación del D.A. Nº 002- 2008-MDB que aprueba Directiva para establecer la obligación de presentar Declaración Jurada de Información Complementaria para la Determinación de las Tasas de Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003 -2008-MDB Barranco, 31 de marzo del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO:Que, con fecha 29 de febrero del 2008, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano el Decreto de Alcaldía Nº 002-2008-MDB, Decreto en el cual se aprueba la Directiva para Descargado desde www.elperuano.com.pe