Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2008 (18/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, mediante Informe Nº 123-2008-MPL-GDD/SGGA la Sub Gerencia de Gestion Ambiental dependiente de la Gerencia de Desarrollo Distrital, informa que con fecha 13 de MORDAZA de 2008 se realizo la Convocatoria al MORDAZA de Concurso Publico Nº 001-2008-MPL-CE para la contratacion del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos domiciliarios y de maleza de los parques y jardines del distrito de Pueblo Libre, MORDAZA en el que debio adjudicarse la Buena Pro con fecha 06 de Junio del presente; sin embargo, con Carta Nº 177-2008 de fecha 28 de MORDAZA de 2008 la Empresa PETRAMAS S.A.C. ha solicitado al Comite Especial la elevacion del Expediente completo al CONSUCODE, en razon de considerar que sus observaciones y consultas no han sido acogidas; Que, asimismo senala, que con Oficio Nº 001-2008MPL-CE de fecha 05 Junio del presente se remitio lo actuado al CONSUCODE para su revision, lo cual podria demorar el resultado del MORDAZA, siendo dificil estimar el tiempo, por cuanto corresponde a una gestion externa a la Corporacion; en razon de ello resulta necesario adoptarlas medidas correspondientes a fin de garantizar la continuidad en la prestacion del servicio por ser este esencial para el distrito, por lo que solicita se declara la situacion de desabastecimiento inminente del mencionado servicio por un periodo de 120 dias calendario o hasta la firma del contrato que resulte de la adjudicacion de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 001-2008-MPL-CE, por un monto referencial total de S/.800,000.00 (Ochocientos mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Nº 472-2008-MPL-OA/UL la Unidad de Logistica dependiente de la Oficina de Administracion, senala, en forma adicional a lo expuesto por la Sub Gerencia de Gestion Ambiental que conforme lo dispone el numeral 3.1 del articulo 80º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, es funcion exclusiva de las Municipalidades Distritales prever el servicio de Limpieza Publica, determinando las areas de acumulacion de desechos, relleno sanitario y el aprovechamiento industrial de desperdicios, por lo cual este servicio o actividad resulta inherente a esta Corporacion y esencial para el distrito; Que, en ese orden de ideas, resulta necesario para la Corporacion a efectos de garantizar la continuidad de la prestacion del servicio aludido, que se declare la situacion de desabastecimiento inminente del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de los residuos solidos y maleza del distrito de Pueblo Libre; Que, mediante Memorando Nº 383-2008-MPL-OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto senala que existe disponibilidad presupuestal para la contratacion del servicio requerido con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados hasta por la suma de S/.800,000.00 (Ochocientos mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Nº 148-2008-MPL/OAJ la Oficina de Asesoria Juridica senala que el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM senala que estan exonerados de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen "en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, por su parte, el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM senala que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º se aprobaran mediante, inciso c) Acuerdo de Consejo Regional o del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales; dicha facultad es indelegables; asimismo, los acuerdos adoptados requieren obligatoriamente de un informe tecnico ­ legal y seran publicados en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, la aprobacion de la exoneracion, en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento inminente, no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal; Que, la Oficina de Asesoria Juridica concluye opinando favorablemente porque se eleven los actuados al Concejo

Municipal para la respectiva aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos y maleza del distrito de Pueblo Libre; y mediante Proveido Nº 1004-2008-MPL-GM, la Gerencia Municipal solicita a la Oficina de Secretaria General proceda con el tramite de aprobacion correspondiente; Que, el Concejo Municipal considera necesario se senale expresamente, que la presente Declaracion de Situacion de Desabastecimiento Inminente no constituye infraccion a lo previsto en el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respecto a la contratacion por periodos consecutivos, puesto que la Declaracion aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 031-2008-MPL de fecha 10 de Marzo de 2008 se origino en la resolucion contractual ocurrida con el proveedor que a esa fecha prestaba el servicio, siendo el caso que la presente Declaracion obedece a una situacion fortuita derivada del MORDAZA de seleccion iniciado por la Corporacion para la contratacion del servicio; En uso de las facultades conferidas en los articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, por UNANIMIDAD; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de los Residuos Solidos y Maleza del Distrito de Pueblo Libre, por un periodo de 120 (ciento veinte) dias calendario o hasta la suscripcion del contrato que resulte de la Adjudicacion de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 001-2008-MPL-CE, de conformidad con el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de los Residuos Solidos y Maleza del Distrito de Pueblo Libre, hasta por un monto de S/.800,000.00 (Ochocientos mil y 00/100 Nuevos Soles) por un periodo de ciento veinte (120) dias, con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Administracion llevar a cabo las acciones inmediatas a fin de contratar el servicio respectivo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal disponga las acciones necesarias a fin de determinar las responsabilidades funcionales a las que hubiere lugar. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion comunique el contenido del Acuerdo de Concejo respectivo y los Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 214613-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Regulan MORDAZA del Presupuesto Participativo en la Municipalidad de Surquillo para el Ano Fiscal 2009
ORDENANZA Nº 195-MDS Surquillo, 12 de junio de 2008

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