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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de junio de 2008 374232 temáticos contenidos en él. Sobre dicha base, los agentes participantes proponen desarrollar acciones o propuestas de inversión en cada uno de los ejes estratégicos, analizándose las mismas a efectos de ser priorizadas para defi nir su viabilidad técnica. Corresponde al Equipo Técnico efectuar la evaluación técnica y fi nanciera de las propuestas o proyectos resultantes de este Taller, defi niendo su viabilidad dentro del marco normativo del Sistema Nacional de Inversión Pública –SNIP-. Artículo 15º.- Tercer Taller: Taller de Defi nición de Criterios y Priorización de Proyectos.- En este Taller, el Presidente del Equipo Técnico informará a los agentes participantes respecto de los recursos con los que se dispone para la priorización de los proyectos presentados, una vez deducidas las obligaciones fi jas e ineludibles. Con dicha información, los Agentes Participantes discutirán y defi nirán los criterios para la priorización de los proyectos de inversión con estudio de viabilidad, para establecer un orden de prelación, considerando la distribución temática y territorial de los recursos que previamente haya sido determinada por el Equipo Técnico, para su proposición al Consejo de Coordinación Local Distrital. Al término del Taller, se elabora y suscribe un Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso del Presupuesto Participativo 2009 la cual es fi rmada por los agentes participantes y el equipo técnico. Artículo 16º.- Documento del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2009.- El Equipo Técnico recibirá los acuerdos adoptados por los agentes participantes en el Taller de Defi nición de Criterios y Priorización de Proyectos procediendo a su revisión y adecuación técnica y fi nanciera conforme a las disposiciones técnicas y administrativas pertinentes, elaborando el Documento del Proceso Participativo para el año 2009, conforme a las pautas descritas en el Instructivo citado en el artículo 3º, para su remisión al Alcalde quien, de encontrarlo conforme, lo remitirá al Consejo de Coordinación Local Distrital para su discusión y concertación mediante Acuerdo. Artículo 17º.- Concertación del Presupuesto Participativo por el Consejo de Coordinación Local Distrital.- El Alcalde convoca al Consejo de Coordinación Local Distrital conforme al Reglamento aprobado por Ordenanza Nº 109/MDS para la revisión de los proyectos priorizados y la concertación de los mismos para su incorporación en el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de Surquillo correspondiente al Ejercicio 2009, remitiendo el Acuerdo respectivo al Concejo Municipal para su conocimiento y pronunciamiento. Artículo 18º.- Remisión de Acuerdo a la Dirección Nacional de Presupuesto Público.- Corresponde a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remitir el Acuerdo del Consejo de Coordinación Local Distrital de Surquillo, conjuntamente con el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso Participativo, el Documento del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2009 y el Proyecto de Presupuesto Institucional a la Dirección Nacional de Presupuesto Público en el plazo establecido en la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Locales aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas. CAPITULO IV COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL Artículo 19º.- Elección del Comité de Vigilancia y Control.- El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2009 es elegido por y entre los agentes participantes de la sociedad civil. Éste se conforma al inicio del proceso, una vez concluido el Primer Taller a que se alude en el artículo 13º y fi naliza su labor en Diciembre del año siguiente. El número mínimo de personas que integran los Comités de Vigilancia y Control es de cuatro (4) miembros titulares y dos (2) suplentes. La elección del Comité de Vigilancia y Control se formaliza por Resolución de Alcaldía. El Comité designado conforme al párrafo anterior y vigente para el presente año y el año 2009, coexiste con aquel que fuera designado en el año 2007 y que culmina sus funciones en Diciembre de 2008.Artículo 20º.- Funciones del Comité de Vigilancia y Control.- El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2009 ejerce las acciones de vigilancia en el cumplimiento de los acuerdos y la evaluación periódica de los avances en la ejecución de los proyectos del presupuesto participativo. Desarrolla las acciones descritas en el Instructivo citado en el artículo 3º y está obligado a recibir la información para el cumplimiento de sus funciones conforme al precitado Instructivo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Gerencia Municipal impartirá las directivas necesarias a las dependencias administrativas competentes para garantizar una amplia difusión a la comunidad del inicio y desarrollo del proceso participativo, brindará facilidades a los participantes en el proceso que aseguren el acceso a la información y proporcionará todo el apoyo logístico y de recursos humanos que requiera el Equipo Técnico para el cumplimiento de sus funciones. Segunda.- Para los efectos de la inscripción de las organizaciones de jóvenes, y en tanto se constituya el Registro de Organizaciones de Jóvenes en el RUOS, la Gerencia de Desarrollo Social y de Juventudes abrirá un registro provisional para la acreditación de dichas organizaciones, generadas de Concejos Municipales Escolares u otras formas de organización juvenil. La Gerencia determinará mediante directiva los requisitos para la inscripción de estas organizaciones, encontrándose ellas exceptuadas de lo previsto en los artículos 5º y 6º de la presente Ordenanza, para su participación en el proceso, a través de dos delegados quienes asumirán los roles de delegado titular y alterno, respectivamente. Tercera.- El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Surquillo esta autorizado a fi rmar convenios con las instituciones públicas y privadas correspondientes de acuerdo a Ley, que permitan garantizar la legalidad y Transparencia del proceso materia de esta Ordenanza, así como contar con el personal Profesional especializado y técnico que se requiera para desarrollar el Proceso del Presupuesto Participativo 2009. Cuarta.- Las situaciones técnicas no previstas en la presente Ordenanza referidas al desarrollo de los Talleres de Trabajo serán resueltas por el Equipo Técnico, dentro del marco legal previsto el artículo 3º de la presente Ordenanza. Quinta.- Forma parte integrante de la presente Ordenanza, el Anexo que contiene el cronograma del proceso del presupuesto participativo del año 2009, estando facultado el Alcalde a modifi carlo, a propuesta del equipo técnico, mediante Decreto de Alcaldía. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde Anexo – Ordenanza Nº 195-MDS Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2009 Convocatoria: 16 de Junio de 2008 Inscripción de Agentes Participantes: Del 17 de Junio al 01 de Agosto de 2008 Primer Taller: Taller de Capacitación y de Rendición de Cuentas: 05 de Agosto de 2008 Segundo Taller: Taller de Trabajo de Diagnóstico Temático y Territorial y Validación del Plan Integral de Desarrollo Concertado del Distrito 08 de Agosto de 2008 Tercer Taller: Taller de Definición de Criterios y Priorización de Proyectos 15 de Agosto de 2008 Formalización de Acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo Descargado desde www.elperuano.com.pe