Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2008 (18/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de junio de 2008

estableciendose en el articulo 4, la obligatoriedad del Gobierno Local, en cuanto a la publicacion de los dispositivos legales que aprueben, modifiquen, o deroguen los documentos, sin incluir el texto, debiendose indicar la direccion electronica del MORDAZA Institucional de la respectiva Entidad. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2008/MDVALC de fecha 19 de MORDAZA del 2008, se establece la reduccion de derechos de pago en los Procedimientos Administrativos para el Servicio de Transporte Publico Especial de pasajeros y carga en vehiculos de menores motorizados en el Distrito de Ventanilla; apreciandose que no se ha consignado en dicha MORDAZA la publicacion en el MORDAZA institucional del municipio, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 29091 y el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, siendo necesario rectificar dicha omision. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades; entendiendose dicha autonomia como la facultad para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Por estas consideraciones y en atencion a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. SE DECRETA: MODIFICAR EL DECRETO DE ALCALDIA Nº 0092008/MDV-ALC QUE ESTABLECE LA REDUCCION DE DERECHOS DE PAGO EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE VENTANILLA Articulo Primero.- AGREGUESE el articulo 4 al Decreto de Alcaldia Nº 009-2008/MDV-ALC de fecha 19 de MORDAZA del 2008, que establece la reduccion de derechos de pago en los Procedimientos Administrativos para el Servicio de Transporte Publico Especial de pasajeros y carga en vehiculos de menores motorizados en el Distrito de Ventanilla; cuyo texto sera como sigue: "Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponga la publicacion del integro del presente Decreto, en la pagina Web de esta Corporacion MORDAZA, cuya direccion electronica es: www.muniventanilla.gob.pe" Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 214116-2

Modifican la Ordenanza Nº 021-2008/ MDV que aprobo la "Campana de Formalizacion de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2008/MDV-ALC Ventanilla, 2 de junio de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA: VISTO: El Memorando Nº 229-2008/MDV-GDEL, de la Gerencia de Desarrollo Economico Local e Informe Nº 0180-2008/MDV-SGCPC, de la Sub Gerencia de Comercializacion y Proteccion al Consumidor; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0212008/MDV, de fecha 30 de MORDAZA del 2008, se aprobo

la "Campana de Formalizacion de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios". Que, mediante los documentos del visto, se propone la modificacion del articulo 6º MORDAZA parrafo, de la mencionada MORDAZA, cuyo texto es el siguiente: "Excepcionalmente, aquellos administrados que conducen un establecimiento dedicado a: Bodega, Bazar y/o Libreria, y regularicen la situacion de informalidad de dicho establecimiento, unicamente cancelaran la suma equivalente a S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), por concepto del pago de derecho de tramite de la Licencia de Funcionamiento o Autorizacion Municipal de Apertura de Establecimiento, en tanto se encuentre vigente la presente Ordenanza". Que, la propuesta modificatoria, radica en beneficiar a todo establecimiento comercial, con giros adicional a las bodegas, bazares y librerias; que tenga un area no mayor a 30 metros cuadrados, y para los cuales no se requiera autorizacion previa de alguna otra entidad o autoridad que no sea la municipal para el desarrollo de sus actividades; siendo el texto propuesto el siguiente: "Por excepcion, para los administrados que conducen un establecimiento dedicado con un area no mayor a los 30 metros cuadrados, y para los cuales no se requiera la autorizacion previa de alguna otra entidad o autoridad que no sea la municipal para desarrollar sus actividades y regularicen la situacion de informalidad del establecimiento, el costo por concepto del pago de derecho de tramite de la Licencia de Funcionamiento o Autorizacion Municipal de Apertura de Establecimiento sera equivalente a S/. 50 .00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles)". Que, el articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, indica: "Los Gobiernos Locales promueven el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa (...)"; es por esta razon, que la propuesta modificatoria pretende crear e implementar un mecanismo adecuado, con el objeto de facilitar el acceso al MORDAZA a los inversionistas para que desarrollen sus actividades dentro del distrito, incluyendo los sectores economicos no consolidados o en MORDAZA de consolidacion, las zonas sin habilitacion MORDAZA o con MORDAZA de habilitacion MORDAZA no concluida ni aprobada, las zonas en MORDAZA de formalizacion de la propiedad, sin vulnerar la seguridad, la salubridad, el orden publico y la proteccion del medio ambiente en este distrito. Que, la Ordenanza Municipal Nº 021-2008/MDV, de fecha 30 de MORDAZA del 2008, en su cuarta disposicion final y transitoria, faculta al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicacion de la referida norma. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades; entendiendose dicha autonomia como la facultad para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Por estas consideraciones y en atencion a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. SE DECRETA: MODIFICAR LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2008/MDV, QUE APROBO LA "CAMPANA DE FORMALIZACION DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS"

ArtIculo Primero.- MODIFIQUESE el articulo 6º MORDAZA parrafo, de la Ordenanza Municipal Nº 0212008/MDV, de fecha 30 de MORDAZA del 2008, que aprobo la "Campana de Formalizacion de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios", siendo su texto el siguiente: "Por excepcion, para los administrados que conducen un establecimiento dedicado con un area no mayor a los 30 metros cuadrados, y para los cuales no se requiera la autorizacion previa de alguna otra entidad o autoridad que no sea la municipal para desarrollar sus actividades y regularicen la situacion de informalidad del establecimiento,

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