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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de junio de 2008 374235 vez mediante Decreto de Alcaldía, hasta por un plazo máximo de quince (15) días calendarios. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIASPrimera.- Todas las solicitudes que se encuentran en trámite de Licencia de Funcionamiento se adecuarán a lo establecido en la presente Ordenanza. Los benefi cios establecidos no dan derecho a compensación ni devolución alguna por concepto de pagos efectuados anteriormente. Segunda.- La expedición de la presente Ordenanza, no faculta ni autoriza el funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales o de servicios sin previamente haber obtenido la licencia de autorización municipal correspondiente. Tercera.- Aquellos administrados que hayan iniciado el trámite para la obtención de la Licencia de Funcionamiento, sólo podrán iniciar sus actividades una vez obtenida ésta, caso contrario, la Sub Gerencia de Fiscalización y Control deberá de emitir la Notifi cación de Infracción correspondiente para la imposición de la sanción administrativa respectiva. Cuarta.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Económico Local y a las Sub Gerencias que forman parte de esta unidad orgánica el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, no obstante, las demás dependencias de la Municipalidad de Ventanilla deberán coadyuvar y brindar facilidades necesarias para el esctricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese y comuníquese.OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 214115-1 Establecen la reducción de derechos de pago en los procedimientos administrativos para el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2008/MDV-ALC 19 de mayo de 2008EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 023-2007/MDV-GPP, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ventanilla modifi cada por Decreto de Alcaldía Nº 001-2008/MDV-ALC que precisa sus alcances; Que, el segundo párrafo del art. 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la ley; Que, el numeral 3.2) del artículo 81° de la precitada Ley, establece que las municipalidades, en materia de tránsito, viabilidad y transporte público, ejerce la función de otorgar licencias para la circulación de vehículos menores; Que, el literal b) del artículo 68° del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que las tasas por servicios administrativos o derechos son aquellos conceptos que debe pagar el contribuyente a la Municipalidad por concepto de tramitación de procedimientos administrativos; en ese sentido, el art. 70° del mismo cuerpo legal establece que las tasas por servicios administrativos o derechos, no excederán los costos de prestación del servicio. Asimismo, las tasas que se cobren por la tramitación de procedimientos administrativos, sólo serán exigibles al contribuyente cuando consten en el correspondiente Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, mediante Memorando Nº 579-2008-MDV/GPP de fecha 7 de mayo de 2007, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala que la reducción de costos propuesta por el Subgerencia de Transporte permitirá la formalización de los mototaxistas, por lo que en coordinación con la Subgerencia de Transporte se ha procedido a reajustar los costos de los procedimientos 9.09, 9.10, 9.11, 9.12 y 9.13 siguiendo una metodología estrictamente técnica de los procedimientos contenidos en la Ordenanza N° 023-2004/MDV, por consiguiente resulta necesario reajustar los montos antes señalados; Que, el artículo 36º numeral 3) y el artículo 38° numeral 5) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del sector, norma regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, De conformidad con lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el numeral 38.5 del artículo 38° de la Ley Nº 27444 ; DECRETA:Artículo Primero.- REDUCIR los derechos de los procedimientos administrativos relativos al servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados en el Distrito de Ventanilla, establecido en la Ordenanza Nº 023-2004/MDV. Artículo Segundo.- ACTUALÍCESE los procedimientos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por la Ordenanza Nº 023-2007/MDV y modifi catorias, conforme se indica en el Anexo N° 01, que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas pertinentes. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 214116-1 Modifican el D.A. Nº 009-2008/MDV- ALC que establece la reducción de derechos de pago en los procedimientos administrativos para el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2008/MDV-ALC Ventanilla, 23 de mayo de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA: CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29091- Ley que modifi ca el párrafo 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece la publicación de diversos dispositivos legales en el Portal del Estado Peruano y en Portales Institucionales-, se determina la obligación del Gobierno Local, en publicar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas y en Portal Institucional. Que, mediante Decreto Supremo 004-2008- PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29091, Descargado desde www.elperuano.com.pe