Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2008 (18/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO: POR CUANTO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de junio de 2008

El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 0012008-CAPP-CM-MDS de la Comision de Administracion, Planeamiento y Presupuesto, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion y sus modificatorias; Ley Nº 27867- Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y sus modificatorias; Ley Nº 28056- Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y sus modificatorias; Decreto Supremo Nº 171-2003-EFReglamento de la Ley Nº 28056; Ley Nº 27293- Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y sus modificatorias; asi como Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 aprobado por Resolucion Directoral Nº 021-2008-EF/76.01 del Ministerio de Economia y Finanzas, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO PARA EL ANO FISCAL 2009 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto de la Norma.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular los mecanismos y procedimientos para la participacion y concertacion entre las autoridades de la Municipalidad Distrital de Surquillo y las organizaciones de la sociedad civil del distrito debidamente representadas hacia la formulacion del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de Surquillo para el Ejercicio Fiscal 2009. Articulo 2º.- Premisas del MORDAZA Presupuestario.Para los efectos del debido cumplimiento de la presente Ordenanza, los agentes participantes deben tomar en cuenta el Plan Integral de Desarrollo Concertado del Distrito, priorizando los proyectos que apunten a una mayor rentabilidad social y reflejando de manera efectiva los compromisos y aportes de la poblacion y de los diferentes organismos publicos y privados presentes en el MORDAZA, mejorando asi la eficiencia en la asignacion y ejecucion de los recursos publicos. Articulo 3º.- Normas especiales aplicables.Constituyen normas de aplicacion complementaria a las previstas en la presente Ordenanza, las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF. Asimismo, rigen supletoriamente las recomendaciones contenidas en el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 aprobado por Resolucion Directoral Nº 021-2008-EF/76.01 del Ministerio de Economia y Finanzas. CAPITULO II REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTES Articulo 4º.- Identificacion y Registro de Agentes Participantes.- Para los fines de la presente Ordenanza, la Municipalidad de Surquillo, a traves del Programa de Participacion Vecinal, abre un Registro para la participacion ciudadana en el MORDAZA participativo de las siguientes organizaciones: a) Organizaciones o juntas de vecinos, cualquiera sea su denominacion conforme a la Ordenanza Nº 191 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; b) Organizaciones sociales de base, clubes de madres. c) Organizaciones de trabajadores ambulantes. d) Organizaciones educativas y/o culturales. e) Organizaciones de jovenes. f) Organizaciones deportivas. g) Organizaciones empresariales. h) Organizaciones religiosas.

i) Instituciones publicas y/o privadas tales como universidades, colegios profesionales, fundaciones, sociedades mercantiles, etc. j) Cualquier otra organizacion o agrupacion vecinal o institucional de nivel Distrital que actuan con caracter permanente en el distrito. Articulo 5º.- Requisitos para la Inscripcion en el Proceso.- Son requisitos para la inscripcion de las organizaciones: a) Solicitud dirigida al MORDAZA con atencion al Subgerente del Programa de Participacion Vecinal. b) MORDAZA simple de la Resolucion de Alcaldia de Reconocimiento como Organizacion Social (RUOS) y/o ficha registral o partida electronica de inscripcion en el Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de Lima. c) Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad del representante legal. d) No participar como organizacion registrada en otras instancias de Gobierno. Solo podran participar las Organizaciones debidamente inscritas, MORDAZA del plazo establecido en el cronograma aprobado, anexo a la presente Ordenanza. Articulo 6º.- Procedimiento de Inscripcion.6.1. La inscripcion en el Registro citado en el articulo anterior es efectuada por el titular o representante legal de la organizacion social, siempre y cuando se encuentre debidamente acreditado como tal en el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad de Surquillo o en el Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de Lima. 6.2. En el caso de instituciones publicas y/o privadas que actuan o tienen sedes institucionales en la jurisdiccion del distrito, la inscripcion en el Registro es efectuada por el representante legal de la misma, acreditado ante el Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de Lima. 6.3. En ambos casos, el representante debera acreditar a dos delegados para su participacion en el MORDAZA del Presupuesto Participativo 2009, quienes asumiran los roles de delegado titular y alterno, respectivamente. 6.4. Excepcionalmente, y solo en el caso de organizaciones sociales, de no poder ser acreditado el titular o representante legal de la misma, se admitira una declaracion jurada suscrita por el solicitante, quien manifieste su condicion de representante, avalada con la firma de cinco miembros de la organizacion social, quienes ratificaran la condicion del solicitante. 6.5. La Subgerencia del Programa de Participacion Vecinal anotara en el Registro el nombre de la organizacion o institucion inscrita, el numero del documento que acredita su existencia (sea en el RUOS o en Registros Publicos), el nombre e identificacion del solicitante y los nombres de los delegados titular y alterno presentados. Producida la inscripcion, el Programa de Participacion Vecinal entrega una MORDAZA de inscripcion, ademas de una cartilla de instrucciones y una MORDAZA del cronograma del MORDAZA del presupuesto participativo aprobado. CAPITULO III DESARROLLO DEL MORDAZA Articulo 7º.- Equipo Tecnico.- El MORDAZA del Presupuesto Participativo 2009 contara con el apoyo de los siguientes funcionarios en su condicion de miembros del Equipo Tecnico: a) El Gerente Municipal, quien la presidira. b) El Gerente de Planeamiento y Presupuesto. c) El Gerente de Obras y Desarrollo Urbano. d) El Gerente de Desarrollo Social y de Juventudes. e) El Gerente de Estadistica e Informatica. f) El Gerente de Seguridad Ciudadana. g) El Gerente de Rentas. h) El Gerente de Desarrollo Empresarial. i) El Gerente de Proteccion del Medio Ambiente. j) El Subgerente del Programa de Participacion Vecinal. k) Hasta cuatro (4) profesionales de la Sociedad Civil con experiencia en temas de Planeamiento y Presupuesto

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