Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (26/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de junio de 2008 374861 Que, dichas funciones están encargadas al Registrador del Estado Civil, a quien corresponde la inscripción de tales hechos y actos, así como la promoción del registro, labor que debe dirigirse a la comunidad, destacando la trascendencia de la inscripción para la sociedad y el Estado; Que, en ese afán, la labor que desempeñan los Registradores del Estado Civil en las Oficinas que funcionan en las Municipalidades, Comunidades, Centros Poblados, Hospitales, Consulados, así como aquellas implementadas por el RENIEC, con motivo del proceso de incorporación, resulta de particular importancia en el desarrollo eficiente de la función jurídica y estadística de los Registros del Estado Civil; Que, lo expuesto hace indispensable expresar el saludo de la institución a los Registradores del Estado Civil, con motivo de celebrarse el 26 de junio, el día del Registro del Estado Civil, dado su permanente esfuerzo por prestigiar la función y del Sistema Registral a cargo del RENIEC; así como, fundamentalmente, por su empeño continuo al servicio de la sociedad; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, SE RESUELVE:Artículo Único.- Expresar el reconocimiento institucional a los señores Registradores del Estado Civil por la esforzada y continua labor registral que vienen prestando en sus respectivas Ofi cinas, instándolos a preservar su vocación de servicio en benefi cio del Sistema Registral y de la sociedad. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identifi cación y Estado CIvil 218524-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de agencias en los distritos de Chincha Alta, provincia de Chincha, y de Pariñas, provincia de Talara RESOLUCIÓN SBS Nº 2335-2008 Lima, 19 de junio de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas par que esta Superintendencia autorice la apertura de dos agencias de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de las citadas Agencias;Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B”, mediante los Informes Nºs. 088-2008-DEB “B” y 092-2008-DEB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de una Agencia ubicada en Av. Luis Gálvez Chipoco Nº 219, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica y una Agencia ubicada en Av. Mariscal Castilla D 10, distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 217348-1 Rectifican direcciones de traslado de agencia del Banco Interamericano de Finanzas autorizada mediante Res. SBS Nº 1790-2008 RESOLUCIÓN SBS Nº 2336-2008 Lima, 19 de junio de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que se rectifique la dirección del traslado de la agencia autorizada mediante Resolución SBS Nº 1790-2008 de fecha 30 de mayo de 2008; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B”, mediante el Informe Nº 093- 2008-DEB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE:Artículo Único.- Rectifi car las direcciones del traslado de la agencia autorizada mediante Resolución SBS Nº 1790-2008, según el siguiente detalle: DICE:“... traslado de la Agencia ubicada en la Calle Omega Nº 197 y Enrique Meiggs Nº 219 a su nueva ubicación en la Calle Omega Nº 189 Urb. Parque Internacional de Industria y Comercio, distrito y provincia del Callao, departamento de Lima.” DEBE DECIR: “... traslado de la Agencia ubicada en la Calle Omega Nº 181, distrito de Carmen de la Legua, Provincia Constitucional del Callao a su nueva ubicación en la Calle Descargado desde www.elperuano.com.pe