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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de junio de 2008 375131 ANEXO ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN CANON MINERO AÑO 2007 GOBIERNOS REGIONALES ÍNDICE TOTAL 0,2500000000GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS 0,0000010118 GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH 0,0743684128 GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC 0,0012706578 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA 0,0257830243 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO 0,0023988989 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA 0,0103337624 GOBIERNO REGIONAL DE CALLAO 0,0000001063 GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO 0,0136623222 GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA0,0026371351 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO 0,0004355920GOBIERNOS REGIONALES ÍNDICE GOBIERNO REGIONAL DE ICA 0,0038693180 GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN 0,0069453853 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD 0,0149243948 LIMA METROPOLITANA (REGIMEN ESPECIAL)0,0007231995 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA 0,0093800082 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS0,0000026939 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA 0,0119398263 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO 0,0214909669 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA 0,0000005415 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO 0,0096993523 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN 0,0000269526 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA 0,0401064371 219707-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe