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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (28/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 158

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de junio de 2008 375128 modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de Defensa 219808-5 Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a Colombia para participar en la “VII Reunión de Coordinación entre los Comandos de la Región Militar del Oriente del Perú y la Sexta División del Ejército Nacional de Colombia” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 228-2008-DE/EP/S.1.a/1-1 Lima, 27 de junio de 2008 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 018 JEMGE/ OAIE/c, del 21 de abril de 2008 y el Ofi cio Nº 320 JEMGE/OAIE/c, del 24 de abril de 2008 de la Ofi cina de Asuntos Internacionales del Ejército. CONSIDERANDO: Que, en el Acta Final de la “VI Reunión de Coordinación entre los Comandos de la Región Militar del Oriente del Perú y la Sexta División del Ejército Nacional de Colombia”, Acuerdo Nº 13, “Ambas delegaciones acuerdan realizar la VII Reunión de Coordinación entre la Sexta División de Ejército Nacional de Colombia y los Comandos de la Región Militar del Oriente del Perú en la ciudad de Leticia - Colombia”, del 2 al 4 de julio de 2008; Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 018 JEMGE/OAIE/c, del 21 de abril de 2008, el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército, autoriza la participación de la Delegación del Ejército del Perú en la “VII Reunión de Coordinación entre los Comandos de la Región Militar del Oriente del Perú y la Sexta División del Ejército Nacional de Colombia”; Que, la participación del Personal Militar del Ejército del Perú, en la precitada reunión, permitirá el intercambio de experiencias, informaciones y el estudio conjunto de problemas de interés mutuo, con el propósito de evitar hechos o posibles situaciones que afecten la paz, estabilidad y/o seguridad de la región fronteriza compartida, propiciando una estrecha cooperación e integración; Que, los gastos que demande el viaje al exterior en Comisión de Servicio, serán sufragados con el Presupuesto del Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, Año Fiscal 2008; Que, el viaje antes citado se encuentra incluido en el rubro 5 “Medidas de Confi anza Mutua”, Item 42: “VII Reunión de Coordinación Militar Perú - Colombia”, del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa año 2008, aprobado con Resolución Suprema Nº 044- 2008 DE/SG de fecha 11 de febrero de 2008 y sus modifi catorias;Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004; Estando a lo recomendado por el Señor General del Ejército Comandante General del Ejército, y lo acordado con el Señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar del Ejército del Perú, para participar en la “VII Reunión de Coordinación entre los Comandos de la Región Militar del Oriente del Perú y la Sexta División del Ejército Nacional de Colombia”, a realizarse en ciudad de Leticia-Colombia, en el período comprendido entre el 1 y el 4 de julio de 2008, que a continuación se detalla: - Gral Div Francisco Antonio VARGAS VACA - Crl Inf Julio César AFFON RIOS- Crl Cab Miguel Ángel ALIAGA HINOJOSA Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Iquitos - Leticia (Colombia) - IquitosUS$ 550.00 x 03 personas Viáticos y Asignaciones US$ 200.00 x 04 días x 03 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (TUUA) US$ 30.25 x 03 personas Artículo 3º.- El señor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la comisión, sin exceder el período total establecido. Artículo 4º.- El personal nombrado, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a solicitar liberación ni exoneración de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 219808-6Descargado desde www.elperuano.com.pe