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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de junio de 2008 375129 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América y Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 636-2008-DE/SG Lima, 27 de junio de 2008CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 649 de fecha 20 de junio de 2008, respectivamente, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el Comando Sur de los Estados Unidos de América cada año fi scal auspicia algunos ejercicios de ingeniería, y de entrenamiento Combinado Conjunto de Acción Cívica Humanitaria denominados “Nuevos Horizontes”, tanto en América del Sur, América Central y en el Caribe; Que, personal militar de los Estados Unidos de América ingresará al país, para observar y supervisar los avances de los proyectos que se vienen desarrollando en el Ejercicio Combinado Conjunto de Acción Cívica Humanitaria denominado “Nuevos Horizontes 2008”; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de veinte y nueve (29) efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, Cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, entre el 01 de julio y el 30 de agosto de 2008, para observar y supervisar los avances de los proyectos que se vienen desarrollando en el Ejercicio Combinado Conjunto de Acción Cívica Humanitaria denominado “Nuevos Horizontes 2008”. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 636-2008-DE/SG. 27 JUN 20081. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de veinte y nueve (29) efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América para observar y supervisar los avances de los proyectos que se vienen desarrollando en el Ejercicio Combinado Conjunto de Acción Cívica Humanitaria denominado “Nuevos Horizontes 2008”. 2.- IDENTIFICACION Y TIEMPO DE PERMANENCIA DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: GRADO/RANGO NOMBRE FECHA DE LLEGADA FECHA DE SALIDA 1. SARGENTO 1RA KENNETH BUSSEE 1 JULIO 15AGO08 2. TÉCNICO DE 4TA JASON BOND 5 JULIO 20AGO08 3. SARGENTO 1RO KENNETH BRADEN 5 JULIO 20AGO08 4. SARGENTO 1RO RONNY TULL 5 JULIO 20AGO08 5. MAYOR WILLIAM DEAVER 6 JULIO 21AGO08 6. SUBOFICIAL 1RA STEVEN DIEM 6 JULIO 21AGO08 7. SARGENTO 2DA CHRISTOPHER LARUE 6 JULIO 21AGO08 8. CORONEL STANLEY QOUCK 6 JULIO 21AGO08 9. SARGENTO 1RO MELISSA SADERLIN 8 JULIO 23AGO08 10. SARGENTO 1RO GORDON HALLOCK 8 JULIO 23AGO08 11. SARGENTO 1RO JOSHUA RIGGINS 11 JULIO 26AGO08 12. CABO COLE BARHART 11 JULIO 26AGO08 13. SARGENTO 2DA KYLE DUGAS 11 JULIO 26AGO08 14. SARGENTO 2DA DYLAN MCKELVEY 10 JULIO 25AGO08 15. SARGENTO 2DA MATTHEW PLACE 11 JULIO 26AGO08 16. SUBOFICIAL 1RA SEANA TREVINO 15 JULIO 30AGO08 17. SARGENTO 2DA KELLY HALVORSEN 15 JULIO 30AGO08 18. SUBOFICIAL 3RA CINTHIA LAFORCE 15 JULIO 30AGO08 19. CONTRALMIRANTE ROBERT PARKER 7 JULIO 3 AGOSTO 20. COMANDANTE BRUNHILDE BRADLEY 7 JULIO 11 JULIO 21. CORONEL DOUGLAS GALIPEAU 7 JULIO 2 AGOSTO 22. MAYOR BRYAN F. SHUMWAY 7 JULIO 2 AGOSTO 23. TÉCNICO DE 2DA MARCO A. COLLAO 7 JULIO 2 AGOSTO 24. CORONEL MURTY SAVITALA 7 JULIO 3 AGOSTO 25. TTE. CORONEL LISA CRUM 7 JULIO 3 AGOSTO 26. TÉCNICO SUP MARK DARDEN 7 JULIO 3 AGOSTO 27. TÉCNICO DE 1RA GREGORY CHATMAN 7 JULIO 3 AGOSTO 28. TÉCNICO DE 2DA TIMOTHY JORDAN 7 JULIO 3 AGOSTO 29. CORONEL WILFRED CASSIDY 20 JULIO 26 JULIO 219709-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 637-2008 DE/SG Lima, 27 de junio de 2008CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 636 de fecha 19 de junio de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador, sin armas de guerra; Que, el Perú es el país anfi trión del Ejercicio Multinacional UNITAS 2008 - Fase Pacifi co, en el marco del Memorándum de Entendimiento suscrito por la Marina de Guerra del Perú con las Marinas de Colombia, Chile, Ecuador y Estados Unidos de América; Que, personal militar de la República de Ecuador participará en reuniones relacionadas al mencionado Ejercicio con la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio Descargado desde www.elperuano.com.pe