Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2008 (06/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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indicar los antecedentes; Especificaciones Tecnicas de las partidas a ejecutar y MORDAZA constructivo a realizar; Estudios de Mecanica de suelos; Analisis estructural y analisis sismico; Diseno de Pavimentos; Planos de Planta, Cortes y Elevaciones, Estructuras, Senalizacion y Rutas Alternas; Presupuesto General de las obras; Desagregado del presupuesto por mano de obra, Insumos, Equipos y herramientas, Gastos Generales; Formula Polinomica; Analisis de Costos Unitarios; Planilla de Metrados por partidas; Plazo de ejecucion; Cronograma de Ejecucion de Obra; Cronograma de Desembolso. En Desarrollo Vial debe contener: Fundamento, indicando antecedentes del proyecto; Estudio y analisis de MORDAZA en el area de influencia (aprobado por la Gerencia de Transporte Urbana); Diseno y analisis de transito; Planos viales y de transitabilidad. En Estudio Ambiental debe contar con: El Analisis del impacto de las estructuras a realizar; Que, dicha documentacion debe ser solicitada al Concesionario CONSORCIO CCI-CONCESIONES PERU, para rehacer el expediente que origino la firma del Contrato de Concesion del Proyecto Integral Via Expresa Callao; Que, con Informe Nº 1322-2007-MPCGGAJC-SGAA de fecha 4 de diciembre de 2007, la Gerencia General de Asesoria Juridica opina por la procedencia de la recomposicion del Expediente Tecnico Via Expresa del Callao, ello en atencion a las normas citadas en el primer y MORDAZA considerando de la presente resolucion; Que, el Articulo 153.4º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 que a la letra dice;, "Si un expediente se extraviara, la administracion tiene la obligacion, bajo responsabilidad de reconstruir el mismo, independientemente de la solicitud del interesado, aplicandose para tal efecto las reglas contenidas en el Articulo 140º del Codigo Procesal Civil"; Que, asimismo el Articulo 140º del Codigo Procesal Civil precisa que "En caso de perdida o extravio de un expediente, el Juez ordenara una investigacion sumaria con conocimiento de la Oficina de Control Interno del Poder Judicial. De ser el caso, ordenara su recomposicion de oficio o a pedido de parte, quedando estas obligadas a entregar, dentro del tercer dia, copias de los escritos y resoluciones que obren en su poder. Vencido el plazo y con las copias de los actuados que tengan en su poder, el Juez las pondra de manifiesto por un plazo de dos dias, luego del cual declarara recompuesto el expediente. Si apareciera el expediente, sera agregado el rehecho"; Que, la Gerencia Municipal mediante Memorandos Nº 3541-2007-MPC/ GM de fecha 22 de noviembre de 2007 y Nº 3670-2007-MPC/ GM de fecha 3 de diciembre de 2007, dispuso su recomposicion; Que, con Informe Nº 005-2008-MPC-GGDU de fecha 2 de febrero de 2008, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 140º del Codigo Procesal Civil, se comunico del extravio del citado expediente al Organo de Control Interno, para que en ejercicio del control gubernamental proceda de acuerdo a sus atribuciones contendidas en la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785; Que, mediante Memorando Multiple Nº 002-2008-MPCGGDU de fecha 4 de febrero de 2008, la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA en cumplimiento de la normatividad vigente, se solicito a las Gerencias y Sub Gerencia de esta Comuna remitan toda documentacion que pudieran tener sobre el expediente de concesion sub materia, ello para iniciar el MORDAZA de recomposicion del mismo; las que han contestado indicando que en sus archivos no se ha encontrado ningun documento relacionado al expediente de Concesion del Proyecto Integral Via Expresa Callao; Que, por los considerandos expuestos y estando a las facultades contenidas en la Resolucion de Alcaldia Nº 334 de fecha 21 de MORDAZA de 2007, este Despacho; RESUELVE: Articulo Primero.- Dispongase de Oficio la Recomposicion del Expediente de Concesion del Proyecto Integral Via Expresa Callao, otorgado al CONSORCIO CCICONCESIONES PERU mediante Resolucion del Comite de Concesiones Via Expresa del Callao de fecha 28 de febrero de 2000, que comprende diseno, construccion, mantenimiento, explotacion por peaje del eje Vial Faucett (Via Expresa del Callao) en una longitud de 5,354.54 ml entre el Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA y el Intercambio Vial ubicado en la Av. Venezuela y las obras de rehabilitacion y semaforizacion de la totalidad de las pistas y veredas del servicio local libre adyacente a las pistas expresas.

Articulo Segundo.- Notifiquese a las partes intervinientes del citado expediente, para que en el termino del cinco dias de notificado con la presente resolucion, cumplan con entregar todos los documentos que obren en su poder que guarden relacion con el citado expediente. Articulo Tercero.- Dispongase que vencido el citado plazo y con las copias de los actuados que se tenga en poder se ponga de manifiesto a los interesados por un plazo de dos dias para luego declararse recompuesto el expediente. Articulo Cuarto.- Comuniquese a la Gerencia General de Auditoria Interna de esta Municipalidad, para que se inicie las acciones correspondientes por el extravio del citado expediente, acorde a lo dispuesto en el Capitulo V del Decreto Legislativo 276.- Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y el Capitulo XIII de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PC. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ECHAZU MORDAZA Gerente General de Desarrollo MORDAZA Gerencia General de Desarrollo MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
Aclaran articulo MORDAZA del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 0076-2008MDPL, sobre compra de emulsion asfaltica
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 0082-2008-MDPL
Pueblo Libre, 22 de febrero del 2008. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE. VISTO: Visto en sesion ordinaria de Concejo Municipal de fecha 22 de febrero del 2008, el contenido del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 0073-2008-MDPL, de fecha 11 de febrero del 2008, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de enero del ano en curso, y los errores que contiene, que son FE DE ERRATAS, y merecen ser aclarados para los fines de ley; sometido a consideracion de los senores regidores previas las deliberaciones y debates del caso, con la votacion de estilo; por UNANIMIDAD del pleno de regidores; SE ACUERDA: Primero.- ACLARAR el articulo MORDAZA del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 0073-2008-MDPL, al haberse consignado la Adquisicion de emulsion asfaltica 17,500 galones, por un valor referencial de S/. 2.80 por galon, cuando debe decir que la adquisicion de la emulsion asfaltica de 17,500 galones es por un valor referencial de S/. 6.80 por galon; conforme al contenido de la Resolucion Municipal materia de aclaracion, quedando tambien asi aclarado el error involuntario en que se ha incurrido. Segundo.- APROBAR el contrato y la compra definitiva de 17,500 galones de emulsion asfaltica, a razon de S/.6.70 por galon, que hace un monto de S/. 117,250.00 nuevos soles; y con el IGV del 19% que asciende a la suma de S/. 22,277.50, hace un total de S/. 139,527.50 nuevos soles, que viene a ser el precio total de la adquisicion; aprobandose en tal sentido el contenido de la factura Nº 007285, de fecha 19 de febrero del 2008, expedido por BITUPER S.A.C, para los fines de ley. Tercero.- APROBAR el contrato y el contenido de la factura, por la suma de S/. 19,327.00 nuevos soles, expedido por la empresa de transporte Construcciones y Servicios Bituminosos S.A.C, por concepto de transporte,

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