Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2008 (06/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368171

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion contrato de arrendamiento de inmueble para el funcionamiento del proyecto "Levantamiento Catastral del Distrito de MORDAZA ano fiscal 2008 - I Etapa"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2008-MDP/C
MORDAZA, 22 de febrero del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Memorandum Nº 245-2008- MDP/OA de fecha 15 de febrero del 2008, emitido por la Gerencia de Administracion, Informe Nº 0232008-MDP/OA ­ UA de la Subgerencia de Abastecimiento y el Informe Legal Nº 077-2008-MDP-OAJ de fecha 18 de febrero del 2008, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo VIII 194º del titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamientos del Sector Publico asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el Art. 19º numeral e) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, y que las exoneraciones deber ser aprobadas mediante Acuerdo de Concejo Municipal segun el numeral c) del Articulo 20 de la mencionada Ley. Que, el Art. 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente mediante acciones inmediatas que cumplan con los respectivos requisitos condiciones, formalidades, exigencias y garantias segun el caso, establecidas en el articulo 148 del mencionado Reglamento; Que, el inmueble ubicado en el Jr. Comercio Nº 325 MORDAZA de medidas 20m. de largo por 8m de ancho con un area total de 160 m2, luego de haber inspeccionado el local ofertado cumple con los requisitos necesarios para el funcionamiento del proyecto denominado "Levantamiento Catastral del Distrito de MORDAZA ano fiscal 2008 ­ I Etapa", haciendole unico e insustituible para el normal desarrollo de la sub. Gerencia de Catastro y Control MORDAZA, cumpliendo con lo establecido el numeral e) del articulo 19 de la mencionada Ley, situacion que permite la contratacion del arrendamiento a plazo determinado del bien inmueble por 12 meses, el mismo que se encuentra previsto en el PIA 2008 conforme al Memorandum Nº 050-2008-MDP/OPP. Que, mediante Informe Nº 0720-2008-MDP/GDURSGCCU de fecha 21 de Febrero del 2008, de la Subgerencia de Catastro y Control MORDAZA, requiere continuar con el alquiler del local que viene ocupando el proyecto Levantamiento Catastral del Distrito de MORDAZA ano fiscal 2008-I Etapa" el cual cumple con las condiciones necesarias para la instalacion del personal del proyecto. Que, mediante Informe Nº 018-2007-MDP/OA-UA de fecha 15 de febrero del ano en curso de la Subgerencia de Abastecimiento, manifiesta la cotizacion sobre el cual arroja

el siguiente valor referencial, ascenderia a S/.8,400.00 (Ocho Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles) por 12 meses. Que, mediante Informe Nº 077-2008-MDP-OAJ de fecha 18 de Febrero la Gerencia de Asesoria Juridica senala en virtud de los fundamentos expuesto opina que es conveniente solicitar al Concejo Municipal aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de arrendamiento del local. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la Contratacion del arrendamiento a plazo determinado del bien inmueble ubicado en Jr. Comercio Nº 325 Distrito de MORDAZA, para el funcionamiento del proyecto denominado "Levantamiento Catastral del Distrito de MORDAZA ano fiscal 2008 ­ I Etapa" por el periodo de 12 meses de alquiler, por el valor referencial de S/. 8,400.00 (Ocho Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles), conforme a Ley. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Oficina de Administracion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA la adquisicion del servicio por proveedor unico a traves de lo establecido en el Art. 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado D.S Nº 084-2004-PCM y su correspondiente publicacion en el SEACE. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Administracion comunique el contenido del presente acuerdo y los Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo en el diario oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de conformidad con el 147º del D.S Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

172124-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de publicacion en medios escritos para el ejercicio 2008
ACUERDO Nº 000056
Callao, 23 de febrero de 2008 El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesion Ordinaria celebrada el 23 de febrero del 2008, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la

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