Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2008 (06/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

368169

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Articulos 191° y 192° inciso 3) de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales gozan de Autonomia Politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asi mismo, establece que puede crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99 EF concordado con el Art. 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, dispone que mediante Ordenanza los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el Art. 15 inciso b) del Decreto Supremo Nº 1562004 EF del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal establece el pago fraccionado del Impuesto Predial, el ultimo dia habil de los meses de febrero, MORDAZA, agosto y noviembre en cuotas ajustadas conforme a la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor; Que, mediante Ordenanza N° 063-2008-MDC se establece el vencimiento del pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2008; Que, el Informe N° 021-2008-GR-MDC de la Gerencia de Rentas, senala que la distribucion de las cuponeras para el ejercicio fiscal 2008 se inicio el martes 12 de febrero del 2008; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el Numeral 8) del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y contando con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta, se ha dado la siguiente:

Que, de conformidad con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a traves de las Ordenanzas crean, modifican suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley. Que, los derechos de pago de tramite de Matrimonio Civil se encuentran establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI de fecha 22 de marzo del 2006. Que, dentro de los derechos sociales y economicos que regula el Capitulo II del Titulo I de la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 4º se establece que la Comunidad y el Estado protege a la familia y promueven el matrimonio, reconociendolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion de acuerdo a lo regulado en el articulo 73º numeral 6.2 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, la Unidad de Asesoria Legal mediante Informe Nº 070-2008-ULA/MDI senala que las Municipalidades mediante ordenanza, pueden crear, modificar o suprimir las contribuciones, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los articulos 9º numeral y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal por MAYORIA, con dispensa del tramite de dictamen, lectura y aprobacion del acta aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE PRORROGA EL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2008
Articulo 1°.- Prorroguese la fecha de vencimiento de la Primera Cuota para el Pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2008 hasta el 29 de marzo del 2008. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA

ORDENANZA EXONERACION DE PAGO DE DERECHO DE TRAMITE DE MATRIMONIO CIVIL PARA LA REALIZACION DEL PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2008
Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion de "PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL ANO 2008" a llevarse a cabo el dia 15 de marzo del 2008 a horas 10:00 meridiano en el Centro Comercial Mega Plaza. Articulo Segundo.- ESTABLECER la exoneracion del pago por Derecho de Tramite de Matrimonio Civil para el Primer Matrimonio Civil Comunitario 2008, disponiendose como pago unico la suma S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de Derecho de Tramite. Articulo Tercero.- Los contrayentes deberan presentar los requisitos establecidos en los articulos 248º y siguientes del Codigo Civil y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Independencia. Articulo Cuarto.- DISPONER que los contrayentes efectuen publicacion del Edicto Matrimonial, ESTABLECIENDOSE como fecha termino para la MORDAZA de expedientes matrimoniales, el dia 12 de marzo de 2008. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General a traves de el Area Registro Civil de la Municipalidad de Independencia, Area de Tramite Documentario y Unidad de Imagen Institucional, Gerencia Municipal, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social a traves de la Division de Participacion Vecinal y Gerencia de Administracion de Recursos el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan celebracion del Primer Matrimonio Civil Comunitario del Ano 2008
ORDENANZA Nº 160-MDI
Independencia, 26 de febrero de 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 25FEB2008, Memorandum Nº 242-2008-GM/MDI, de fecha 06FEB2008 emitido por la Gerencia Municipal, Informe Nº 003-2008-RC-GSC/MDI de fecha 18ENE2008 del Area de Registro Civil, que propone la celebracion del I Matrimonio Comunitario.

171640-1

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