Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2008 (06/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de marzo de 2008 368159 que modifi ca la Directiva para Seguimiento y Evaluación de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales y Planes Estratégicos Institucionales del período 2004-2006, aprobada por R.D. N° 001-2005-EF/68.01. - Que, mediante Informe Nº 22-08-GRCAJ-GRPPAT, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Eco. Walter Ibáñez Juárez emite Precisiones Técnicas sobre el Plan Estratégico Institucional 2007-2011, en el que señala que dicho documento constituye un instrumento de planifi cación, en el cual se establecen las orientaciones generales de mediano plazo, en coordinación con cada uno de los órganos estructurados a fi n de que prioricen la ejecución de las acciones temporales y permanentes que permitan cumplir con los Lineamientos Estratégicos. La Programación Multianual de Inversiones, es una herramienta para orientar la ejecución de los recursos al cumplimiento de las funciones primordiales del Gobierno Regional. Se basa en la capacidad de observación, anticipación y adaptación, frente a los desafíos y oportunidades que generan, tanto el entorno externo, como su realidad interna, asegurando el mejor cumplimiento de sus funciones. Es un proceso que involucra la capacidad de determinar objetivos, asociar recursos, defi nir cursos de acción en un esquema multianual que permitan cumplir dichos objetivos, seguir el progreso y examinar los resultados y las consecuencias de esas decisiones teniendo como referencia las metas preestablecidas. Finalmente en cuanto a la Estructura del Plan Estratégico Institucional, esta tiene una estructura bastante ágil, haciendo de él un documento de fácil compresión, se basa en tres aspectos fundamentales: 1.PROBLEMÁTICA : En el análisis de la problemática se muestra la situación interna del Gobierno Regional, mostrando importantes cuellos de botella y las causas que ameritan la implementación de un urgente y sistemático proceso de “Reforma Institucional”. 2. LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS DEL GOBIERNO REGIONAL :2.1. Rol Estratégico.- Se plantean los mecanismos que empleará el Gobierno Regional afi n de lograr el desarrollo de la Región. 2.2. Visión.- Es una representación de lo que pretende ser el Gobierno Regional en el futuro, induciendo en los cambios que se pretende hacer en el seno de la población regional y en el objetivo de la propia institución. 2.3. Misión.- se enuncia la razón de la existencia del Gobierno Regional en el marco de las funciones que le asigna la Ley N° 27867 y Ley N° 27902 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”. 2.4. Ejes Estratégicos.- Son las orientaciones políticas en las cuales se basa la actual gestión del Gobierno Regional. 2.5. Objetivos Generales por Eje Estratégico.- Son los propósitos que tienen el Gobierno Regional para lograr el cumplimiento de su Misión. 2.6. Lineamientos de Política.- Propuesta Estratégica que contribuirá al logro de la visión del Gobierno Regional. 2.7. Estrategia.- Acciones que contribuyen al logro de la política expresados en términos cualitativos. 3. PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE INVERSIONES : La Programación Multianual de Inversiones tiene como fi n optimizar la asignación y la efi ciencia en el uso de los recursos entregados al Gobierno Regional en el periodo comprendido entre los años 2007 y 2011, comprende el conjunto de programas y proyectos de inversión pública cuya ejecución está prevista para el período del Plan Estratégico Institucional. La Programación Multianual de Inversiones ha sido formulada en el marco de las políticas institucionales y los criterios previstos en los ejes de gestión y está estructurado en programas, sub programas y proyectos de impacto. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modifi cada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 001-2003-CR/RC; el Pleno del Consejo Regional acordó : Primero.- APROBAR el Plan Estratégico Institucional 2007-2011 del Gobierno Regional Cajamarca, remitido por la Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Econ. Wálter Ibáñez Juárez, cuyo texto se adjunta y forma parte de este Acuerdo. Segundo .- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.LUZMÁN GONZALO SALAS SALAS Consejero DelegadoDTE Consejo Regional 171629-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de San Borja ORDENANZA Nº 1118 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de enero de 2008 el Dictamen Nº 008-2008-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL ÍNDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS DEL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo 1°.- AprobaciónAprobar el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del Distrito de San Borja, elaborado por la Municipalidad Distrital, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo Nº 01. Artículo 2°.- Consideraciones Generales:2.1. Defi nición El Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas constituye un instrumento normativo complementario al Plano de Zonifi cación del Distrito de San Borja aprobado mediante Ordenanza Nº 1063-MML, que defi ne las actividades que pueden establecerse en las diferentes calles o avenidas del distrito, de acuerdo a la Clasifi cación Industrial Internacional Uniforme (CIIU). 2.2. Objetivo General Ordenar el desarrollo de las diversas actividades urbanas en función de preservar la calidad residencial del Distrito de San Borja, facilitando la ubicación de actividades económicas, en ejes y zonas específi cas, colaborando con el logro de los objetivos Distritales. 2.3. Criterios que Defi nen la Ubicación de las Actividades Urbanas Se defi nen criterios que permiten establecer la ubicación de actividades urbanas, en función de reafi rmar, el carácter residencial de calidad del Distrito de San Borja y son los siguientes: 2.3.1. Establecer la ubicación de actividades de comercio terciario y de servicios, exclusivamente en los centros y ejes con Zonifi cación Comercial. Dichas actividades se refi eren a aquellas que no producen mercancías, los servicios, el comercio, las fi nanzas, comunicaciones, turismo, las instituciones de educación, salud, etc. 2.3.2. Reafi rmar la exclusión de actividades del sector primario (agropecuario) y del sector secundario (industrial), de fabricación o de producción de gran escala en el Distrito. 2.3.3. Reafi rmar el carácter comercial local, en las áreas comerciales producto de las Habilitaciones Urbanas. 2.3.4. Establecer la ubicación exclusiva de usos comerciales, de servicios o residenciales en el Distrito, no permitiéndose el uso mixto, a excepción de las ZRE y otras zonas específi cas determinadas en el Índice de Usos, (vivienda -comercio o servicios), a fi n de apoyar el desarrollo económico de las familias de menores ingresos. 2.3.5. Establecer en Ejes Residenciales de Densidad Media la posibilidad de transición a usos exclusivos comerciales o de servicio, por consolidación del eje, según lo establecido en el Anexo Nº 01.