Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2008 (06/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2008

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prorrogan plazo de vencimiento de pago de la primera cuota y al contado del Impuesto Predial 2008
ORDENANZA Nº 294-MDB
Barranco, 4 de marzo del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO: VISTO: El Informe Nº 020-2008-GAT/MDB de fecha 27 de febrero del 2008, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, y el Informe Nº 104-2008-OAJ/MDB, de fecha 27 de febrero del 2008, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, respecto a la Prorroga de Vencimiento de Pago del Impuesto Predial 2008; CONSIDERANDO: Que, los plazos para el pago del impuesto predial, tanto en la modalidad de "al contado" como en la modalidad de "fraccionado", estan regulados por el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por D.S Nº 156-2004-EF; MORDAZA que establece las fechas limites para la cancelacion del mencionado impuesto en las dos modalidades; sin embargo dichos plazos pueden ser prorrogados con caracter general, conforme lo dispone el ultimo parrafo del articulo 29º del Texto Unico del Codigo Tributario, aprobado por D.S Nº 135-99-EF, el mismo que a la letra dice: "...El plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria"; Que, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias respecto al pago del Impuesto Predial, resulta necesario establecer un plazo ampliatorio para el vencimiento del pago de la primera cuota asi como el pago al contado del Impuesto Predial 2008; Estando a lo informado, y ejerciendo las facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; y con el MORDAZA Unanime de sus miembros, aprueba la siguiente:

Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-2008-DA/ MDB de fecha 1 de febrero del 2008 se decreto: ARTICULO PRIMERO: Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 2772007/MDB-CDB de fecha 3 de enero del 2008, con eficacia a partir del 1 de febrero del 2008 hasta el 29 de febrero del 2008. Que por error material se consigno en los Considerandos del Decreto de Alcaldia Nº 002-2008-DA/ MDB y Articulo Primero el ano de la Ordenanza, Dice: " .... Ordenanza Nº 277-2007-DA/MDB ..... DEBIENDO DECIR: " ... Ordenanza Nº 277-2008-DA/MDB de fecha 3 de enero del 2008 ...." Que el Articulo 200º. Numeral 201.1) de la Ley Nº 27444 senala " Los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision". Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 200º. Numeral 201.1) Articulo 20º. inciso 6° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972. DECRETA: Articulo Primero.- RECTIFICAR DE OFICIO en el primer, MORDAZA y tercer Considerandos y Articulo Primero del Decreto de Alcaldia Nº 002-2008-DA/MDB de fecha 1 de febrero del 2008 lo pertinente al ano de la Ordenanza Nº 277-2008-/MDB, en el siguiente sentido: DICE: "Articulo Primero.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 277-2007/MDB-CDB de fecha 3 de enero del 2008, con eficacia a partir del 1 de febrero del 2008 hasta el 29 de febrero del 2008. DEBE DECIR: "Articulo Primero.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 277-2008/MDB-CDB de fecha 3 de enero del 2008, con eficacia a partir del 1 de febrero del 2008 hasta el 29 de Febrero del 2008. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA QUE PRORROGA EL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA Y EL PAGO AL CONTADO DEL IMPUESTO PREDIAL 2008
Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento del pago de la primera cuota y el pago al contado del Impuesto Predial 2008, hasta el 31 de marzo del 2008. Articulo Segundo.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias, para la implementacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, Sub Gerencia de Recaudacion y a la Oficina de Imagen Institucional, Cultura y Turismo el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA

166792-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Prorrogan vencimiento de pago de primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2008
ORDENANZA N° 066-2008-MDC
Cieneguilla, 28 de febrero del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla en Sesion Ordinaria de la fecha en atencion al pedido formulado por el Regidor Jolvi MORDAZA Gallo Quispe;

172086-1

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Rectifican el D.A. Nº 002-2008-DA/ MDB
DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2008-DA/MDB
Brena, 12 de febrero del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA

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