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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2008 (13/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de marzo de 2008 368590 Sector Público para el Año Fiscal 2008, el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Eduardo Talavera Larenas, profesional de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado, a la ciudad de Düsseldorf, Alemania, del 13 al 19 de marzo de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: EDUARDO TALAVERA LARENAS Pasajes US$ 2 300.00 Viáticos US$ 1 560.00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 ----------------------Total US$ 3 890.25 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 175449-7 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante del Ministerio a la República Popular China, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 043-2008-MINCETUR Lima, 12 de marzo de 2008CONSIDERANDO: Que, con ocasión de la visita ofi cial que realizará el señor Presidente de la República a la República Popular China, del 19 al 21 de marzo de 2008, la señora Mercedes Rosalba Aráoz Fernández, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, viajará a dicho país para participar en reuniones en las que se tratarán asuntos de especial interés para este Sector; Que, entre otros temas, las autoridades de ambos países tendrán la oportunidad de evaluar los avances alcanzados durante las primeras rondas de negociaciones para un Tratado de Libre Comercio entre Perú y China, oportunidad en la cual la Ministra de Comercio Exterior y Turismo se reunirá con el Ministro de Comercio de China, afi n de tratar los temas sensibles surgidos en dichas negociaciones; asimismo, se llevarán a cabo actividades dirigidas a los sectores empresariales, en las que se promoverán oportunidades de inversión existentes en el país y se mostrará el progreso alcanzado desde las perspectivas económicas y comercial en los últimos años;Que, en tal razón, es conveniente autorizar el viaje del señor Carlos Kuriyama Shishido, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que participe en tales actividades y preste apoyo técnico a la Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo y es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; De conformidad con la Ley Nº 29142, Ley de Presup uesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Kuriyama Shishido, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Beijing, República Popular China, del 16 al 22 de marzo de 2008, para que en representación del MINCETUR participe en las actividades a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 4 050,46 Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución Suprema, deberá presentar a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 175448-9 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el BIRF DECRETO SUPREMO Nº 039-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 402 130 000,00 (MIL CUATROCIENTOS DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS);