Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2008 (13/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2008

Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Talavera Larenas, profesional de la Unidad de Agronegocios y Acceso al MORDAZA, a la MORDAZA de Dusseldorf, Alemania, del 13 al 19 de marzo de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA TALAVERA LARENAS Pasajes US$ 2 300.00 Viaticos US$ 1 560.00 Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 ---------------------Total US$ 3 890.25 Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Dentro de los (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 175449-7

Que, en tal razon, es conveniente autorizar el viaje del senor MORDAZA Kuriyama Shishido, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que participe en tales actividades y preste apoyo tecnico a la Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo publico competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la politica de comercio exterior y de turismo y es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinacion con los sectores del Gobierno en el ambito de sus respectivas competencias; De conformidad con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, la Ley Nº 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Kuriyama Shishido, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de Beijing, Republica Popular China, del 16 al 22 de marzo de 2008, para que en representacion del MINCETUR participe en las actividades a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 4 050,46 Viaticos (US$ 260,00 x 5 dias) : US$ 1 300,00 Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion Suprema, debera presentar a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunion a la que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 175448-9

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante del Ministerio a la Republica Popular China, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 043-2008-MINCETUR MORDAZA, 12 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, con ocasion de la visita oficial que realizara el senor Presidente de la Republica a la Republica Popular China, del 19 al 21 de marzo de 2008, la senora MORDAZA MORDAZA Araoz MORDAZA, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, viajara a dicho MORDAZA para participar en reuniones en las que se trataran asuntos de especial interes para este Sector; Que, entre otros temas, las autoridades de ambos paises tendran la oportunidad de evaluar los avances alcanzados durante las primeras rondas de negociaciones para un Tratado de Libre Comercio entre Peru y China, oportunidad en la cual la Ministra de Comercio Exterior y Turismo se reunira con el Ministro de Comercio de China, a fin de tratar los temas sensibles surgidos en dichas negociaciones; asimismo, se llevaran a cabo actividades dirigidas a los sectores empresariales, en las que se promoveran oportunidades de inversion existentes en el MORDAZA y se mostrara el progreso alcanzado desde las perspectivas economicas y comercial en los ultimos anos;

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el BIRF
DECRETO SUPREMO Nº 039-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 5.1 del articulo 5º de la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 402 130 000,00 (MIL CUATROCIENTOS DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS);

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