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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2008 (18/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de marzo de 2008 368999 Artículo Segundo.- DISPENSAR del trámite de la lectura y aprobación del Acta, para que la presente Ordenanza entre en vigencia de inmediato Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 177156-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban Reglamento de Ubicación de Actividades Urbanas, Estándares de Calidad y Cuadro de Niveles Operacionales para la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA MUNICIPAL N° 000014 Callao, 10 de marzo de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesi{on de fecha 10 de marzo de 2008; aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL: CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y, el artículo 195 sostiene que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 en el Artículo VI del Titulo Preliminar establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones y en el articulo 79, numeral 1.1.2, indica que son funciones especifi cas exclusivas de las municipalidades provinciales “Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos, y demás planes específi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial”; Que, el Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, del 06 de Octubre de 2003 aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en el artículo 2 establece que corresponde a las municipalidades planifi car el desarrollo integral de sus circunscripciones en concordancia con las políticas nacionales, sectoriales y regionales, promoviendo las inversiones así como la participación democrática de la ciudadanía;Que, el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas aprobado por el Plan Urbano Director (1995-2010), se basa en el Reglamento Nacional de Construcciones de 1970, actualmente derogado, con el cual se trabaja actualmente, es una norma obsoleta y que no se ajusta a las actividades que se dan en la actualidad ni a la zonifi cación vigente; Que, la Ordenanza Municipal N° 000028, del 5 de julio de 2006, actualiza el Índice de Usos referido solo a algunas actividades comerciales, faltando normar otras actividades comerciales, usos industriales y de servicios; Que, mediante Informe N° 18-2008-MPC-GGDU- GPUC, la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro señala que siendo necesario promover el desarrollo económico ordenado y seguro, a fi n de eliminar o disminuir el impacto negativo de las actividades económicas garantizando una mejor calidad de vida, mediante la utilización de instrumentos necesarios que permitan prevenir, evitar, mitigar, corregir y controlar los impactos negativos que las actividades comerciales e industriales puedan originar sobre las zonas residenciales, se propone la actualización del Índice de Usos de acuerdo a la zonifi cación vigente, la cual ha tomado en cuenta las normas rectoras de cada actividad específi ca, con el fi n de facilitar el desarrollo de las actividades urbanas y elevar los estándares de calidad de las mismas, Que, el Informe Nº 057-2008-MPC-GGAJC-SGCA, emitido por la Sub-Gerencia de Coordinación y Apoyo, dependiente de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opina favorablemente a la aprobación de la Ordenanza Municipal sobre actualización de Indice de Usos para la Ubicación de las Actividades Urbanas y Reglamento de Actividades Urbanas, Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para la Provincia Constitucional del Callao; Que, en la Sesión de la fecha, el Concejo Provincial del Callao, aprobó el Acuerdo de Concejo N° 000070, en virtud del cual se aprueba el Dictamen N° 004 - 2008-MPC-CP, de la Comisión de Población, que recomienda al Concejo, aprobar la Ordenanza Municipal en virtud de la cual se actualicen el Índice de Usos para la Ubicación de las Actividades Urbanas y Reglamento de Actividades Urbanas, Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL INDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES URBANAS Y REGLAMENTO DE ACTIVIDADES URBANAS, ESTANDARES DE CALIDAD Y NIVELES OPERACIONALES PARA LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1°.- Apruébase el Índice de Usos Para la Ubicación de las Actividades Urbanas, para la Provincia Constitucional del Callao, que como anexo 1 forma parte de la presente Ordenanza, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Provincial del Callao (www.municallao.gob.pe). Artículo 2°.- Apruébase el Reglamento de Actividades Urbanas, Estándares de Calidad y Niveles Operacionales, para la Provincia Constitucional del Callao, que como anexo 2 forma parte y se publica con la presente Ordenanza. Artículo 3°.- Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano y a los Órganos Ejecutivos de la Municipalidad Provincial del Callao y de las municipalidades distritales, dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde