Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2008 (21/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de marzo de 2008

brindar un optimo servicio a los usuarios, tales como: conservadoras, refrigeradoras, cocinas, mobiliario, horno, etc que sera proporcionado por la institucion educativa o el concesionario segun corresponda, de acuerdo a las condiciones establecidas en el respectivo contrato de prestacion de servicios. 2.4.2 La Institucion Educativa, al construir o destinar el ambiente para el Quiosco escolar debe prever los espacios necesarios asi como los servicios de agua, desague y energia electrica, solo para los fines del servicio alimenticio escolar. 2.5 CONDICIONES PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS EN LOS QUIOSCOS ESCOLARES 2.5.1. El concesionario o el responsable del quiosco esta obligado a que el personal que labore en el quiosco cuente con el certificado medico que incluya informacion especifica de buena salud en base a analisis y pruebas que acrediten que no tiene o presenta enfermedad infecto contagiosa. 2.5.2. El concesionario tomara las medidas necesarias para que no este en el quiosco personal que padezca de enfermedad que pueda afectar a los usuarios del mismo, tales como: infecciones cutaneas, llagas, diarreas u otra fuente de contaminacion microbiana (gripe, catarro, tos o cualquier infeccion de la garganta). 2.5.3. El concesionario en su condicion de empleador asume las responsabilidades inherentes a sueldos, beneficios, seguridad social, etc. de los trabajadores a su cargo. 2.5.4. En las condiciones higienicas relacionados con la prestacion de servicios en los quiscos se observara lo siguiente: a) Los que prestan servicios en lo quioscos deben tener las unas recortadas, limpias y sin esmalte, asi como, lavarse las manos con jabon o detergente y secarse con toalla limpia, MORDAZA de iniciar la manipulacion de alimentos y despues de: - Haber usado los servicios higienicos, manipular MORDAZA, envases, bultos y otros articulos contaminados. - Toser o estornudar utilizando las manos o panuelo y rascarse la MORDAZA u otra parte del cuerpo. - Manipular alimentos crudos como carnes, pescados, mariscos, etc. - Barrer, trapear pisos, recoger y manipular los recipientes de residuos, limpiar mesas del comedor, tocar dinero y, todas las veces que sea necesario. b) Los manipuladores de alimentos observaran habitos de higiene estrictos durante la preparacion y al momento de servirlos, tales como, evitar comer, fumar o escupir. Ellos sus manos estaran libres de objetos o adornos personales como joyas, relojes u otros. c) Los armarios, alacenas o areas destinadas para guardar conservas, enlatados y otros productos empaquetados, deben estar bien ventiladas e iluminadas. d) Los utensilios usados deberan estar debidamente lavados y desinfectados. 2.6 DE LA SUPERVISION Y CONTROL DEL SERVICIO 2.6.1 El Consejo Educativo Institucional queda encargado de vigilar, supervisar y controlar el adecuado funcionamiento de los Quioscos Escolares y la correcta administracion de los fondos provenientes de los mismos. 2.6.2 El personal directivo, jerarquico, docente, administrativo, alumnos y padres de familia podran formular denuncias relacionadas con el mal funcionamiento y atencion del servicio de los Quioscos Escolares, ante la Direccion de la Institucion Educativa y/o la Comision de Adjudicacion. 2.6.3 El CONEI y la "Comision de Adjudicacion" coordinaran con los organos pertinentes del Ministerio de Salud, a fin de efectuar la toma de muestras inopinadas, dos veces al ano, para realizar el control microbiologico de los alimentos y preparaciones. El costo de este servicio

sera asumido por el concesionario, asi como del producto que se analizara. Las muestras seran tomadas al azar en las instalaciones de la institucion en presencia del personal del concesionario. Los resultados microbiologicos de las pruebas o analisis efectuadas en las muestras seran remitidos al Director de la Institucion Educativa y al Concesionario con las indicaciones a seguir segun sea el caso. El Director de la Institucion Educativa bajo responsabilidad adoptara las acciones necesarias para dar cumplimiento de las recomendaciones formuladas. 2.6.4 El CONEI y el Director de la Institucion educativa, realizara visitas no anunciadas para verificar la calidad del servicio considerando los siguientes elementos: a) Que el servicio que ofrezca el Quiosco escolar reuna las condiciones de calidad, cantidad e higiene propuestos por el Concesionario. b) Que el servicio se realice oportunamente en los plazos, horarios y lugares establecidos. 2.6.5 El Director y/o la Comision de Adjudicacion, de comprobar la denuncia sobre las deficiencias de funcionamiento del Quiosco, procedera a aplicar al concesionario del mismo, las sanciones correspondientes segun la gravedad de la falta: a) Amonestacion y recomendacion b) Apercibimiento de rescision c) Rescision de contrato. 2.7 DE LAS INFRACCIONES - El incumplimiento de las condiciones de calidad, cantidad e higiene en la prestacion del servicio o de lo establecido en el contrato de Concesion se considera infraccion. Asimismo, se tomaran como tales las siguientes situaciones: a) Respecto a la infraestructura, instalaciones y equipamiento. - No contar con la ambientes y estructura fisica en buen estado de mantenimiento, conservacion e higiene alimentos. - Incumplir con las disposiciones relativas al saneamiento del establecimiento. - No contar con equipos operativos que aseguren la cadena de frio cuando se almacenen y expendan alimentos que requieren refrigeracion o congelacion. b) Respecto a la preparacion y condiciones de los alimentos - Preparar alimentos con productos adulterados, falsificados, de origen desconocido, deteriorados, contaminados, con envase abollado, sin rotulo y/o con fecha de vencimiento expirada. - Exhibir, almacenar y comercializar alimentos junto con productos toxicos, como detergentes, jabones, desinfectantes y otros de alto riesgo. - Permitir la presencia de animales domesticos en los ambientes del establecimiento. c) Respecto a los manipuladores de alimentos y personal que labora en los quioscos: - Incumplir con las disposiciones de higiene y MORDAZA adecuada. - No asistir o incumplir con las disposiciones relativas a la capacitacion obligatoria, relacionada con la prestacion del servicio. - Estar enfermo o presentar signos visibles de enfermedad y otros riesgos. - Carecer o no presentar los certificados medicos en forma trimestral. 2.8 PELIGROS Y RIESGOS PARA LA SALUD POR EL CONSUMO DE ALIMENTOS CONTAMINADOS Y ALTERADOS 2.8.1 El concesionario esta obligado a conocer y cumplir la parte pertinente del primer item de la Guia para la

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