TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de marzo de 2008 369227 debe distorsionar los colores. En el caso de bombillas y lámparas suspendidas, éstas deben aislarse con protectores que eviten la contaminación de los alimentos en caso de rotura. 4.3.7. El Quiosco tendrá ventilación sufi ciente para evitar el calor acumulado excesivo, la condensación del vapor, el polvo y, para eliminar el aire contaminado. Se evitará que las corrientes de aire arrastren contaminación hacia el área de preparación y consumo de alimentos. 4.3.8. Se evitará el uso de materiales y/o acabados que no puedan limpiarse y desinfectarse adecuadamente. 4.3.9. Si el quiosco tiene alguna superfi cie translúcida hacia el área de atención por debajo del metro de altura, está deberá ser de vidrio armado o láminas de acrílico; poliéster o similares. En caso que se encuentre por encima del metro de altura, se podrá usar cristal crudo, no obstante debe contar obligatoriamente con un marco que lo sujete en todo el perímetro y tener cintas adhesivas en forma de cruz. Se recomienda usar vidrio de tipo inastillable y en paños de tamaño mediano para su fácil reposición y seguridad de los usuarios. 4.3.10. En el caso que la IE no cuente con un espacio construido para Quiosco, se podrá permitir que la concesión instale un quiosco desmontable que cumpla con los requerimientos planteados para el efecto, en el terreno destinado para dicho servicio, brindando ante todo seguridad y salubridad. 4.4 El sistema de agua y desagüe4.4.1. La IE podrá proporcionar otro espacio con punto de agua potable de la red pública y desagüe dentro de las instalaciones del plantel para que el concesionario prepare los alimentos. Sin embargo, esta situación deberá ser pactada en el contrato. En este caso el traslado de los alimentos deberá ser realizado teniendo en cuenta que deben ser protegidos en su totalidad. La limpieza de este recinto, correrá a cargo del concesionario, el cuál deberá mantenerlo adecuadamente, cumpliendo con pulcritud las indicaciones planteadas en los documentos anexos a los términos de referencia. De ninguna manera se permitirá que este espacio sea un Servicio Higiénico. 4.4.2. En caso que no se cuente con la facilidad del punto de agua y desagüe dentro del quiosco o fuera de él (dentro del local educativo), el concesionario sólo expenderá alimentos sellados en fábricas, vigentes y con registro sanitario. En todo caso deben presentar a la Comisión de Adjudicación la lista de productos y el origen de los mismos. La institución educativa prohibirá el expendio de determinados alimentos que no cuenten con Registro Sanitario. 4.5 Protección frente a los fenómenos atmosféricos La construcción de los ambientes para Quioscos escolares tendrá en cuenta lo siguiente: a) La pendiente de la cobertura será cono mínimo:-Costa no lluviosa 10 % -Sierra 30 % -Selva 45 % b) En todos los casos, el agua de la lluvia que escurre de la cobertura, deberá ser recogida por canaletas (1% de pendiente mínimo) que lleven el agua al sistema de desagüe pluvial de la IE o de la localidad. En caso de no existir, se analizará la posibilidad de plantear drenajes hacia zanjas de percolación. c) Se determinará un alero de 30 cm como mínimo, medido en forma perpendicular, desde la cara exterior del cerramiento. En el caso del área de atención, se deberá contemplar un alero de 2 m, por el largo total del quiosco, el cual protegerá no solamente de la lluvia sino de la radiación solar a las personas y a los alimentos. 4.6 Organización interior y seguridad básica4.6.1. En los casos en los cuales se cuente con agua potable de la red pública, desagüe (incluyendo sistema de drenaje y conducción de aguas turbias, equipado con rejillas, trampas) y energía eléctrica, se distribuirá de la siguiente manera: a) Zona de Preparación Previa, próximo al espacio de almacén de materias primas, donde se limpiarán, pelarán y lavarán las que requieran estas prácticas. b) Zona de Preparación Intermedia, destinada a la preparación preliminar como corte, picado y cocción. c) Zona de Preparación Final, donde se concluirá la preparación, servido y armado de los platos o porciones, cuando el quiosco cuente con todos los requisitos de un servicio de restaurante. d) Zona de exhibición, donde se mostrarán los productos que se expenden. Si requieren ser refrigerados se contará con una conservadora o refrigeradora. Esta zona estará protegida de la radiación directa del Sol. e) Zona de atención que tendrá como mínimo 80 cm de ancho libre, para el desplazamiento de las personas que atienden en el quiosco. 4.6.2. En caso de usar balón de gas se observará lo siguiente: a) Deberá estar ubicado en el extremo contrario al área de atención y fuera del quiosco a 1.5 m de cualquier fuente de calor o de chispas b) El balón de gas estará colocado en espacios de servicio por donde no circulen los alumnos. En ningún caso el balón de gas debe estar orientado hacia el patio de aulas c) Se incluirán medidas de seguridad que impidan su manipulación por personas ajenas a los encargados del quiosco, además contará con una señalización que indique “BALÓN DE GAS: NO ACERCARSE”. El cerramiento deberá ser lo sufi cientemente ventilado para evitar el riesgo de explosión. d) Se observarán la Norma EM 040 del RNE, en cuanto sea competente. Se deberán tomar en cuenta todos los dispositivos legales así como recomendaciones de uso redactadas por los fabricantes y que sean aplicables. e) Antes del funcionamiento del quiosco, el cuerpo de bomberos y el municipio del distrito correspondiente deberán autorizar la adecuada instalación de gas así como la disposición del quiosco en su conjunto en los términos que le son competentes. 4.7 Dimensiones y capacidad de atención4.7.1. El Quiosco escolar debe contar con un área mínima de 8.60 m² y 2.40 ml como dimensión menor. Esta área considera el espacio de preparación de alimentos de 2.50 m², en el caso que se cuente con un punto de agua, un punto de desagüe y energía eléctrica. 4.7.2. La Institución Educativa dispondrá de un quiosco de 15 m² como mínimo por cada 450 alumnos que en forma simultánea salen al recreo, lo cual supone por lo menos cinco personas solamente en atención. Esta cantidad puede ser determinada en función de la demanda que haya observado la Comisión de Adjudicación. 4.7.3. La altura libre mínima del quiosco será de 2.40 ml. La medida horizontal del vano de la puerta, así como la altura de atención será de 90 cm, de tal manera que una persona con discapacidad pueda administrar el quiosco; para ello se debe prever para estos casos una distancia libre dentro del quiosco de 1.5 x 1.5 m para que puedan girar con silla de ruedas. QUINTA PARTE ESQUEMAS PROPUESTOS LOCALIZACIÓN, ZONIFICACIÓN, MODULACIÓN Y TIPOLOGÍAS DE QUIOSCOS ESCOLARES Los esquemas propuestos solamente son referenciales Se reitera que ante todo se deben de tomar en cuenta las condiciones de Infraestructura de Quioscos Escolares