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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2008 (06/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de mayo de 2008 371819 Oficializan el “III Congreso Nacional, II Congreso Iberoamericano de Riego y Drenaje y V Exposición de Equipos de Riego y Afines - Expo Riegos 2008” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 333-2008-AG Lima, 30 de abril de 2008 VISTO:El Ofi cio Nº 1046-2008-AG-DGPA/DCL, de fecha 14 de abril de 2008 del Director General de la Dirección General de Promoción Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, es política del Ministerio de Agricultura promover, fomentar e incentivar la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios con la participación activa de los agentes productivos, sean personas naturales o jurídicas, vinculadas a la producción agraria a nivel nacional, regional y local; así como promover la inversión privada en el desarrollo del Sector Agrario; Que, mediante el Ofi cio Nº 134-R-2008/UNALM de fecha 22 de febrero de 2008, el Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molina, solicita la ofi cialización del “III Congreso Nacional, II Congreso Iberoamericano de Riego y Drenaje y V Exposición de Equipos de Riego y Afi nes - Expo Riegos 2008”, a realizarse del 7 al 10 de junio del año en curso, en el Campus de la Universidad Nacional Agraria La Molina - Lima; Que, el mencionado evento tiene por objetivo promover el uso efi ciente de los sistemas de riego y drenaje para optimizar la efi ciencia del riego y la productividad acorde con el desarrollo de una agricultura moderna y sostenible; Que, la Dirección General de Promoción Agraria mediante documento del visto, adjunta el Informe Nº 002-2008-AG-DGPA-DCL, recomendando la ofi cialización de dicho evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y la Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG - Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar el “III Congreso Nacional, II Congreso Iberoamericano de Riego y Drenaje y V Exposición de Equipos de Riego y Afi nes - Expo Riegos 2008”, a realizarse del 7 al 10 de junio del año en curso, en el Campus de la Universidad Nacional Agraria La Molina - Lima, organizado por el Departamento de Recursos de Agua y Tierra de la Facultad de Ingeniería Agrícola y el Programa Doctoral y Maestría de Recursos Hídricos de la Escuela de Post Grado de la mencionada universidad.Artículo 2º.- El Comité Organizador del evento que se refi ere el artículo precedente, presentará ante el Ministerio de Agricultura un informe acerca de los resultados de su gestión, dentro de treinta (30) días calendario después de fi nalizado dicho evento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 196452-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban reglamento para la implementación del registro de máquinas tragamonedas y normas complementarias para el otorgamiento de autorización expresa en casos de transferencias de salas de juego autorizadas DECRETO SUPREMO Nº 006-2008-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28945 - Ley de Reordenamiento y Formalización de la Actividad de Explotación de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, mediante la Segunda Disposición Transitoria y Final ha creado el Registro de Máquinas Tragamonedas autorizadas para su explotación en las salas de juego del país, disponiendo que se dicten las normas reglamentarias pertinentes; Que, de otra parte, se ha verifi cado que se vienen realizando transferencias de salas de juegos de casino y máquinas tragamonedas autorizadas por la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; Que, es necesario establecer el procedimiento al cual deben sujetarse las solicitudes para obtener la Autorización Expresa a que se refi ere el artículo 13º de la Ley Nº 27153 - Ley que regula la explotación de los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, modifi cado por el artículo 5º de la Ley Nº 27796, en casos de producirse las transferencias de salas de juego antes referidas, con el objeto de evitar la duplicidad de trámites y garantizar al mismo tiempo el estricto cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos por la citada Ley;FACULTADES RECEPCIONADAS POR EL GOBIERNO REGIONAL RETENIDAS POR EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Capacitar a los productores de camélidos sudamericanos en la prevención de riesgos naturales que afecten sus crianzas.Coordinar, elaborar, aprobar y ejecutar un Plan Nacional de Reducción de Riesgos que afecten a la población de camélidos sudamericanos por la ocurrencia de fenómenos naturales. Diseñar e implementar los planes preventivos frente a la ocurrencia de fenómenos naturales que afecten a la población de camélidos sudamericanos, en el marco de la política nacional. Implementar acciones que conduzcan a la reducción de riesgos por la ocurrencia de fenómenos naturales que afecten a la población de camélidos sudamericanos. Supervisar los procesos de exportación de camélidos sudamericanos domésticos en el ámbito de su jurisdicción, en coordinación con la organización de productores y de acuerdo a las normas establecidas.Evaluar, aprobar y supervisar el potencial de exportación de camélidos sudamericanos domésticos y los procesos respectivos, en concordancia con las políticas y normas de protección, conservación y preservación del recurso. Informar a la autoridad nacional de los registros de las exportaciones de los camélidos sudamericanos domésticos en pie. Consolidar y monitorear la información de exportaciones de los camélidos sudamericanos domésticos y sus productos. Informar a la autoridad nacional de los registros de los productos de los camélidos sudamericanos domésticos (( fi bra y pieles) exportados. Apoyar la implementación de los planes maestros de manejo de Áreas Naturales Protegidas donde existan Camélidos Sudamericanos Silvestres, referidos a su conservación.Coordinar con la autoridad competente el diseño y la implementación de políticas, planes y normas de las Áreas Naturales Protegidas donde existan Camélidos Sudamericanos. 196452-1 Descargado desde www.elperuano.com.pe