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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de mayo de 2008 371959 de Defensa y a sus Órganos de Ejecución (Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea) a realizar actos de administración y disposición, a título oneroso, de los inmuebles de su propiedad que no resulten necesarios para el cumplimiento de su fi nalidad o no se encuentren considerados en sus planes estratégicos, destinando los recursos que se obtengan para fi nes de bienestar de su personal, considerando asimismo, por excepción la disposición de bienes necesarios para fi nes de Defensa Nacional, especialmente los ubicados en áreas urbanas que almacenen materiales que representen un riesgo para la población; Que, en mérito a la citada Ley, el Ejército del Perú a través del Ministerio de Defensa, mediante Ofi cio Nº 987-MINDEF/VAAE, solicitó la transferencia en propiedad de un área de 87 522 803.20 m2 ubicada en zona denominada “Piedras Gordas”, entre los distritos de Ancón y Aucallama, provincias de Lima y Huaral respectivamente, departamento de Lima; Que, asimismo, el Ministerio de Defensa, mediante Ofi cio Nº 950-2007-MINDEF/VAAE y de conformidad con lo establecido en la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, Ley Nº 28059 y su Reglamento, declaró de interés y relevancia el proyecto por iniciativa privada para la construcción de aproximadamente 100,000 viviendas, la cual involucra un área de 1 599,35 hectáreas del terreno solicitado en transferencia por el Ejército del Perú; Que, la Comisión de Coordinación creada mediante Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, en su Décimo Sexta Sesión, Acuerdo 3-16, identifi có un área que incluye el área mencionada en el considerando anterior, la cual afectaría en 28 135 319,15 m2 del área total de 87 522 803,20 m2 solicitada en transferencia, situación que se deberá tener en cuenta para cualquier proyecto de vivienda que pueda implementarse sobre dicha área; Que, la Ordenanza Nº 1018, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprueba el reajuste integral de la zonifi cación de los usos del suelo del distrito de Ancón, califi cando 06 áreas como parques zonales, lo cual afectaría un área de 6 719 242,37 m2 del área total de 87 522 803,20 m2; Que, el artículo 1º del Reglamento de la Ley Nº 29006, establece que la desafectación y transferencia de los inmuebles que tengan un área de extensión mayor a diez (10) hectáreas, serán aprobados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar la desafectación del área de 87 522 803,20 m2 y la transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Ejército del Perú del terreno de 80 803 560.83 m2 que forma parte del área materia de desafectación, el cual se encuentra conformado por las parcelas de 72 558 052.91 m2, 4 925,868.55 m2 y 3 319 639.37 m2, de las cuales las dos primeras forman parte de áreas de mayor extensión inscritas en las Partidas Electrónicas Nºs. 42647683, y 07056651 respectivamente, y la última parcela se encuentra inscrita en la Partida Electrónica Nº 12003970, todas del Registro de Predios de Lima con la fi nalidad que los recursos que se generen por su disposición sean destinados de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29006; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29006, Decreto Supremo Nº 021-2007-DE/SG y Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Desafectar el área de 87 522 803,20 m2, ubicada en la zona denominada “Piedras Gordas”, entre los distritos de Ancón y Aucallama, provincias de Lima y Huaral respectivamente, departamento de Lima, la cual se encuentra conformada por áreas de mayor extensión inscritas en las Partidas Electrónicas Nºs. 42647683, 07056651 y 12003970, todas del Registro de Predios de Lima. Artículo 2º.- Transferir en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Ejército del Perú el área de 80 803 560.83 m2 que forma parte del área desafectada conformada por tres (3) parcelas: de 72 558 052.91 m2, de 4 925 868.55 m2 y 3 319 639.37 m2, de las cuales las dos primeras forman parte de áreas de mayor extensión inscritas en las Partidas Electrónicas Nºs. 42647683, y 07056651 respectivamente, y la última parcela se encuentra inscrita en la Partida Electrónica Nº 12003970, todas del Registro de Predios de Lima. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú destinará del predio transferido bajo sanción de reversión, el área de 28 135 319.15 m2 exclusivamente a la ejecución de programas de vivienda, en las condiciones establecidas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 4º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución procederá a efectuar las independizaciones necesarias para la inscripción de los actos dispuestos en la presente Resolución. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 197787-12 Exoneran de proceso de concurso público la contratación del “Programa de Seguros 2008 - 2009” por causal de desabastecimiento inminente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 162-2008-VIVIENDA Lima, 30 de abril de 2008Vistos, los Memoranda Nºs. 344 y 384-2008/VIVIENDA- OGA-UA, el Memorándum Nº 413-2008/VIVIENDA-OGA, el Memorándum Nº 493-2008/VIVIENDA-OGPP, el Informe Técnico Legal Nº 78-2008/VIVIENDA-OGA, el Informe Nº 79-2008/VIVIENDA-OGA y el Memorando Nº 549-2008/VIVIENDA-OGAJ; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Secretaría General Nº 003-2008-VIVIENDA/SG, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC - del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Año Fiscal 2008, conforme con la delegación de facultades efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 008-2008-VIVIENDA, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 058-2008-VIVIENDA, en el cual está previsto el proceso de Concurso Público para la contratación del “Programa de Seguros 2008 -2009”; Que, la Unidad de Abastecimiento con el Memorándum Nº 344-2008/VIVIENDA-OGA-UA, informa a la Ofi cina General de Administración respecto de la problemática del “Programa de Seguros 2008 – 2009”, y recomienda se inicie de inmediato el proceso de selección respectivo, así como se gestione la exoneración para contratar el servicio por desabastecimiento inminente; Que, la Unidad de Abastecimiento con el Memorándum Nº 384-2008/VIVIENDA-OGA-UA, solicitó a la Ofi cina General de Administración gestione ante la Ofi cina de Descargado desde www.elperuano.com.pe